Espectro Radioelectrico
robcaz27 de Mayo de 2015
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Introducción
El espectro radioeléctrico constituye un recurso clave para muchos servicios esenciales en la sociedad: comunicaciones móviles, inalámbricas y por satélite, radiodifusión televisiva y sonora, transporte, radiolocalización (GPS/Galileo) y muchas otras aplicaciones: alarmas, controles remotos, prótesis auditivas, micrófonos, equipos médicos, reproductores de video y música, ropa, etc. La tecnología de las radiocomunicaciones también respalda servicios de interés nacional tales como la defensa, la seguridad y las actividades científicas (ej., meteorología, observación de la Tierra, radioastronomía e investigación espacial).
¿Qué es el Espectro Radioeléctrico?
Es un recurso natural, limitado y mesurable que permite transportar energía, enviar y recibir mensajes de distinta naturaleza a distancia, a través de un mecanismo de propagación por el espacio sin el concurso de una guía artificial.
Se considera natural porque cumple con características particulares bien definidas, tales como:
• Recurso disponible y de libre acceso;
• Se puede accesar desde cualquier lugar;
• Acceso ilimitado en el tiempo; y
• Está disponible en todo el planeta tierra.
Es un recurso limitado porque la explotación irracional agota su capacidad e impide el acceso a otros usuarios. Por esta razón, debe ser administrado para asegurar el acceso eficiente y equitativo de los servicios que lo utilizan.
División del Espectro Radioeléctrico en bandas de frecuencias
Todo el conjunto de frecuencias que corresponden a este segmento de espectro electromagnético se divide en segmentos más pequeños con límites perfectamente definidos que se denominan bandas de frecuencias. Las cuales van desde los 3 Khz. hasta los 3000 Ghz.
Tipos de uso
1. Uso común: Se considera uso común de los bienes de dominio público el que corresponde por igual y de forma indistinta a todos los ciudadanos, de modo que el uso por unos no impide el de los demás interesados. Es por tanto la utilización general, colectiva o individual, que se puede realizar de forma anónima, sin necesidad de título alguno.
2. Uso especial: Es uso que implica un aprovechamiento especial del dominio público el que, sin impedir el uso común, supone la concurrencia de circunstancias tales como la peligrosidad o intensidad del mismo, preferencia en casos de escasez, la obtención de una rentabilidad singular u otras semejantes, que determinan un exceso de utilización sobre el uso que corresponde a todos o un menoscabo de éste. Obedece a que no es fácil de garantizar siempre los principios de igualdad, libertad y gratuidad. El uso común especial podrá sujetarse a licencia, que se otorgará directamente (como en el permiso de conducción o el acceso a museos), salvo que su número fuera limitado, en cuyo caso lo será por licitación, y si no es posible, por sorteo entre todos los usuarios con los requisitos. Estas licencias no serán transmisibles.
3. Uso privativo: Es uso privativo el que determina la ocupación de una porción del dominio público, de modo que se limita o excluye la utilización del mismo por otros interesados. Se otorga bajo licencia.
Bandas de frecuencias y longitudes de onda
El espectro radioeléctrico se subdivide en nueve bandas de frecuencias, que se designan por números enteros, en orden creciente, de acuerdo con el siguiente cuadro. Dado que la unidad de frecuencia es el hertzio (Hz), las frecuencias se expresan: – en kilohertzios (kHz) hasta 3 000 kHz, inclusive; – en megahertzios (MHz) por encima de 3 MHz hasta 3 000 MHz, inclusive; – en gigahertzios (GHz) por encima de 3 GHz hasta 3 000 GHz, inclusive. Sin embargo, siempre que la aplicación de esta disposición plantee graves dificultades, por ejemplo, en la notificación e inscripción de frecuencias, en las
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