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INICIATIVA DE CREACIÓN DE UN CAPITULO EN LA LEY ESTATAL DE SALUD EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2019  •  Apuntes  •  388 Palabras (2 Páginas)  •  119 Visitas

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HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS[pic 1]

Nosotros los ciudadanos del Estado de Nuevo León, estudiantes de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales en la Universidad Autónoma de Nuevo León, siendo de primer semestre del grupo 016 y teniendo conocimiento sobre la falta de una ley que apruebe la Eutanasia, queremos hacer presentación de un capítulo que abarque la legalización de la eutanasia en el estado de Nuevo León.

INICIATIVA  DE CREACIÓN  DE UN CAPITULO EN LA LEY ESTATAL DE SALUD EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN

Actualmente, el tema de la muerte se ha hecho muy relevante, ya que en pleno siglo XXI la tecnología se ha hecho parte de nuestras vidas, incluso nos ayuda a prolongarlas, a veces de manera innecesaria.

Nuestra propuesta es que en el estado de Nuevo León sea legal la eutanasia, ya que pensamos que las personas que tengan alguna enfermedad terminal y no quieran continuar con su vida, puedan tomar esa decisión. Eutanasia significa, etimológicamente hablando “buena muerte”.

Hay un sinfín de casos en el estado de personas que tienen alguna enfermedad terminal y los tienen en el hospital, conectados a una máquina, que es lo único que los mantiene con vida, algunos ya no pueden ni respirar por su cuenta, para muchos eso no es calidad de vida, se les hace más costoso levantarse cada día. La vida es una decisión propia de la persona.

PROPUESTA DE CREACION

TITULO OCTAVO

CASOS EN LOS QUE SE APLICA LA EUTANASIA

CAPITULO UNICO

Artículo 1° Esta ley tiene aplicación cuando el paciente está consciente de sus facultades mentales, y por petición del mismo individuo la hace valer. Y el paciente tiene opciones:

  1. Inyección letal
  2. Suspender su tratamiento médico (si es que cuenta con este)
  3. Sobredosis de morfina

Artículo 2° En este apartado:

  1. Una vez que el individuo se encuentra en estado vegetal, o no es consciente de sus facultades mentales  y esté en etapa terminal, la decisión recae en el cónyuge
  2.  Si este es menor de edad, en los padres.
  3.  Si el paciente es soltero, puede decidir otro familiar, el más cercano a este.

Artículo 3° Esta ley solo podrá ser válida en hospitales y con breve aprobación del médico que esté tratando al paciente terminal, y el médico no será juzgado por el artículo 143 del código penal.

Artículo 4°

Artículo 5°

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