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La Economía Social Ypopular


Enviado por   •  30 de Marzo de 2014  •  3.581 Palabras (15 Páginas)  •  199 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UBV- MISIÓN SUCRE

Extensión Socopó – Municipio Antonio José de Sucre - Edo. Barinas

ECONOMÍA, ECONOMÍA SOCIAL Y ECONOMÍA POPULAR. SIMILITUDES, DIFERENCIAS Y CONSIDERACIONES CRÍTICAS.

SOCOPÓ 10 MARZO 2014.

INTRODUCCIÓN

En el siglo XIX Venezuela dependía netamente de una economía de mercado orientada a las exportaciones. La principal actividad económica de Venezuela para el momento se basa en la explotación y refinación de petróleo para la exportación y consumo interno. Fue la cuarta economía más grande de América Latina, después de Brasil, México, y Argentina según el PIB (P PA) Su explotación oficial se inicia a partir de 1875, en 1914; es construida la primera refinería. A partir de 1922 comienza la explotación petrolera a gran escala, coaccionando una gran cantidad de eventos que cambiaron drásticamente el rumbo del país. Mediante iniciativa y participación de Venezuela dentro del mercado petrolero mundial es fundada la OPEP. La obra efectiva dela administración del presidente Betancourt 1958 – 1963 muestra muchos aspectos resaltantes para la economía del país en los cuales destacan: La ley de Reforma Agraria, la incorporación de la población rural al desarrollo económico, social y político de la nación, creo el Instituto Agrario nacional, adscrito al Ministerio de Agricultura y Cría. Creación de la empresa estatal Corporación Venezolana del Petróleo (CVP)

En 1961, con la aprobación de la Constitución Nacional, se acentúa la intervención del Estado en todas las áreas de la economía, se nacionalizó el hierro y el petróleo, se respeta la propiedad, es cierto, se alientan las inversiones privadas nacionales y extranjeras y se encuadra toda la actividad económica y comercial dentro de los preceptos del capitalismo pero con una profunda intervención del Estado, por medio de las leyes, y se consolida el Estado inversor y promotor: Con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado se abroga el costo total de la educación, salud y servicios sociales como política nacional, lo que representa una gran carga fiscal para el erario público. Se afianza la inflación. Se amenaza la empresa privada y la propiedad, Se afianza o institucionaliza el control cambiario. Se prioriza lo político sobre lo económico. Se acumulan altas reservas monetarias internacionales. Se estabiliza la Deuda Externa y se incrementa la Deuda Interna. No hay sustitución de importaciones, Cierre de todo tipo de empresas grandes y medianas. Incremento de la pobreza.

Desde el año 2007 en adelante con las políticas implementadas por el gobierno liderado por el presidente Hugo Chávez, disminuye la pobreza por la puesta en marcha de las diferentes misiones para la transformación del estado social democrático a un estado democrático, social de derecho y de justicia donde todas y todos los venezolanos adquieren beneficios en las diferentes áreas, primordialmente en las mejoras económicas con la creación de las empresas de propiedad social (EPS) impulsados por la ley de economía comunal y ley de desarrollo agrario.

Aproximaciones al neoliberalismo como economía-mundo: sus categorías de análisis y la consolidación crítica de una macro-estructura.

Un tema que durante los últimos años ha preocupado a los científicos sociales y a los políticos ha asumido la persistente desigualdad social y económica entre los países del mundo avanzado y muchos países del pasado Tercer Mundo colonial y semicolonial. El giro inesperado es el abandono de esfuerzos y programas que, inspirados en distintas perspectivas teóricas, buscaban reducir esas desigualdades.

En lugar de ello, ha ganado fuerza la idea de que la desigualdad está aquí para quedarse y que, de hecho, puede tener un impacto positivo en el funcionamiento y crecimiento de la economía global. La sociología del desarrollo, preocupada por los mecanismos que reproducían la desigualdad y por los medios para superarla, parece haber perdido en buena medida su razón de ser.

Se presenta tres argumentos en cuanto a la desigualdad social:

1) La evolución actual de la economía global y la cada vez más débil preocupación por el desarrollo nacional.

2) La libre competencia en el mercado.

3) El concepto de “arraigo” de la acción económica, canales sociales, efectos acumulativos y consecuencias inesperadas –tomadas de la nueva sociología económica_.

