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Régimen Jurídico De La Mujer En El Estado Liberal

sehc1721 de Febrero de 2014

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El Régimen Jurídico de la mujer en el Estado

Liberal

Estado Liberal (s. XIX)

España (C.E 1978): Estado de Derecho. Sometidos al imperio de la Ley.

Antecedente (La Pepa 1812).

- Soberanía nacional

- Imperio de la ley

- División de poderes

- La sociedad estamental desaparece (igualdad ante la ley)

El art. 14 CE 1978 Igualdad entre hombre y mujer.

*RÉGIMEN JURÍDICO*

1. Argumentos filosóficos (Aristóteles): La desigualdad se ve como

un hecho natural.

2. Argumentos médicos: Identifica a la mujer con su aparato

reproductor.

3. Argumentos intelectuales (Pompeyo): Califica a la mujer como un

ser incompleto destinada a perpetuar la especie.

4. Doctrina religiosa (Papa León XIII, 1880)

Todo esto da lugar al Ideario de la Domesticidad: ser buena esposa,

buena madre y buena administradora del hogar.

1. El Estado Liberal legaliza un sistema educativo, sexista,

diferenciado, discrimina a la mujer.

2. Educación (referido a la casa, para ellas) frente a instrucción

(conocimientos técnicos y científicos, para ellos).

La educación y la instrucción vienen recogidos en la Constitución

de 1812, en Reales Decretos (1815), la Ley de Instrucción (1838).

(Se perpetúa en el tiempo esta diferencia en la enseñanza).

¿Cuáles son los instrumentos, las vías que permiten

canalizar tal modelo educativo a las féminas?

a) Mujeres aristócratas: educación de adorno, tenían cierta cultura

(cantar, bailar, pintar, contar, leer), más conocimientos morales y

religiosos, siempre fiel al marido y a lo que él diga.

b) Mujeres de clase media: educación mixta, querían imitar a las

aristócratas pero su educación profundiza mucho más en las

tareas del hogar.

c) Mujeres de clase baja: eran educadas en sus casa y escuelas

públicas (aunque éstas eran mayoritariamente para varones).

¿El sector femenino de clase baja accede de facto a la

escuela pública?

-1ª Mitad s. XIX:

· 10% Escuela pública o educación en sus casa.

· 90% Pobreza. Educación muy elemental, recibida en su casa o

carecen de ella. Trabajaban en los sectores laborales más

desfavorecidos.

-2ª Mitad s. XIX:

a) Dentro del sector femenino más desfavorecido (90%).

Incremento del analfabetismo. Incremento de la prostitución y

mendicidad.

b)

- Aceptación de nuevos planteamientos: Ley 9/9/1857 (art. 7)

Escolarización obligatoria de todos los niños/as.

- Doctrinas filosóficas (Teorías: Krausistas-Institucionistas)

*Krausistas:

Mejor formación para que sirviera mejor al hombre. (Esta teoría está

mejor en la “teoría” valga la redundancia, ya que en la práctica la mujer

siempre quedaba subyugada a los hombres).

*Institucionistas (mayor avance):

La educación igualitaria y sin prejuicios.

1. Doctrinas filosóficas (Krausistas e Institucionistas)

a) Van calando lentamente en la 2ª Mitad del s.XIX

b) Primeras mujeres en la Universidad (1880-1890): 15

mujeres licenciadas: 7 medicina, 3 física, 3 filosofía, 2

farmacia. (Necesitaban como una especie de Real Decreto

para poder acceder a la cátedra, fue derogado el

2/9/1910)

Emilia “Bozán”, primera mujer catedrática en Medicina.

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