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Nuevas Tecnologías, Derecho Y Transformaciones Sociales


Enviado por   •  11 de Julio de 2021  •  Informes  •  1.024 Palabras (5 Páginas)  •  79 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
P.F.G ESTUDIOS JURIDICOS
[pic 1]

DEBERES Y DERECHOS
ESTABLECIDOS RELATIVOS AL USO
DE LAS TIC

Unidad Curricular: Nuevas Tecnologías, Derecho Y

Transformaciones Sociales.

Unidad:III

Estudiante

Lisbeth Castro:
Cédula N° V-14.662.124
Profesor: Blanca Pérez

Barinas, Julio del año 2021

Derechos

Deberes

 El art 57 de la CRBV señala que toda persona puede hacer uso cualquier medio de comunicación y difusión para expresarse libremente sin que pueda establecerse censura.

Según el art 57 de la CRBV, quien haga uso cualquier medio de comunicación y difusión asume plena responsabilidad por todo lo expresado.

La CRBV en el artículo 108 impone al Estado garantizar los servicios de radio, televisión, redes de biblioteca y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información

. El artículo 108 de CRBV estable como deber de los centros educativos, la necesidad de incorporar el conocimiento y la aplicación de las Nuevas Tecnologías en los procesos de enseñanza.

En el artículo 110 de la CRBV Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por

ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país…

El Estado según el artículo 110 de la CRBV destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de

acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismos.

 La  defensa  de  los  intereses  de  los  usuarios  y  su  derecho  a  acceder  a los servicios de telecomunicaciones y al ejercicio de la comunicación libre y plural es uno de los objetivos Ley Orgánica de Telecomunicaciones

Ley Orgánica de Telecomunicaciones tienes objetivo regular las telecomunicaciones en aras de promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, impulsar la integración eficiente de sus servicios.

Todo usuario puede disponer de una plataforma tecnológica en lo referente a TIC que gire alrededor de los servicios que necesite.

Es responsabilidad del usuario acatar las disposiciones, que sobre el buen uso de las TIC se determinen.

Confianza y seguridad que garantice la protección de los datos y la privacidad del usuario en cualquier plataforma tecnológica.

No obstante los usuarios tienes el compromiso de poner en práctica las medidas de seguridad en los recursos que

están bajo su responsabilidad para garantizar la integridad de los mismos.

Según la Ley Orgánica de Telecomunicaciones es derecho del usuario el acceso en condiciones de igualdad a todos los servicios de telecomunicaciones de forma eficiente, de calidad e ininterrumpido; privacidad e inviolabilidad de sus telecomunicaciones;

Es obligación del usuario el pago puntual de la  facturación de la totalidad de los cargos por los servicios recibidos

El usuario puede beneficiarse y utilizar en su favor las nuevas tecnologías para avanzar hacia un mundo más saludable, más pacífico, más solidario, más justo y más respetuoso con el medio ambiente, en el que se respeten los derechos de todos los niños y niñas.

 El usuario es responsable a la hora de publicar información o contenidos, teniendo en cuenta que no se vulneren sus derechos ni los de los demás; y cumpliendo sus deberes.

Las plataformas tecnológicas deben ofrecer al usuario una Red libre de contenidos ilegales y de servicios fraudulentos.

 Es responsabilidad del usuario el manejo apropiado y respetuoso de la información que encuentre, dándole un uso adecuado.

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