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SERVEL PLEVICITO NUEVA CONSTITUCION


Enviado por   •  30 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  723 Palabras (3 Páginas)  •  47 Visitas

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Índice

Introducción        3

SERVEL PLEVICITO NUEVA CONSTITUCION        4

Conclusión        6

Referencias bibliográficas        7

Introducción

Servicio electoral de chile (servel) es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonios propios, es el encargado de la administración, vigilancia y fiscalización de los procesos electorales en chile.

Se encarga de la transparencia, límite, control de gasto electoral, cumplimiento de normas y mantener el sistema de inscripciones electorales actualizadas. Es la autoridad máxima administrativa en materia electoral en la republica de chile. 

Un claro ejemplo de transparencia son las elecciones en nuestro país que van desde presidenciales hasta de apruebo a una nueva constitución la cual revisaremos en el siguiente informe.

SERVEL PLEVICITO NUEVA CONSTITUCION

El pasado 4 de septiembre se llevó a cabo la última instancia del plebiscito constitucional que inicio con el plebiscito nacional el año 2020. [pic 3]

El Plebiscito Constitucional en esta oportunidad fue obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile. El elector que no sufragare estaría penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

En el Plebiscito Constitucional, servel dispuso de una cédula electoral  la cual tuvo como definición aprobar o rechazar una nueva constitución en chille con el fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas.

Servel fue el encargado de Contribuir a la democracia mediante la promoción de la participación ciudadana informada con el apoyo al rol de los partidos políticos para asegurar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, así también  la conformación del Registro y Padrón Electoral, la organización de los procesos electorales, el control del financiamiento y de los ingresos y gastos de las campañas electorales y de los Partidos Políticos, sancionando sus infracciones; la publicación de resultados preliminares y la preservación de la memoria electoral del país, a través  de procesos eficientes que resguarden la probidad, aseguren la transparencia y el cumplimiento a la Constitución y las leyes.

Esta institución tiene como misión transparentar toda información reclutada en estas elecciones así como lo detalla el siguiente artículo:

 “Artículo 36 ter.- Cualquier persona podrá presentar un reclamo ante el Consejo para la Transparencia, en contra del partido político que no cumpla lo prescrito en el artículo anterior, conforme al procedimiento previsto en los artículos 24 y siguientes de la ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, contenida en el artículo primero de la ley N° 20.285”

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