El término neoliberalismo es un neologismo que hace referencia a una política económica con énfasis tecnocrático y macroeconómico que pretende reducir al mínimo la intervención estatal en materia económica y social, defendiendo el libre mercado capitalista como mejor garante del equilibrio institucional y el crecimiento económico de un país.

Se usa con el fin de agrupar un conjunto de ideologías y teorías económicas que promueven el fortalecimiento de la economía nacional (macroeconomía) y su entrada en el proceso globalizador a través de incentivos empresariales que, según sus críticos, es susceptible de conducirse en beneficio de intereses políticos más que a la economía de mercado propiamente dicha.

El neoliberalismo no es algo nuevo, América Latina ha experimentado estrategias económicas liberales durante muchos años como la economía abierta, especialización exportadora propiedad privada (mayormente extranjera) de recursos básicos y dependencia de préstamos e inversiones extranjeras. El neoliberalismo en el poder, ha transformado la naturaleza de las políticas y las propias relaciones políticas e interestatales.

Ya es conocido en el mundo entero que Venezuela vive una experiencia inédita, a partir de la cual se han sembrado en el territorio nacional miles de empresas y organizaciones de la economía solidaria que, con sus luces y sus sombras, representan un desafío, una privilegiada oportunidad, para enrumbar al país por las sendas de un modelo socio económico, que aporte a la construcción de una sociedad justa, solidaria, equitativa, pacífica, libre y democrática.

El desarrollo era cuestión de inculcar las orientaciones “correctas” –valores y normas– en las culturas del mundo no Occidental, de tal manera que permitiera participar a sus habitantes en la moderna economía creadora de riqueza y en las instituciones políticas del Occidente avanzado. Para ponerlo en términos de Max Weber, los sociólogos se proponían identificar cuáles podrían ser tales ideologías modernizadoras –los equivalentes funcionales de la ética protestante.

Esta perspectiva sociológica predijo correctamente la difusión de las orientaciones occidentales modernas y sus formas institucionales hacia tierras menos desarrolladas. De hecho, posteriormente toda una escuela sociológica se concentró en esta difusión global de las formas institucionales de los centros avanzados hacia la “periferia” (derredor) del sistema internacional (Meyer 1987, Meyer y Hannan 1979).

La reacción ante los errores de presagio de la perspectiva de la modernización no provino en un primer momento de la sociología norteamericana sino de su contraparte latinoamericana, fuertemente influenciada en esa época por la economía política marxista.

La Economía Social es la respuesta venezolana, centrada en una dimensión productiva y participativa de la comunidad, al tema de la desigualdad y sus consecuencias: la pobreza y la exclusión social. Es un cambio a fondo del patrón de desarrollo y crecimiento económico. Esta nueva racionalidad económica, debe constituirse en una propuesta para todos los ciudadanos, favoreciendo, además, la inclusión de los excluidos del aparato productivo.

La Economía Social es concebida como un instrumento para la atención de las necesidades de la población excluida económicamente, mediante la creación de empleo productivo y Aproximaciones al Neoliberalismo como Economía-Mundo.

Lejos de tratarse de una adaptación natural y de una respuesta técnicamente neutra a las dificultades experimentadas por las economías occidentales y por las estrategias de desarrollo del Sur global tras la crisis de la década de 1970, queda demostrado cómo el neoliberalismo fue una contundente y articulada respuesta política concebida por las clases dominantes globales para disciplinar y restaurar los parámetros de explotación considerados “razonables” tras la onda de luchas que recorrieron el planeta tras la Segunda Guerra Mundial. De acuerdo con el análisis efectuado por Harvey el objetivo del neoliberalismo era modificar el equilibrio político y la relación de fuerzas existente en el conjunto de la economía-mundo capital.

Críticas del Neoliberalismo como economía-mundo.

1) La economía produce desigualdad. Una vez que existe desigualdad, la solidaridad es necesaria para compensar sus efectos. En la realidad muchos abusan de su condición desigual para aumentar la desigualdad. Su posición de ventaja les permite explotar a los más débiles. En el capitalismo la solidaridad queda reducida. La vista de tantas miserias muestra que hay muchas fallas en la solidaridad de la sociedad actual. Un individuo acepta cualquier contrato para sobrevivir, por obligación, por necesidad, y esto no es justo si el sueldo no le permite vivir dignamente.

