El Interdicto
nerly11 de Septiembre de 2012
761 Palabras (4 Páginas)571 Visitas
EL INTERDICTO
Un interdicto es un procedimiento judicial muy sumario y de tramitación sencilla, cuyo objetivo es atribuir la posesión de una cosa a una determinada persona física o jurídica frente a otra, de manera provisional. El interdicto también se puede plantear para el caso de que exista una reclamación por algún daño inminente, cuya urgencia habrá de quedar justificada.
Asimismo, el interdicto se puede utilizar como protección ante cualquier agresión o peturbación que una persona sufra sobre su pacífica posesión. Esto es, cabe emplearlo en el caso de ruidos, olores, etc. que impidan a una persona disfrutar de la posesión de un bien. Esto hace que sea un proceso al que se recurre en ocasiones para obligar a paralización de obras cercanas o de otras actividades molestas (salas de fiestas, etc.) para el propietario de un inmueble.
En concreto, está basado en la presunción de que toda posesión es legítima. Esto , se presume que si una persona tiene un bien en su poder es por un motivo legítimo. Por ello, si alguien trata de irrumpir en esa posesión por la fuerza, el poseedor puede acudir al juez rápidamente, sin tener que demostrar la legitimidad de su situación, bastándole entonces con demostrar que la posesión efectivamente era suya. No es necesario que demuestre su propiedad u otro título posesorio (arrendamiento, prenda, etc.).
Por otro lado, si el poseedor no es legítimo, el legítimo propietario siempre tiene la posibilidad de acudir a un procedimiento ordinario, demostrando dicha situación (aportando documentos que demuestren su propiedad), para arrebatar legalmente la posesión al poseedor irregular (de una forma civilizada y con las autoridades de por medio).
TIPOS DE INTERDICTO
1- INTERDICTOS POSESORIOS:
Se refieren a inmuebles, y tienen por objeto proteger o defender la posesión actual, o recuperar la posesión perdida.
Aquí se encuentran a su vez consagrados:
a) El Interdicto de Despojo o Restitutorio:
Es la acción sumaria de posesión que tiene por objeto que el despojado sea restituido en la posesión que ha perdido. Este interdicto se fundamenta en los artículos 783 y 784 del Código Civil.
b) Interdicto de Amparo:
Es una acción que se da al poseedor legítimo actual para proteger su posesión contra el perturbador. Sus requisitos son la demostración de la perturbación y la acreditación de la posesión actual. Todo esto se fundamenta en el artículo 782 del código civil.
2- INTERDICTOS PROHIBITIVOS:
Es aquella acción que tiene por objeto que se impida a otro hacer una cosa que puede perjudicarle a quien promueve el interdicto.
Estos interdictos prohibitivos solo pueden ser ejercidos por las personas que posean las cosas amenazadas por el perjuicio o daño que se teme, como su objeto no es el de retener o recuperar la posesión de tales cosas, ni en el juicio correspondiente se ventila o discute como cuestión principal, las de las posesiones amenazadas, (cosas que si se discuten en los interdictos posesorios). Se les ha considerado como acciones posesorias especiales, que no constituyen por si misma una controversia autónoma, separada, e independiente, relativa a la posesión de la cosa cuya posesión este amenazada, sino un derecho a prevenir la amenaza o peligro temidos, accesorio o emanado del derecho principal que se tiene sobre la cosa como poseedor de la misma.
a) Interdicto de Obra Nueva:
Este interdicto se fundamenta en el artículo 785 del Código Civil. Es aquel en virtud del cual el juez dicta providencia acordando que se requiere al dueño de la obra para que la
...