ANALISIS HISTORICO DE LA FILOSOFIA EDUCATIVA Y EL ESTADO DOCENTE VS LA INVERSIÓN PRIVADA.
YAHSHUAEnsayo19 de Abril de 2016
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REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÒN SUPERIOR UNIVERSITARIA
DIRECCIÒN DE POSGRADO E INVESTIGACIÒN
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE
DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA EDUCACIÒN EN EL AMBITO JURIDICO Y SOCIAL
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ANALISIS HISTORICO DE LA FILOSOFIA EDUCATIVA Y EL ESTADO DOCENTE VS LA INVERSIÓN PRIVADA.
REALIZADO POR GEOFFRYS TOVAR
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INTRODUCCION.
En estos últimos años, el análisis del debate sobre lo que implica cual es el estatus epistemológico de la filosofía de la educación ha sido muy central orientado a lo que realmente debería ser el hombre como objeto de estudio. Existen varias razones dentro del planteamiento desde el seno de infinidades universidades, tal es el caso de la Universidad Santa María y Católica Andrés Bello. Existen muchas posiciones de carácter post modernas con sus respectivas paradigmas contextualitas debido a elementos culturales para la época tal es el caso de Grecia cuyo epicentro principal de la educación si se podría decir.
En tal sentido, la cuestión sobre lo que implica el Estado docente, se podría afirmar es que, la educación como bien jurídico tutelado y además expresado en Derecho Humano debe ser garantizado en todos los sentidos. No bastaría solamente en afirmar la tesis llamada Estado paternalista, o que Roma debe ser protegida bajo el seno de los Cesares. En otras palabras, es sumamente importante analizar cuáles son las dimensiones del sistema educativo a la luz del rol del Estado en materia educativa.
Finalmente, las características, origen y capacidad del aporte del sector privado a la educación es un tema muy interesante debido a los argumentos de carácter económicos ya que involucran las empresas orientados a estimular y desarrollar políticas a favor de la ciencia educativa.
DESARROLLO
El rol del Estado Docente
Es sumamente importante analizar la noción jurídica del Estado, muchos juristas del Derecho sostienen que, para que pueda existir esta figura necesita poseer tres elementos: Población, Territorio y Gobierno. El primero se fundamenta en toda la sociedad humana, es decir, “Es el conjunto de individuos que se hallan unidos al Estado por un vínculo jurídico y político, al que habitualmente se da el nombre de nacionalidad y que se caracteriza por su permanencia (elemento de distinción entre el nacional y el extranjero).”[1] El Territorio expresa una noción muy compleja debido al contenido, es decir, existen muchas opiniones de carácter generalizado donde se pueden indicar prolongaciones verticales: el subsuelo, espacio aéreo situado sobre la superficie del Estado.
Asimismo, el Gobierno está representado por el poder quien reposa bajo las distintas autoridades legítimamente constituidas. Ya teniendo así una idea central sobre lo que implica la noción de Estado, es necesario abordar el marco histórico de la conformación del binomio Estado docente. Este fundamento se encuentra en las Sociedades basadas en el Estado Moderno debido a que condicionó el desarrollo de la educación y la escuela con función netamente fundamental. Dentro de este proceso histórico, se hayan elementos como lo son la doctrina político-educativa en la cual el Estado postula y asume la responsabilidad de derecho y de justicia para la rectoría del proceso educativo.
Asímismo, el Estado se presenta como el representante legítimo del interés supremo de la Nación, y por ende la educación como parte esencial del proceso de configuración social e individual del sujeto educativo el cual se rige por los valores y normas de convivencia de la sociedad. Para entender lo que implica el marco del Estado Docente, es necesario abordar la definición del mismo. Según la comisión designada por el Consejo de Escuela de Educación de la Universidad Central de Venezuela a la luz del Dr Luis Beltrán Prieto Figueroa es:
Una relación del Estado Social por la modernización capitalista, la democracia de masas y con autoridad real en un contexto democrático, es expresión o emanación de la misma sociedad; esa orientación o principio que orientan la educación expresan su doctrina política y conforman la conciencia de los ciudadanos. En una sociedad democrática, estos fines generales de la educación no deben responder a los intereses de selectos grupos particulares, laicos y/o religiosos con un evidente poder social, sino al interés de las mayorías, de la nación[2].