2) En una sociedad de desigualdad, de competitividad extrema, es difícil practicar la solidaridad porque un gesto de solidaridad debilita al sujeto en su lucha para escalar posición. Cualquier acto de compasión significa un retraso y un debilitamiento en la lucha de todos contra todos. Por eso hay obligación de corregir estos vicios sociales para que la virtud sea posible.

3) El neoliberalismo afirma que el factor principal es el capital exterior. Sin embargo el capital exterior no desarrolla, conquista los mercados, destruye el sistema productivo nacional, quiere lucros exorbitantes y abandona el país a la hora de los problemas. Solo el Estado puede crear actividades nuevas, puede crear actividades en sectores de puntas, solo el Estado puede ser un motor.

4) El capital exterior nunca va a promover industrias que podrían competir un día con él. No tiene ningún interés en aplicar recursos para sectores nuevos. No tiene ninguna estrategia de desarrollo, de hecho, con el sistema de préstamos e intereses elevados solo logra impedir todo desarrollo, los pueblos del Tercer Mundo trabajarán exclusivamente para pagar la deuda.

Ordenamiento jurídico que regula la Economía Social y el Desarrollo Endógeno Sustentable: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Código de Comercio, Ley Especial de Asociaciones Cooperativas y su Reglamento, Decreto de EPS y Providencias Administrativas

LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

*Artículo 2 establece que EL ESTADO VENEZOLANO ES DEMOCRÁTICO, DE DERECHO Y JUSTICIA SOCIAL, en donde es fundamental la promoción, el desarrollo y la consolidación de formas de organización social.

TITULO III CAPÍTULO III DERECHOS CIVILES

*Artículo 52: “Toda persona tiene derecho a asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley. El Estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”.

CAPÍTULO IV Y VII DERECHOS POLÍTICOS Y ECONÓMICOS

*Artículo 70: “se constituyen en “medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo social y económico”.

*Artículo 112: “Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia…” El Estado promoverá la iniciativa privada, la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria y la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población.

*El artículo 118: Consagra el derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la Ley. Y, el Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa.

TITULO IV

CAPÍTULO IV

DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL

*Artículo: 184 ordinales 3,4 y 5 hacen énfasis a la descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que estos entes de gobierno gestionen.

TITULO VI

*Artículo 299: establece que capítulo I el Estado, conjuntamente con Régimen la Iniciativa Privada, Socioeconómico promoverá el desarrollo.

*Artículo 308: reitera que el Estado promoverá y protegerá, la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo. Además de asegurar la capacitación, la asistencia técnica y el financiamiento oportuno.

CÓDIGO DE COMERCIO

*Artículo 1: El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.

*Artículo 10: Son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.

Comentario El Código de Comercio venezolano fue decretado como ley el 26 de Julio de 1955, bajo el gobierno del General Marcos Pérez Jiménez, sin embargo su vigencia se mantiene, por otra parte se han tenido que dictar diversas leyes regulando determinados aspectos de la vida mercantil e incluso derogando algunos artículos del Código.

LEY ESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS

Antecedentes: En la Constitución de 1961 se hace referencia a ellas en un contexto que las colocaba entre organizaciones de poca trascendencia, a ser protegidas y tuteladas, sin establecerles ningún papel protagónico en el desarrollo de nuestra sociedad. La Ley de cooperativas de 1966 nace más como iniciativa de organismos internacionales que como resultado de un proceso nacional. La reforma de1975 no modificó el sentido general dela Ley.

Contenido y Alcances: Esta Ley dicta para desarrollar un derecho constitucional, establecido en los artículos 70 y 118 de la Constitución y para establecerlas regulaciones que se derivan de los artículos 184 y 308 de la misma, relacionados con la promoción y protección del Estado y la transferencia de funciones hacia la comunidad organizativa en cooperativas. Tiene carácter de Ley especial.

•Esta Ley facilita las legalizaciones de las cooperativas. Establece que para constituir una cooperativa, basta realizar el trámite ante el registro de su localidad, con lo cual se facilitará su constitución.

•La ley transfiere al estatuto las formas, modalidades y mecanismos de organización de las cooperativas y de los entes que las cooperativas constituyan en su proceso de integración. Esto permite una gran flexibilidad a las cooperativas para adaptarse al entorno, para evaluar y corregir estructuras que no se correspondan con los procesos cambiantes que se lleven adelante, posibilitando así un mayor dinamismo y una mayor capacidad empresarial.

