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LEY DE IMPUESTO SOBRE CIGARRILLOS Y MANUFACTURAS DE TABACO


Enviado por   •  9 de Febrero de 2021  •  Informes  •  744 Palabras (3 Páginas)  •  184 Visitas

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LEY DE IMPUESTO SOBRE CIGARRILLOS Y

MANUFACTURAS DE TABACO.

Habiendo leído y analizado un poco los primeros 10 artículos de esta ley, en primera instancia se puede notar que se habla sobre la producción de estos insumos serán gravados en esta misma ley, también nos dice que será fijada una alícuota de impuesto del 70% del precio de venta.

La cancelación de pagos de impuestos y otros aranceles referentes  a estos producidos a nivel nacional, deberán ser pagadas obligatoriamente antes de que estos salgan de sus lugares de producción, al igual que con las especies importadas, esta deben ser canceladas y liquidadas sus impuestos en la oficina de aduanas para poder ser retiradas y/o distribuidas, referente también un poco a esto, se puede notar que estas especies cigarrillos, tabacos y otros similares, no serán causantes ni pagantes de impuestos algunos mientras que sean destinados a ser exportados, mientras que aquellos destinados a los territorios bajo Regímenes Aduaneros Territoriales, los almacenes libres de impuestos y zonas especiales de desarrollo, estarán sujetos a un impuesto previsto en esta misma ley.

Referente a la liquidación y recaudación del impuesto sobre cigarrillos, tabacos, picaduras y otros derivados del tabaco, producidos en el país será liquidado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de finanzas, a través de la Administración Tributaria Nacional y el pago de este debe ser realizado por el productor o productora del mismo.

De acuerdo al ejercicio de la industria, toda aquella persona o empresa que decida dedicarse a la producción, fabricación  y/o exportación de estas especies, deberá obligatoriamente inscribirse anteriormente de manera formal en el registro, a lo cual también lo llevará a la Administración Tributaria Nacional, y para esto, deben tener también la previa autorización de este mismo ente quien también dirán cuáles son los requisitos para su autorización de venta, exportación y/o importación, y para así luego hacer sus posteriores pagos referentes a lo mismo.

Las empresa y grandes manufactureras de cigarrillos, están en la plena obligación de ofrecer los mismos en cajas o envases, debidamente identificados, las cuales deben tener impreso; marca, cantidad, razón social del fabricante y demás requisitos exigidos por la administración tributaria, estos también deben venir en sus cajas totalmente cerrados y sellados, de igual manera, los cigarrillos importados deberán ser ofrecidos en sus respectivos paquetes o envases originales.

Aunado a esto, los fabricantes están en la obligación de colocar en sus envases o cajas, bien sean de cigarros, cigarrillos, tabacos u otros derivados del tabaco, debidamente identificadas, deben tener el precio de venta.

LEY DE IMPUESTO SOBRE ALCOHOL

Y ESPECIES ALCOHÓLICAS.

Habiendo leído un poco esta ley, puedo notar que mayormente esta centrada en hablar de cambios de algunos artículos, haciendo cambios, no tan drásticos pero si algo notorios.

Principalmente se puede observar que el alcohol etílico y especies Alcohólicas producidas nacionalmente e importadas destinadas al consumo quedarán sujetas al impuesto que establece esta ley.

De acuerdo a la artesanía e industrias típicas de bebida alcohólicas autóctonas, provenientes de materias vegetales, gozarán de tratos y/o regímenes especiales por parte del estado con el fin de preservar su autenticidad, estas se entenderán como artesanías siempre y cuando sean producidas por personas naturales y/o cooperativas siempre y cuando utilicen artes o técnicas tradicionales en las que predomine el trabajo manual.

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