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INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL ¿QUÉ HACE ESPECIAL A LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL?


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2022  •  Apuntes  •  7.473 Palabras (30 Páginas)  •  145 Visitas

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HERMENÉUTICA JURÍDICA

24/01/2022

INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL

¿QUÉ HACE ESPECIAL A LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL?

Tiene un órgano que lo interpreta en última instancia con un origen independiente, con una idea distinguible de la Corte Suprema. Se refiere a la Corte Constitucional y el Consejo de Estado conforme a decretos. Los resultados de su interpretación son distintos, con una metodología distinta.

 

La labor de la Corte Constitucional es de HIPERINTERPRETACIÓN, interpretación ultra desarrollada, antes viendo una interpretación desde el punto de vista de fuentes de la efectividad de las disposiciones, normas o contenidos normativos.

Hay toda una serie de explicaciones respecto de cómo es que ocurre esta hiper interpretación.

 

HIPERINTERPRETACIÓN

 El elemento llamativo de la Constitución es la cantidad de disposiciones abiertas y abstractas, cuando se desarrollan ampliamente derechos fundamentales se complementa la constitución, hay muchas cantidades de contenido que se genera a partir de las disposiciones constitucionales, a diferencia de la ley, por eso se dice que la diferencia de interpretación es cuantitativa y no cualitativa.

La constitución material es lo que surgen las sentencias que toman contenidos normativos constitucionales para resolver casos concretos.

De "la vida será inviolable" se sacan regulaciones de eutanasia, aborto, cuidados paliativos, etc.

No son métodos distintos de interpretación entre ley y constitución sino la amplitud.

 

El profesor no está de acuerdo con que las diferencias sean solamente cuantitativas, porque se discuten cuestiones morales, no están excluidas las lecturas ideológicas de la constitución, aunque también esta lectura ideológica tiene que seguir también reglas técnicas para distinguir a la Coste Constitucional de un congreso que decide de acuerdo con la conveniencia.

 

Antes de llegar a una hiper interceptación se tiene que tratar la EFECTIVIDAD de la disposición, las normas deben ser validas, de acuerdo con las normas orgánicas expedidas para decir que como se debe expedir una norma como el reglamento del congreso.

Efectividad es que norma se utilice y que los operadores entiendan que esas normas existen, hay reglas constitucionales que no están en otra parte sino contendidas en la sentencia de la corte producto de interpretación, por ejemplo, se prescribe la tercera reelección, la constitución no dice nada de reelección, aunque no este expresamente escrito la constitución prohíbe tres periodos consecutivos o la sentencia que prohíbe la penalización del aborto en tres hipótesis concretas.

A este tipo de situaciones se refiere la efectividad que puede ser de dos clases:

  • De disposiciones
  • De contenido normativo: Reglas

Casi siempre la interpretación de la constitución es de carácter normativo, efectividad no quiere decir que la aplicación sea perfecta, sino que entienda que existe.

 

¿Cómo sabemos que la norma exististe?

Hay criterios que utiliza el intérprete:

  • Aplicación directa de la constitución para resolver casos concretos.
  • Eficacia horizontal aplicando normas constitucionales a las relaciones entre Estado y particulares, entre particulares y entre órganos del Estado. Disminuyendo de esta forma la autotomía privada.
  • Interpretación expansiva o HIPERINTERPRETACIÓN.

 

La creación de contenidos normativos se da por la generalidad, las disposiciones amplias de la constitución tienen una razón de ser en la técnica constitucional, es decir, así se redactan las constituciones, no es casualidad, estas constituciones se adaptan a las distintas situaciones sociales que pueden presentarse y que son difíciles de prever a priori.

 

Los casos difíciles son aquellos donde una regla determinada en un caso concreto resulta contraria a derecho fundamentales, esto termina en la concreción de principios constitucionales que proviene de que se está solucionando un caso concreto.

 

Los contenidos normativos funcionan como reglas dentro del orden jurídico, ejemplo, sentencia de trasfusión de sangre.

 

¿CUAL ES LA NATURALEZA/JERARQUÍA/FORMA DE VINCULATORIEDAD DE LOS CONTENIDOS NORMATIVOS FRUTO DE LA HIPERINTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL? Próxima clase PAPEL DE LA JURISPRUDENCIA EN LA HIPERINTERPETACIÓN

 

14/02/2022

La interpretación resulta un argumento convincente. Encontrar sentidos normativos dentro de la constitución como hiper-interpretación, esto implica darle sentido normativo a la constitución.

 

TÉCNICAS VALIDAD Y RACIONALES DE HIPERINTREPTACIÓN

Es para obtener el significado normativo de la constitución. Para explicar el funcionamiento de la constitución, debe verse en SENTIDO ACTUAL, tal cual funciona en la actualidad; hay diferentes aproximaciones a un mismo objeto, de la constitución derivan normas llamadas PROCESOS CONSTITUCIONALES.

 

Hay tres características de la constitución, pero nos vamos a concentrar en una:

  • Se aplica a relaciones entre particulares.
  • Los jueces aplican la constitución de forma directa para resolver casos, por ejemplo, inaplicando la ley para el caso concreto.
  • Hiper-intepretación constitucional: hay muchas disposiciones en la constitución que están escritas de forma especial, de manera que plantean la relevancia de la naturaleza constitucional de contenidos constitucionales y por eso son norma que funciona especial dentro de organismo jurídico. No describen una situación fáctica y conllevan una consecuencia para la situación, sino que plantean contenidos, como por ejemplo, libertad de conciencia, se prohíbe la discriminación, etc.

Son normas privilegiadas que son: DERECHO FUNDAMENTALES o PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.

 

El gran número de disposiciones con estas características, tiene un aspecto que se suma desde su operatividad: esta disposición va a  ser interpretada por un tribunal constitucional que va a extraer de forma inevitable innumerables contenidos normativos a partir de esas disposiciones, es decir, las va a interpretar.

 

Un ejemplo, puede ser "El derecho a la vida es inviolable", pero se habla de aborto y eutanasia. Es un ejemplo de disposición con innumerables sentidos normativos, como, por ejemplo, son requisitos para la eutanasia (i) tener una junta de médicos. En caso de enfermades terminales que causen gran sufrimiento y de acuerdo con una junta de médicos, el sujeto en cuestión puede decidir terminar con su vida.

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