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Poder Especial


Enviado por   •  11 de Enero de 2015  •  542 Palabras (3 Páginas)  •  324 Visitas

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Entre Nosotros, FELIBERTT JENNIFER ULLOA, BARBARA ALEJANDRA ULLOA DE LEIVA LUISANA ULLOA PARADA, , venezolanas, mayores de edad, soltera la primera y tercera la segunda casada , titulares de las cédulas de identidad N°s V- 12.955.036; V- 20.999.527; V-20.990.526, las dos primeras de este domicilio , y la tercera con domicilio en el Estado Táchira. por medio del presente documento Declaramos: que Conferimos “PODER ESPECIAL” amplio y suficiente en cuanto el derecho se requiere a la ciudadana NINEL NORELKYS PARADA ROJAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad número V- 9.222.340, domiciliada en Tucape Municipio Cárdenas del Estado Táchira y civilmente hábil, para que nos represente, sostenga y defienda los derechos e intereses, de todos los DERECHOS Y ACCIONES que poseemos sobre Parte de un Lote de Terreno Propio, comprendido en el lote n° 2, con un área de terreno de ciento treinta y cuatro con ochenta metros cuadrados (134,80mts2). Según cedula catastral N° 20 – 05 - 07- 57- 05 de fecha 01 de abril de 2014. El cual forma parte de otro de mayor extensión, ubicado en Tucape Municipio Cárdenas del Estado Táchira. Con las siguientes medidas y linderos; NORTE: con Terrenos de FLOR DE GUERRERO hoy calle en proyecto, mide once metros (11.00mts); SUR: con calle 19 la sevillana en parte SUCESION LUIS REY ULLOA VILLEGAS mide once metros (11.00mts); ESTE: con luís Zambrano en parte con la sucesión SUCESION ULLOA VILLEGAS LUIS REY mide 23 metros (23.00mts); OESTE; con SUCESION ULLOA VILLEGAS LUIS REY mide veintidós metros (22.00mts). Siendo hoy medidas y linderos actualizadas según plano topográfico de fecha Abril de 2014. Los derechos y acciones sobre el referido Terreno y objeto de la presente venta nos pertenecen. Por herencia de nuestro padre LUIS REY ULLOA VILLEGAS. Según se desprende de la Planilla de Declaración Sucesoral N° de Registro. 045, con Expediente N° 09/345 de fecha 26 de enero 2010, emitida por el Ministerio de Hacienda, Dirección General Sectorial de Rentas, como consecuencia de la herencia dejada por quien fuera nuestro, LUIS REY ULLOA VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.172.523, lo cual le pertenecía. Según consta en documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello del Estado Táchira, bajo el N° 34, Tomo 31, folio 148, Protocolo Primero, Tercer Trimestre, de fecha 15 de Septiembre del 2005, ubicado en Tucape del Municipio Cárdenas, del Estado Táchira. En ejercicio de este Poder queda mi mandatario facultado (a) para fijar el precio y demás condiciones, recibir cantidades de dinero, declarar cancelaciones de hipotecas, firmar los protocolos respectivos y todo cuanto sea necesario dentro del objeto aquí conferido. En virtud del presente Mandato, queda faculta¬do nuestro referido Apoderado (a): Para la única y exclusiva Venta del mencionado

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