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LAS DROGAS ¿Y dónde queda México en este panorama?

Jörgë Hërnändëz GäspärTrabajo2 de Febrero de 2016

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LAS DROGAS

La legislación para las drogas en México está establecida en la Ley General de Salud de 1984, junto con lo que en materia de drogas establece el Código Penal Federal luego de las reformas de 1994. Además, en 1996 se creó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que elevó exponencialmente las penas por cualquier delito que se considera cometido en asociación delictuosa. También, el 21 de agosto de 2009 entró en vigor un decreto que reforma la Ley General de Salud, el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales. El decreto se conoce popularmente como Ley de Narcomenudeo, dado que su principal objetivo es justamente combatir la modalidad del comercio de drogas al por menor. El decreto determina también cantidades máximas de las diversas sustancias permitidas para el consumo personal.

Así, las reformas hechas en 1994 al Código Penal Federal - junto con lo establecido en la Ley General de Salud - conforman en gran parte la legislación vigente en México en materia de drogas. Un cambio importante introducido por dichas reformas es que desde entonces se habla de drogas y los diversos delitos relacionados con éstos ya no se encuentran todos en un mismo artículo. Las penas se aumentaron para los casos de producción, transporte, tráfico, comercio y suministro, que ahora son de un mínimo de 10 y un máximo de 25 años. Pero la pena por siembra, cultivo y cosecha disminuyó. Para el consumo la ley establece que “No se procederá en contra de quien no siendo farmacodependiente, se le encuentre en posesión de alguno de los narcóticos señalados en el artículo 193, por una sola vez y en cantidad tal que pueda presumirse está destinada a su consumo personal” y que “al farmacodependiente que posea para su estricto consumo personal algún narcótico de los señalados en el artículo 193 no se le aplicará pena alguna”; también que todo procesado o sentenciado que fuere farmacodependiente quedará sujeto a tratamiento (Art. 195).

En 1996 se creó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que elevó exponencialmente las penas por cualquier delito que se considera cometido en asociación delictuosa. Esta Ley también estableció la figura del arraigo, que en 2008 fue incorporada a la Constitución. El arraigo permite la detención y privación de la libertad de una persona hasta por 80 días, sin ninguna acusación, orden de aprensión o sin haber sido detenida por cometer un delito en flagrancia, simplemente por ser sospechosa de cometer un delito relacionado con la delincuencia organizada. Las penas y delitos establecidos en los años noventa se mantienen hasta el día de hoy, aunque a partir del 21 de agosto de 2009 sólo para los casos de narcomayoreo.

La Ley de Narcomenudeo fue adoptada por el Congreso en abril de 2009 y entró en vigor en agosto de 2009, eliminando todas las sanciones por cantidades para uso personal establecidas así: 5 gramos de cannabis, 2 gramos de opio, medio gramo de cocaína, 50 miligramos de heroína o 40 miligramos de metanfetamina o mdma. Los usuarios serán sometidos a tratamiento obligatorio solamente después del tercer arresto. [Véase la Tabla de orientación de dosis máximas de consumo personal e inmediato, art. 479 Ley General de Salud] La ley de narcomenudeo reforma el artículo 478 de la Ley General de Salud.

Debido a que los umbrales de la dosis personal son muy bajos, se temía que esta ley conllevara a fuertes condenas de cárcel para los que fuesen sorprendidos con cantidades mayores a las que permite la ley, porque se asumirá que son pequeños traficantes incluso si no hay otras indicaciones de que la cantidad poseída estaba destinada a la venta. Por otra parte, la ley aumentó las penas para varias ofensas, como la venta a menores o en los vecindarios de las escuelas. El decreto define también el tráfico de pequeña escala en cantidades de máximo mil veces la dosis de uso personal. Debido a esto, el contrabando por medio de ‘mulas’ (alguien sorprendido en el aeropuerto que se haya tragado más de 500 gramos de cocaína o más de 50 gramos de heroína) es ahora tratado como tráfico de gran escala, que cae en la categoría de las penas más altas.

