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Libertad de ocupación o trabajo


Enviado por   •  29 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  743 Palabras (3 Páginas)  •  256 Visitas

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V. Libertad de ocupación o trabajo

Articulo 5to:

A ninguna persona podra impedirse que se dedique a la profesion, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo licitos. El ejercicio de esta libertad solo podra vedarse por determinacion judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolucion gubernativa, dictada en los terminos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolucion judicial.

• La Ley determinará en cada estado, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtener lo y las autoridades que han de expedirlo.

• Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo im puesto como pena por la autoridad judicial

• La libertad de trabajo no pueda ser vulnerada ni si quiera contando con la voluntad del interesado. En este sentido, se prohíben los trabajos obligatorios

XI. Libertad de tránsito y de residencia

Artículo 11:

Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

1. Libertad de tránsito

• Tanto para entrar como para salir del territorio nacional se exige cuando me nos el pasaporte, tanto a nacionales como a extranjeros

• La libertad de tránsito debe entenderse como libertad para los desplazamientos estrictamente corporales, sin que la protección del artículo 11 pueda extenderse a algún medio de locomoción

• No consiste en el derecho al libre tránsito en automóvil, si no en el derecho que tiene “todo hombre”, es decir, toda persona en cuanto en te individual, para entrar, salir viajar y mudar su residencia en la República sin que para ello requiera de documentación alguna que así lo autorice la garantía de libre tránsito protege al individuo únicamente, no a los objetos o bienes en general, del mismo.

Según un tribunal colegiado ha sostenido lo siguiente: comprende el derecho que goza todo individuo para desplazarse por el territorio nacional, sin necesidad de autorización o permiso previo de la autoridad, pasa porte o salvoconducto,

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