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Ley de aguas nacionales


Enviado por   •  27 de Marzo de 2019  •  Ensayos  •  1.372 Palabras (6 Páginas)  •  168 Visitas

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LEY DE AGUAS NACIONALES

ARTICULO 1:

La presente ley es reglamentada del artículo 27 de la constitución política de los estados unidos mexicanos en materia de aguas nacionales, es de observancia general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable.

-Tiene como objeto estar al tanto del uso que se le dan para que no se haga de mala manera y cumpla con lo que dice la ley y así sea de gran beneficio.

ARTICULO 2:

Las disposiciones de esta ley son aplicables a todas las aguas nacionales, sean superficiales a del subsuelo. Estas disposiciones también son aplicables a los bienes nacionales que la presente ley señalada.

Las disposiciones de esta ley son aplicables a las aguas de zonas marinas mexicanas en tanto a la conservación y control de su calidad, sin menos cabo de la jurisdicción a o concesión que las pudiera regir.

-Se encarga de la conservación de todo tipo de aguas nacionales, de que tenga una buena calidad sin quitarle crédito a la jurisdicción o a algo que se otorgó según la ley.

ARTICULO 3:

  1. “Aguas nacionales”
  2. “Acuífera” Cualquier formación o conjunto de formaciones geológicas hidráulicamente conectados entre sí por los que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que pueden ser extraídas para su explotación.
  3. “Aguas claras o Aguas de primer uso” Prevenientes de diferentes fuentes y que no han sido utilizada para ningún fin.
  4. “Aguas subsuelo” existentes debajo de la superficie terrestre.
  5. “Aguas marinas” Se encuentran en zonas marinas.
  6. “Aguas residuales” Conocidas como aguas negras las cuales pueden ser domésticas, urbanas, etc…
  7. “Aprovechamiento” Actividades que no impliquen su aprovechamiento.
  8.  “Aprovechamiento de paso” NO implique consumo excesivo de agua.
  9. “Bienes públicos inherentes” artículo 113 de esta ley.
  10. “Capacidad de carga” Aplicar medidas para recuperar su carga.
  11. “Cause corriente” Canal que se encarga de que el agua no se derrame.
  12. “Comisión nacional del agua” Encargada de los bienes públicos del agua y toda lo realizado con ella.
  13. “Concesión” Titulo que se da para el uso de aguas nacionales.
  14. “Condiciones particulares de descarga” Parámetros físicos de agua residual dependiendo el usuario o el uso.
  15. “Consejo de cuenca”
  16. “Cuenca hidrológica” territorio delimitado por una parte de agua.
  17. “Cuerpo receptor” corriente o depósito natural de agua, presas, causes, zonas marinas o bienes nacionales.
  18. “Cuota de autosuficiencia” destinada a recuperar los costos a causa de la operación.
  19. “Cuota natural de renovación de aguas”
  20. “Delimitación de cause y zona federal” estudios y trabajos para determinar los limites.
  21. “Desarrollo sustentable” Encargado de mejorar la calidad de vida.
  22. “Descarga” depositar aguas residuales en un receptor
  23. “Disponibilidad media anual de aguas de subsuelo”
  24. “Distrito de riego” conformado por una o varios superficies previamente delimitadas donde se ubican las zonas de riego.
  25. “Estero” terreno bajo, pantanoso que suele llenarse de agua por la lluvia o por desbordes.
  26. “Explotación” Aplicación de agua en Actividades encaminadas a extraer elementos químicos.
  27. “Gestión del agua”
  28. “Gestión integrada de los recursos hídricos”
  29. “Humedales” zonas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres que constituyen áreas de inundación.

ARTICULO 7:

Se declara de utilidad pública, que es decir de interés colectivo para los ciudadanos de un país o para la humanidad en conjunto.

  1. Protección, mejoramiento, conservación y restauración de cuencas hidrológicas.
  2. Instalación de dispositivos necesario para la medición de la calidad y cantidad de agua.
  3. Restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales, superficiales o de subsuelo.
  4. Restablecimiento de equilibrio de los ecosistemas vinculados con el agua
  5. Mejoramiento de los servicios del agua doméstica y pública.
  6. El establecimiento de distritos de riego, unidades de riego, etc…
  7. Mejoramiento de la calidad del agua.
  8. Prevención y atención de los efectos de fenómenos meteorológicos.
  9. Aprovechamiento de aguas nacionales
  10. Aprovechamiento de los bienes para el mejoramiento o desarrollo de obras públicas.

ARTICULO 8:

Son atribuciones del secretario del medio ambiente y recursos naturales.

  1. Proponer al ejecutivo federal la política hídrica del país.
  2. Proponer al ejecutivo federal los proyectos de ley, reglamentos, decretos y acuerdos relativos al sector.
  3. Fungir como presidente del consejo técnico de “la comisión”.
  4. Suscribir los instrumentos internacionales, instrumentar lineamientos y estrategias para el cumplimiento de los tratados internacionales.
  5. Expedir las normas oficiales mexicanas en materia hídrica en los términos de la ley federal sobre metodología y normalización.
  6. Las que en materia hídrica las asignen específicamente las disposiciones legales.

ARTICULO 9:

“La comisión” es un órgano administrativo desconcentrado de “la secretaria” que se regula conforme a las disposiciones de esta ley y sus reglamentos de la ley orgánica de administración pública federal y de su reglamento interino.

La comisión tiene como objetivo cumplir con las tareas que le corresponden refiriéndose en materia hídrica integrando todos los departamentos como lo son normativos, administración, control, etc…

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