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ASPECTOS JURÍDICOS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO EN VENEZUELA


Enviado por   •  7 de Marzo de 2012  •  1.318 Palabras (6 Páginas)  •  568 Visitas

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ASPECTOS JURÍDICOS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO EN VENEZUELA

Marco jurídico Nacional e Internacional

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, fue creada por Decreto, bajo la modalidad de Servicio Autónomo, sin personalidad jurídica, adscrita al despacho del Ministro de Transporte y Comunicaciones, con rango de Dirección General y autonomía de gestión, administrativa, financiera y presupuestaria. Se delegó al Director General, designado por el Ministro, la facultad de suscribir concesiones, autorizaciones, permisos, liquidaciones de derechos, tasas e impuestos derivados del cumplimiento de las atribuciones de la Comisión.

En junio del 2000 se aprobó la Ley Orgánica de Telecomunicaciones la cual en su Título IV Capitulo II establece el nuevo régimen de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, con lo cual se inicia una nueva etapa para el sector. El ente regulador adquiere personalidad jurídica al declararlo instituto autónomo. La dirección colegiada a través de un Consejo Directivo, el establecimiento de procesos administrativos para el otorgamiento de autorizaciones y la obligación de informar a los operadores y el público en general, señalan una nueva orientación a la institución que debe reflejarse en mayor transparencia y fluidez en las relaciones con los operadores.

Régimen jurídico aplicable al espectro radioeléctrico como bien del dominio público.

La República Bolivariana de Venezuela a través de la Asamblea Nacional sancionó el 6 de junio de 2002, la Ley Aprobatoria de las Enmiendas a la Constitución y al Convenio Constitutivo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, instrumento legal que conjuntamente a la Constitución Bolivariana, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT) y la Ley de responsabilidad Social en Radio y Televisión (Ley Resorte), conforman el marco jurídico que regula el uso del espectro radioeléctrico en Venezuela.

Estos instrumentos jurídicos disponen como potestad del Estado venezolano y en particular del Poder Público Nacional "…el régimen y la administración del espacio electromagnético" (Art. 156.28 CRBV). Este espacio como bien de dominio público requiere para su uso y explotación de la concesión respectiva (Art. 7 LOT) con lo cual se produce la habilitación para la difusión de mensajes, difusión que debe hacerse respetando las normas y principios contenidos en la Constitución, promoviendo la justicia social, la formación ciudadana, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la educación, la salud de la Nación venezolana. (Art. 1 Ley Resorte y Art. 108 CRBV)

Sobre el espacio radioeléctrico cabe la siguiente analogía: se trata de un recurso natural, limitado y de dominio público, es decir, su uso concierne y compromete los intereses del pueblo que en definitiva es el depositario intransferible de la soberanía, tal y como ocurre con otros recursos naturales y limitados como el agua y los hidrocarburos.

De la misma manera como es injusto dejar en manos irresponsables un recurso tan vital como el agua, permitiendo que la dilapiden o priven de ella con su privatización, para que sólo aquellos con privilegios y recursos puedan obtenerla, así mismo sería injusto dejar en manos privadas, la administración, control o monopolio del espectro radioeléctrico.

De modo que un bien público como el espectro tiene que usarse y administrarse asegurando que la soberanía y la institucionalidad de un Estado no sean perturbadas, es por ello que los Estados se preservan su uso, para ejercer su nombre la soberanía que a este corresponde sobre dicho espectro radioeléctrico paro lo cual elabora y establece la política de su utilización, reglamentación y administración y control.

No sólo los países desarrollados administran su espacio radioeléctrico, existen experiencias sobre como ejercer soberanamente ese espacio en beneficio del pueblo y en resguardo de la soberanía, tal es el caso de la República de Cuba, a cuyo Ministerio de la Informática y las Comunicaciones le corresponde: "velar que el uso del espectro radioeléctrico se realice en beneficio de la nación, coadyuve al desarrollo económico y social sostenible y proporcione bienestar y seguridad a la población" para alcanzar entre otros, los siguientes objetivos: salvaguardar la vida humana; estimular el progreso económico y social; servir a los intereses nacionales en materia de defensa y seguridad; contribuir a la preservación del medio ambiente; facilitar la difusión de información y la educación; promover la investigación científica;

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