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Parque Central Eólica Gunna Sicaru

Azael MartinezApuntes10 de Noviembre de 2020

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Parque Central Eólica Gunna Sicaru

Comunidad indígena: Unión Hidalgo, región Istmo de Tehuantepec, Oaxaca.

Características de la comunidad: El municipio de Unión Hidalgo es uno de los 570 municipios del estado de Oaxaca. Se encuentra localizado en el Istmo de Tehuantepec. La población total de cuerdo al censo de población y vivienda del año 2010 es de 13 970 habitantes de los cuales 6 749 son hombre y 7 221 son mujeres. 

Es una comunidad indígenas de alta marginación, que no cuenta con servicios de salud, carecen de agua potable y su población sufre directamente del impacto del cambio climático.

Cuando se construyó:

La comunidad indígena zapoteca vive cada año con la problemática de los megaproyectos dentro de sus territorios. Específicamente con proyecto de parque eólico, de los cuales desde el año 2011 se empezó con la construcción de la primera parte de las eólicas francesas (electricite de france).

Las autoridades mexicanas otorgaron permisos en tiempo record a las empresa extrajeras, sin antes realizar una consulta previa, libre e informada a las comunidad que ocupan el territorio. Ocasionado así violaciones a los derechos humanos de comunidades indígenas del Istmo de Tehuantepec.  

Como se tomó la decisión:

La decisión de construir la primera parte de la eólica denominada Parque Central Eólica Gunna Sicaru fue tomada por los altos niveles de gobierno en conjunto con los dueños de las empresa francesas (electricite de france). Existe una relación estrecha entre los altos funcionarios del gobierno mexicano y la empresa los cuales tiene interés en común, sin impórtales la opinión de las comunidades que ocupan el territorio de unión hidalgo.

La Secretaria de Energía sin autorización de los comuneros de Unión Hidalgo otorgo un permiso por 30 años a la empresa para construir su central eólica.  Violando el derecho reconocido en tratados internacional (OIT 169 y jurisprudencia de la CIDH) y en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicano de la libre determinación y autonomía de los pueblo indígenas.

Quien lo promovió:

El gobierno mexicano y la empresa francesa (electricite de france).

Que impactos positivos o negativos ha tenido distintos sujetos titulares de derechos.

De acuerdo con la nota periodística del “El Universal Oaxaca”

“Sentada detrás de un escritorio en la oficina de la Delegación de Jubilados D- 4-1, la maestra Rosario Cuevas Castellanos, de 53 años, no duda en asegurar que en Unión Hidalgo el beneficio del parque eólico, que instaló en sus dos polígonos 152 aerogeneradores, no se ve por ningún lado

De acuerdo a la nota informativa la “coperacha.org”

“El domingo 5 de junio, durante una reunión de trabajo convocada por la Secretaría de Energía, como parte de la fase de acuerdos previos del proceso de consulta indígena del parque eólico Gunaa Sicarú (Mujer Bonita), proyecto de la empresa francesa pública Électricité de France (EDF), hubo hostigamiento y violencia contra comuneros de Unión Hidalgo”

En un primer momento, cuando el activista Carlos Manzo hacía uso de la palabra, uno de los propietarios de terrenos le trató de quitar el micrófono. En otro momento, el vocero de la Asamblea de Comuneros de Unión Hidalgo resaltó “la risa sarcástica” del representante de la Secretaría de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (Semaedeso).”

Que cambios ha sufrido en el tiempo:

La implementación del proyecto eólico dentro del territorio de Unión Hidalgo ha provocado conflictos internos. Se han creado grupos de choque, por una parte están las autoridades municipales y agrarias y por otra gran parte de la población, que es la que está sufriendo las consecuencias del megaproyecto.

Con fecha 12 de abril del año 2018 se promovió juicio de amparo contra omisión de la autoridad federal (Secretaria de Energía) de realizar la consulta previa, libre e informada a la población de Unión Hidalgo. Misma que se otorgó la suspensión provisional y en su momento la definitiva para que la autoridad responsable detuviera en su totalidad la construcción y operación del parque eólico. También ordeno a la responsable de iniciar un proceso de consulta para obtener el consentimiento de la comunidad (en mi opinión carece de coherencia ya que se viola el carácter de “PREVIO” que establecen las normas internacionales). Ahora bien dicha consulta inicio en el año 2019 y hasta la fecha no se ha resuelto nada.

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