En efecto, el Estado Docente está asociado a una cualidad desarrollada por el Estado Moderno, debido a su orientación con el Estado Social, en la cual el Estado interviene para dirimir las disputas entre los intereses que convergen en la sociedad, e impulsar el desarrollo y progreso de sus individuos. Según García Pelayo la calidad del Estado Social se debe a básicamente:
Parte de la experiencia de que la sociedad dejada o parcialmente a sus mecanismos autorreguladores conduce a la pura irracionalidad y que solo la acción del Estado hecha posible por el desarrollo de las técnicas administrativas, económicas, de programación de decisiones, Etc. Por consiguiente, el Estado no puede limitarse a asegurar las condiciones ambientales de un supuesto orden social, sino que, por el contrario, ha de ser regulador decisivo del sistema escolar[3].
En este sentido, según las palabras de Jhon Luque: ·El Estado Docente no es sino el mismo Estado Social en el cumplimiento de sus compromisos educativos y culturales con la sociedad”[4]. El Estado debe asumir la organización y representación de los intereses educativos y generales de la Nación, pero renunciar o delegarla, implicaría someter a interés privados la cosa educativa. El Interés supremo en el cual el Estado funge como un promotor de la participación activa de los actores sociales en el proceso educativo de la Nación. Pero es cierto que, el Estado debe asumir la rectoría de la función educativa, no limitando la gestión privaba, el Estado que interviene activamente en el proceso educativo para garantizar la inclusión de las mayorías, estimula la iniciativa privada en función de los más elevados intereses de la Nación.
Siguiendo con el mismo objeto de análisis, desde el seno de la Grecia antigua, se ha señalado a través de la historia la importancia de que el Estado asuma la conducción de la educación, esto es un proceso que se ve consolido consolidando en el desarrollo del Estado moderno y en la era industrial del siglo XVIII. El proceso histórico de la educación venezolana, se ha venido construyendo desde el seno de diversos actores muchos elementos para ser aplicados el sistema de aprendizaje. Pero siendo el Estado, como el actor principal de la conformación de toda una escuela nacional, la escuela pública debe estar al servicio de las grandes mayorías de forma gratuita, laica, universal y especialmente obligatoria. Los rasgos que adquiere la institución de carácter pública deben tener fundamentalmente elementos de las sociedades occidentales.
Así mismo, dentro de la historia constitucional venezolana específicamente en las constituciones de 1904, 1909, 1914, 1922, 1925, 1928 y 1931, se señala que la Nación debe garantizar a los venezolanos la libertad de enseñanza, aunque en estos años se mantiene el principio de Estado Docente, reivindicado por el Ministro Rubén González. Esta doctrina de carácter legislativa fue heredada del siglo XIX, cuando se regula en el Código de Instrucción Pública de 1910, justo allí se establece que tanto la instrucción pública como la privada estarían sometidas a la inspección de los agentes del Ministerio de Instrucción Pública. Desde el seno del Estado, a través del Ejecutivo Federal, los estados y las municipalidades podrían crear para los niños menores de siete (7) años escuelas maternales o jardines de infancia.
Además de esto, una vez terminada la dictadura de los 27 años del gomecísmo, por la muerte del benemérito General Juan Vicente Gómez, en el año de 1.936 se abre la puerta para dar inicio de un nuevo espacio en la vida republicana venezolana. Las nuevas ideas muy profundas cargada de transformaciones económicas, demográficas, sociales y políticas, el nacer de un nuevo esquema social, estaría sustentado en la participación ciudadana. Es básicamente la expresión de un nuevo marco de referencia para activar el desarrollo de organizaciones civiles, la participación política, gremios, sindicatos, federaciones y partidos políticos.
Así pues, a partir del año 1936, el Dr. Prieto Figueroa presentó un proyecto de Ley de Educación, pero en 1940, cuando se aprueba una Ley de Educación Nacional, estuvieron presentes cuatro leyes de educación las cuales estuvieron sujetas a las más enardecidas discusiones entre sectores conservadores como la Iglesia Católica y sectores del gomecismo que se mantenían en el Congreso debido a que aspiraban realizar una profunda transformación de la educación venezolana. En medio de estas fuertes discusiones tuvieron como puntos centrales el Estado Docente y la Libertad de Enseñanza, pero para el año de 1941 Arturo Uslar Pietri introdujo ante el Congreso Nacional un proyecto de Ley de Educación donde más tarde se aprobó el 15 de julio donde entró en vigencia en septiembre del año 1941 pero más adelante sufrió una reforma de carácter parcial entre 1941, 1943 y finalmente en 1945.
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