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LEY DE BIENES NACIONALES


Enviado por   •  31 de Marzo de 2020  •  Ensayos  •  978 Palabras (4 Páginas)  •  381 Visitas

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LEY DE LOS BIENES NACIONALES

Se estima que los bienes nacionales son aquellos producidos y adscritos en propiedad a una sociedad de habitantes del territorio nacional de forma colectiva donde los bienes pertenecientes al estado y que administra el poder nacional conforme a la ley de Constitución, se entienden que son sometidos al mismo régimen que los bienes nacionales, excepto lo que dispongan las leyes especiales que rigen aquellos bienes que son aquellos cuyo dominio pertenece a la nación.

El Art. 623 del CC determina que: Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la Nación toda. Podríamos mencionar como ejemplos a las calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas, los cuales se llaman bienes nacionales de uso público o bienes públicos.

Esto se encuentra facultado por la CRE en su Art. 379 num. 2 el cual prescribe que: Las edificaciones, espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyan referentes de identidad para los pueblos o que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico.

Los bienes nacionales se dividen en bienes de uso público y bienes del estado o bienes fiscales.

Bienes nacionales de uso público

Segun el Art. 604 CC manifiesta que su uso pertenece a todos los habitantes de la Nación, como el de calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas.

Asimismo, los nevados perpetuos y las zonas de territorio situadas a más de 4.500 metros de altura sobre el nivel del mar.

Son los siguientes:

  • Dominio público de las aguas
  • Dominio público marítimo
  •  Dominio público de aguas interiores
  • Dominio público terrestre
  • Dominio público aéreo

Bienes fiscales

Art. 605 CC.- Son bienes del Estado todas las tierras que, estando situadas dentro de los límites territoriales, carecen de otro dueño.

Concordancia CRE Art. 4.- El territorio del Ecuador constituye una unidad geográfica e histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales.

Son los siguientes:

  • Tierras baldías
  • Minas
  • Hidrocarburos
  • Patrimonial estatal forestal
  • Patrimonial cultural de propiedad estatal

Los bienes nacionales suelen corresponder con los bienes de titularidad pública adscritos a La ley de bienes nacionales administra, gestiona, regula y controla los bienes de dominio público por mandato colectivo a través de la confianza de los ciudadanos, una vez que los legisladores y gestores públicos acceden a la administración.

Cualquier bien o activo de titularidad pública se considera que es un bien nacional, desde edificios públicos y monumentos de todos tipos hasta servicios como bomberos, policía o sanidad, pasando por bienes de patrimonio inmaterial, como tradiciones, festividades o elementos culturales de especial proteccion.

La administración de un pais como forma de gestionarlos y explotarlos. Al igual que pueden existir los bienes de naturaleza privada los obtienen una proteccion especial por parte de los poderes públicos como símbolo de una colectividad, estando restringidos su libre movilidad y transacción. Un ejemplo para poder comprender lo ya dicho es un edificio histórico a de un valor cultural que pertenezca a particulares.

OBJETIVOS

Tiene por objeto establecer:

  1. Los bienes que constituyen el patrimonio de la Nación.
  2. El régimen de dominio público de los bienes de la Federación y de los inmuebles de los organismos descentralizados de carácter federal.
  3. La distribución de competencias entre las dependencias administradoras de inmuebles.
  4. Las bases para la integración y operación del Sistema de Administración Inmobiliaria Federal y Paraestatal y del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, incluyendo la operación del Registro Público de la Propiedad Federal.
  5. Las normas para la adquisición, titulación, administración, control, vigilancia y enajenación de los inmuebles federales y los de propiedad de las entidades, con excepción de aquéllos regulados por leyes especiales.
  6.  Las bases para la regulación de los bienes muebles propiedad de las entidades, y la normatividad para regular la realización de avalúos sobre bienes nacionales.

CARACTERISTICAS DE LA LEY

  • Deben ser destinados a uso público: deben ser de disfrute general y no restrictivo a los ciudadanos, de acuerdo a cómo lo marque la ley.
  • Pueden ser privativos del estado, de tal forma que, aunque la propiedad sea colectiva entre la ciudadanía no sean destinados al uso común directamente, sino a través de cauces indirectos.
  • Son inembargables: como bien público, no se pueden expropiar al estado.
  • Son imprescriptibles: no cabe derecho de prescripción temporal alguno.
  • Pueden cederse a intereses particulares en la forma en la que la ley lo permita.
  • Pueden ser productivos o no: en aquellos casos en los que el estado controle medios de producción, tanto éstos como el producto resultante son de carácter público y titularidad nacional. También pueden ser improductivos, ya sean de carácter cultural o disfruta social.

Los bienes sujetos al régimen del dominio público de la federación son inaleables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a acciones reivindicatoria o de posición definitiva o provisional, o alguna otra parte de terceros.

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