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Letra de cambio y cheque

Christopher Eduardo Aquino FriasTarea29 de Enero de 2024

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INTRODUCCIÓN:

Un título de crédito se define como la serie de documentos que llevan una promesa de llevar a cabo determinadas prestaciones a favor de la persona que tenga el documento, por lo regular se refieren a un pago. En nuestro país se regulan por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

La economía actual ha hecho que los títulos de crédito vayan evolucionando y adaptándose a la época, dejando en desuso alguno de estos, como lo es la letra de cambio, aún así, hay otros como los cheques, que, aunque se ha reducido considerablemente su uso, continúan en circulación, lo anterior debido al auge que han presentado ciertas tecnologías y su adaptación a la economía, como suele ser el uso de transferencias bancarias electrónicas.

En las siguientes líneas se analizarán las semejanzas y diferencias que existen entre el cheque y la letra de cambio.

DIFERENCIAS ENTRE EL CHEQUE Y LA LETRA DE CAMBIO.

La letra de cambio según la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito es un documento en el que una persona(girador) ordena, extiende a otra(girado), para que pague a un tercero(beneficiario), una suma determinada de dinero. Esta es un título de crédito, en el cual, su forma juega un papel importante, ya que, si su contenido no tiene la formalidad adecuada carecerá de valor jurídico, por que la legislación condiciona su existencia a la forma.

El girador es el obligado de emitir el documento y pagar una suma de dinero a favor de una persona determinada, tiene el derecho de elegir el domicilio para que se realice el pago. El girado tiene la obligación de aceptar de manera incondicional la orden que el girador expide para pagar una suma de dinero determinada, una vez que acepta la orden tiene la obligación de realizar el pago cambiario, uno de sus derechos es negarse a pagar si no se entrega la letra de cambio y el de hacer respetar la fecha y lugar designados para el pago. Referente al beneficiario, tiene la obligación de exhibir y restituir la letra de cambio contra el pago.

Su aceptación se manifiesta con la expresión de la firma, con la que se asume la obligación de pago en la forma ordenada por el girador.

La letra de cambio deberá de contener: la mención de ser letra de cambio inserta en el texto del documento, la expresión del lugar y fecha que se suscribe, la orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero, el nombre del girado, lugar y fecha del pago, el nombre del beneficiario y la firma del girado.

Un cheque es un título de crédito que contiene la orden incondicional del librador de pagar, a la vista, una suma determinada de dinero expedido a cargo de una institución de crédito (librador) por quien tiene celebrado con ella un contrato al respecto y fondos disponibles para el efecto. La función del cheque se cumple cuando es pagado por el librador. Es decir, entre el librador y el beneficiario, no existe una relación jurídica alguna, ya que el pago se lleva a cabo por el cumplimiento del contrato de depósito o de cheque celebrado con el titulas de la cuenta.

En el cheque encontramos al librador que emite el cheque, el librado es la institución de crédito que realizara el pago al beneficiario, el beneficiario quien es el que recibe el pago.

Según la LGTOC el cheque debe contener: la mención de ser cheque, el lugar y fecha que se expide; la orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero, el nombre del librado, el lugar del pago, y la firma del librador. De igual manera menciona la misma ley que el cheque siempre será pagadero a la vista y se puede pagar al portador.

Ahora bien, después de haber analizado la letra de cambio y el cheque se puede mencionar que cuentan con ciertas semejanzas una de ellas es que ambos son títulos formales es decir para ser validos tienen que cumplir ciertos requisitos, los dos contienen elementos personales como lo es el librador y el beneficiario, y que ambos instrumentos deben de ser presentados al momento de su cobro, ya que si no se presenta la letra de cambio o el cheque no se realizara la entrega del pago al beneficiario. Otra semejanza más es que ambos son utilizados como medio de pago en un acto de comercio.

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