•Exención de todo impuesto, tasa o contribución, a las cooperativas, debidamente certificadas, por su cumplimiento con las disposiciones de la ley, con el objeto de estimular el desarrollo de un gran sector de economía cooperativa en el país. Por otra parte, se establecen igualdad de condiciones con las entidades de otro carácter jurídico para la contratación con los entes públicos. También el apoyo para el fortalecimiento delos mecanismos de seguridad social que lleven las cooperativas.

•Se fortalece y especifica la función contralora de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, con disposiciones precisas para garantizar el cumplimiento de la ley e impedir que se simulen hechos cooperativos para obtener beneficios que le corresponden a estos entes. La fiscalización pública, que deben realizar otros entes públicos está con precisión definida, así como también la que le corresponde al propio sector. El conjunto de disposiciones contraloras, fortalecerá el desarrollo auténtico de las cooperativas y su participación e integración al desarrollo del país.

EMPRESAS DE PRODUCCIÓN SOCIAL

“Son aquellas entidades económicas dedicadas a la producción de bienes o servicios en las cuales el trabajo tiene significado propio, no alineado, auténtico; en las cuales no existe discriminación social en el trabajo y de ningún tipo de trabajo, no existen privilegios en el trabajo asociado a la posición jerárquica. Son entidades económicas con igualdad sustantiva entre sus integrantes, basadas en una planificación participativa y protagónica, y bajo un régimen de propiedad estatal, propiedad colectiva o la combinación de ambas.” Hugo Rafael Chávez Frías

-Son unidades productivas de distintos sectores estratégicos de la economía, diseñadas para fortalecer la soberanía de la patria en el ámbito productivo con el fin de impulsar la transformación del modelo socio económico en manos del pueblo

-Son empresas que van rumbo al socialismo como un germen del futuro que grita su necesidad creación por el agotamiento del modelo capitalista

-Las Empresas de Producción Social son una propuesta que nace en la Venezuela bolivariana y revolucionaria para impulsar el rumbo al socialismo del siglo XXI en lo que refiere a la industrialización del país

-El ideario socialista reconoce a los seres humanos como iguales en derechos y posibilidades, de manera que, como apuntamos, cada quien recibe de la sociedad lo que necesita y da a cambio lo que puede dar.

-No son empresas capitalistas del Estado

-Tipos de EPS

1) EPS de producción: Estas EPS trabajan en los sectores:

- Primario (agricultura, ganadería y minería).

- Secundario (industria) de la economía.

2) EPS de servicios por su actividad, este tipo de EPS serán por lo general pequeñas empresas, lo que no impide formas de asociación entre ellas o convenios con EPS mayores que minimicen sus costes y maximicen sus utilidades, tales como empresas de transporte, seguridad, mantenimiento, telefonía, almacenamiento, asistencia técnica entre otras.

Empresas de Producción Social.

- Pedro Camejo: Producción Agrícola.

- Lácteos los ANDES.

- Empresa MANPA.

- AGRO PATRIA

-Las EPS son centro del desarrollo social y humanista de todos los que laboran en ellas.

Gaceta Oficial Nº 5.991 Extraordinario del 29 de julio de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DECRETA

LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO

TÍTULOI DE LAS BASES DEL DESARROLLO RURAL

Capítulo I

Disposiciones Fundamentales

Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto establecer las bases del desarrollo rural integral y sustentable; entendido éste como el medio fundamental para el desarrollo humano y crecimiento económico del sector agrario dentro de una justa distribución de la riqueza y una planificación estratégica, democrática y participativa, eliminando el latifundio y la tercerización como sistemas contrarios a la justicia, la igualdad, al interés general y a la paz social en el campo, asegurando la biodiversidad, la seguridad agroalimentaria y la vigencia efectiva de los derechos de protección ambiental y agroalimentario de la presente y futuras generaciones.

Artículo 2: Con el objeto de establecer las bases del desarrollo rural sustentable, a los efectos de la presente Ley, queda afectado el uso de todas las tierras públicas y privadas con vocación de uso agrícola.

