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ACUERDO AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA.


Enviado por   •  9 de Abril de 2015  •  Tesis  •  576 Palabras (3 Páginas)  •  395 Visitas

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ACUERDO AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA

Puebla Pué a 19 de noviembre de 2014

C. Secretario de acuerdo de este tribunal unitario agrario de este distrito de acuerdo al C Magistrado con una demanda y documentos anexos a la misma presentada en el tribunal por el Sr. Brigido Pérez Jacinto, que promovida por su propio derecho en el escrito que se prevé al que el demandado es el Sr. Silvestre López Zacarías a quien le reclama la retribución de una parcela ejidal con superficie de cinco hectáreas ubicada en el Rancho San Juan, Municipio del mismo nombre con esta entidad Federativa.

Vista le cuente que antecede con fundamento ante lo expuesto por los artículos 2,12, 163, 164, 170, 171, 185, 186, y 187 de la Ley Agraria; 1, 2 18 fracción II y 22 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios; 1, 70, 79, 92, 303, 305, 306, 310, 316, 318 y 322 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria con forma a los artículos 2 y 167 de la Ley Agraria, Acuerda:

PRIMERO.- Se admite la demanda presentada en la vía y forma propuesta.

SEGUNDA.- Regístrese en el libro de gobierno bajo el número progresivo que ele corresponde e intégrese en expediente.

TERCERO.- Se señalan las diez horas del día ocho de diciembre de dos mil catorce para que tenga verificativo con la asistencia de las partes y en el loca, de este tribunal, la audiencia prevista en el artículo 185 de la Ley Agraria en la que se harán valer todas las acciones, excepciones, defensas y demanda., ofrecimiento, admisión y desahogo de pruebas así como alegatos y sentencia.

CUARTO.- Se hace saber a las partes que de conformidad con el artículo 187 de la Ley Agraria ellos mismos tienen la carga de la prueba de los hechos constitutivos de sus pretensiones, en consecuencia se les previene para que el día señalado para la celebración de la audiencia ofrezcan todas las pruebas que estimen conducentes, exhiban los documentos y papeles de importancia que tengan en su poder, en original y copia autorizada y presenten a sus testigos y peritos que pretendan ser oídos, apercibidos que de no ofrecer pruebas en la audiencia será declarado perdida de sus derechos conforme a los dispuesto en el artículo 278 del Código Federal de Procedimiento Civiles.

QUINTO.- Con las copias simples anexas a la demanda notifíquese y córrase traslado al demandado en su domicilio, emplazándolo para que a más tardar el día de la audiencia conteste la demanda, ofrezca pruebas y señala domicilio para oír y recibir notificaciones personales en esta ciudad. Con el apercibimiento que de no dar contestación de la demanda se tendrán por ciertos las prestaciones de la contraparte, y de no señalar domicilio para las notificaciones, aun los de carácter personal se serán hechos mediante rotulan que se colocara

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