Lunes, 20 de agosto, 2012

El debate mundial por la reforma del cannabis parece tener un auge inusitado en la actualidad, y sorpresivamente es en la región de América Latina en donde parece que los vientos de cambio son más fuertes. ¿Dónde queda México en este panorama? Actualmente, hay 8 iniciativas de ley sobre la marihuana arrumbadas en los anales de distintas comisiones parlamentarias.

Sorpresivamente -pareciera- en América Latina el debate sobre los cambios al regímen internacional de control de drogas es el más pertinente, porque durante décadas la región aceptó casi sin chistar las directrices de Washington en la materia, y porque gobiernos tanto de izquierda como de derecha en el continente han, -o habían sido- sumamente inflexibles para considerar por sí mismos cualquier otra opción para tratar con las drogas en la región.

Ahora, sin embargo, parecen coincidir América Latina un malestar social alimentado por el crecimiento inédito del crimen organizado y de sus diversas actividades delictivas; por las claras limitaciones dentro del marco actual para atender emergencias sanitarias como la de la pasta base en el cono sur; o bien por no poder garantizar la estabilidad necesaria para la actividad económica desarrollada, como sucede en el industrioso norte de México, que sufre una ola de violencia descarnada desde hace tres años.

Por ello, ante circunstancias inéditas también en ámbitos globales, la región comienza a debatir sus opciones, y dentro de ellas la reforma de la marihuana parece ser una punta de lanza común en la región y el mundo.

Holanda, cuya bien conocida tolerancia hacia la planta parecía haber retrocedido recientemente hacia medidas más restrictivas para los extranjeros, especialmente en algunas de sus ciudades fronterizas con Bélgica y Alemania, parece ahora poco entusiasta por profundizar con la experiencia en otras zonas del país después de constatar los exiguos resultados positivos. Las próximas elecciones de septiembre determinarán si estas medidas continúan en otras partes, mediante el llamado “weed pass”, o bien se desiste de ella para otras ciudades.

En España, en cambio, parece perfilarse una reforma tendiente a reconocer a los clubes sociales de cannabis no sólo como una manera de garantizar los derechos de sus usuarios, sino también como una fuente de impuestos y recursos frescos para la difícil situación del país. En Dinamarca, la ciudad de Copenhague sigue peleando con el gobierno central para que se le permita comenzar con un proyecto piloto para crear dispensarios de hachís y marihuana controlados por la municipalidad.

Argentina y Brasil, por su parte, cuentan con amplios movimientos de cultivadores que exigen su derecho a asociarse para combatir redes criminales y el uso del paco, mientras que Uruguay propone con este mismo fin una suerte de monopolio estatal sobre la producción, la distribución y el control de la planta. En Chile, los senadores Fulvio Rossi y Ricardo Lagos Weber ingresaron un proyecto de ley que busca autorizar el autocultivo de la marihuana, así como también que se permita su uso personal y terapéutico.

Finalmente, la aprobación para el cannabis medicinal ya superó a sus detractores en los Estados Unidos a nivel naciona, y 14 estados han despenalizado bajo diferentes regímenes a la planta, mientras que los estados de ColoradoWashington y Oregon se preparan para votar próximamente modelos de regulación del mercado del cannabis en plebiscitos en noviembre durante las elecciones presidenciales.

¿Y dónde queda México en este panorama?

Dadas las circunstancias descritas, todas ellas importantes para la situación de México, aunadas al próximo cambio de gobierno federal, las posibilidades de una reforma del cannabis en México merecen, al menos, un breve recuento, ya que muy probablemente el próximo gobierno federal se verá obligado a abandonar la inflexibilidad obstinada del Presidente Calderón, y en consecuencia tendrá la responsabilidad de examinar las opciones que pudieran encajar en el país. Para ello, la próxima administración deberá reconocer que:

• Existe un movimiento de usuarios que desde hace más de diez años se manifiesta y gana progresivamente espacios de visibilidad en el país. Sus participantes han ido progresivamente afinando sus demandas, entre las cuales son muy importantes la descriminalización del uso y la posibilidad del autocultivo como una forma de no contribuir con los intereses del crimen organizado. Incluso, un importante sector de la comunidad de negocios apoya a la regulación y fiscalización del mercado de cannabis como el primer paso para una más completa regulación de otras sustancias.

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