1. Tierras pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras (INTI): Serán sometidas a un promedio de ocupación y al estudio, atendiendo a un conjunto de factores determinantes tales como:

a. Plan Nacional de Producción Agroalimentaria.

b. Capacidad de trabajo del usuario.

c. Densidad de población local apta para el trabajo agrario.

d. Condiciones agrológicas de la tierra.

e. Rubros preferenciales de producción.

f. Extensión general de tierras existentes en la zona sujeta al promedio de ocupación.

g. Áreas de reserva y protección de recursos naturales necesarias en la zona.

h. Condiciones de infraestructura existente.

i. Riesgos previsibles en la zona.

j. Los demás parámetros técnicos para el establecimiento del promedio de ocupación que se desarrollen en el Reglamento de la presente Ley y en otros instrumentos normativos.

2. Tierras propiedad de la República: Quedan sujetas al mismo régimen establecido para las tierras propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI).

3. Tierras baldías: Serán objeto de planes especiales de desarrollo socio-económico dentro de un esquema efectivo de producción, garantizando la biodiversidad de los recursos existentes.

4. Tierras baldías en jurisdicción de los Estados y Municipios: Su administración por parte de los entes correspondientes, queda sometida al régimen de la presente Ley.

5. Tierras privadas: Quedan sujetas al cumplimiento de la función social de la seguridad agroalimentaria de la Nación. En tal sentido, deben someter su actividad a las necesidades de producción de rubros alimentarios de acuerdo con los planes de seguridad agroalimentaria establecidos por el Ejecutivo Nacional.

Artículo 3: Con el objeto de dar cumplimiento al desarrollo humano y al crecimiento económico establecido en el artículo 1 de la presente Ley, el Ejecutivo Nacional promoverá planes especiales de desarrollo integral para incorporar progresivamente a todas las regiones al desarrollo económico del país, manteniendo igualdad de oportunidades para todas las regiones.

Artículo 4: Las organizaciones colectivas económicas para la producción agrícola se establecerán teniendo como base los principios de mutua cooperación y solidaridad, privilegiando el sistema colectivo, cooperativo, comunitario, consejos de campesinos y campesinas, consejos comunales y cualquier otro tipo de organización colectiva. En tal sentido, se estructurará el fundo colectivo mediante la organización y destinación de bienes productivos, la organización de personas para el trabajo colectivo y el desarrollo del poder autogestionario de los mismos.

CONCLUSIONES

Al finalizar se puede hacer énfasis que el neoliberalismo no se está haciendo alusión a una teoría política o económica en particular, sino más bien se está refiriendo a una generalización de escuelas y teorías económicas (muchas veces opuestas entre sí), por lo que resulta algo complejo compararlo con el liberalismo ortodoxo. Mientras el antiguo concepto de liberalismo resulta más claro de limitar. Para resumir el liberalismo sostiene filosóficamente, generalizando, derechos individuales, libertad económica y Estado de Derecho, que se traducen en política públicas.

En política económica internacional: el énfasis en la libre circulación de los capitales (ya que el libre comercio es común a todas las teorías liberales) y en la libertad de circulación de personas. Quienes apoyan la posición liberal argumentan que el libre flujo de las inversiones resultantes y la movilidad de personas favorecen a los países pobres, que reciben aportes de capital de los países ricos, y los países ricos se benefician de la oferta material y laboral de los países pobres.

En política económica interna: la mínima intromisión de los gobiernos en los mercados (como el laboral), la privatización de las empresas públicas y el desmantelamiento del Estado Benefactor para que el costo de su ineficiencia no sea traspasado a los ciudadanos.

En los ochenta ocurre una explosión en los mercados cambiarios internacionales, cuyas operaciones monetarias terminaron por reducir al mercado mundial de mercancías reales (aumentar las inversiones en las bolsas de valores, condicionada con el desarrollo de las ciencias, la tecnología y la informática)

En cuanto a las Empresas de Producción Social son aquellas entidades económicas dedicadas a la producción de bienes o servicios en las cuales el trabajo tiene significado propio, no alineado, auténtico; en las cuales no existe discriminación social en el trabajo y de ningún tipo de trabajo, no existen privilegios en el trabajo asociado a la posición jerárquica.

Es de resaltar que desde nuestra norma de norma, códigos, leyes y reglamentos hacen énfasis en cuanto al tema para el eficaz cumplimiento a nivel nacional.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

http://es.scribd.com/doc/87135158/Economia-social-y-Popular

http://www.buenastareas.com/ensayos/Neoliberalismo/2139506.html

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