Marco Juridic
antuliotorres5 de Agosto de 2014
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LOS DERECHOS DEL AUTOR EN MEXICO
Una obra propia necesita ser protegida para evitar plagios y que para eso están los derechos de autor pero, ¿Qué son los derechos de autor?
La Ley Federal del Derecho de Autor, define a los Derechos de Autor, de la siguiente manera: En el Artículo 11 menciona: “El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial.
Y para poder acercarnos a la naturaleza de los Derechos de Autor, conviene destacar la definición legal por los elementos que la conforman; El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas.
El derecho de autor es un monopolio legal, de carácter temporal que el Estado otorga a los autores para la explotación de sus obras. Este derecho tiene contenido moral y patrimonial.
La obra intelectual es la "expresión personal perceptible, original y novedosa de la inteligencia, resultado de la actividad del espíritu, que tenga individualidad, que sea completa y unitaria; que represente o signifique algo, que sea una creación integral susceptible de ser divulgada o reproducida por cualquier medio o procedimiento."
En realidad, el derecho de autor posee una naturaleza jurídica peculiar, en palabras de Gutiérrez y González, "el derecho de autor no es derecho real, ni tampoco personal. Es lisa y llanamente lo que su nombre indica "derecho de autor", o "privilegio" como lo designa la Constitución y su naturaleza jurídica es propia y diferente a la de los otros derechos...
La naturaleza jurídica de los derechos de autor, obedece a un elemento sustancial, que es la relación que guarda el autor con su obra, que no puede ser transferida, es perpetua, inalienable, indestructible e imprescriptible.
¿PARA QUIÉNES APLICAN LOS DERECHOS DE AUTOR?
1. Escritores
2. Pintores
3. Arquitectos
4. Músicos
5. Dramaturgos
6. Intérpretes
7. Compositores
8. Diseñadores
9. Caricaturistas
10. Escultores
11. Fotógrafos
12. Coreógrafos
13. Cineastas
14. Artistas en general
15. Programadores
16. Radiodifusores
17. Televisoras
18. Publicadores de páginas Web en Internet.
19. Editores de periódicos y revistas
20. Publicistas
¿COMO PROTEJO MIS OBRAS?
La protección se obtiene en el momento en que las ideas son plasmadas en un soporte material susceptible de ser reproducido, independientemente del mérito o destino de las mismas, pero a través de nuestra experiencia, recomendamos ampliamente el registro en el Instituto Nacional del Derecho de Autor, ya que el certificado de registro, es una documental pública que en caso de litigio se convierte en la base de la acción para iniciar acción civil o penal.
¿COMO REGISTRO UNA OBRA?
El trámite se realiza ante el departamento de registro del Instituto Nacional del Derecho de Autor, se llena el formato Indautor 001, se pagan derechos por la inscripción, y en un término de treinta (30) días hábiles se le regresa el certificado de registro correspondiente.
En conclusión los derechos de autor responden a la ley federal de derecho de autor, la cual brinda múltiples beneficios. Sin la ley federal de derechos de autor las obras que se crean quedarían desprotegidas, los
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