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Atencion Al Sordo En Venezuela


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2012  •  10.189 Palabras (41 Páginas)  •  546 Visitas

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ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA

LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADTÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Atención integral a las personas con discapacidad

Artículo 8. La atención integral a las personas con discapacidad se refiere a las políticas públicas, elaboradas con participación amplia y plural de la comunidad, para la acción conjunta y coordinada de todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal competentes en la materia, y las personas naturales y jurídicas de derecho privado, cuyo objeto sea la atención de las personas con discapacidad, de las comunidades organizadas, de la familia, personas naturales y jurídicas, para la prevención de la discapacidad y la atención, la integración y la inclusión de las personas con discapacidad, garantizándoles una mejor calidad de vida, mediante el pleno ejercicio de sus derechos, equiparación de oportunidades, respeto a su dignidad y la satisfacción de sus necesidades en los aspectos sociales, económicos, culturales y políticos, con la finalidad de incorporar a las personas con discapacidad a la dinámica del desarrollo de la Nación. La atención integral será brindada a todos los estratos de la población urbana, rural e indígena, sin discriminación alguna.

La educación de los deficientes auditivos, independientemente de las consecuencias que el grado y tipo de pérdida auditiva generen, es un derecho reconocido e irrenunciable y debe desarrollarse en el ambiente escolar que mejores condiciones ofrezcan para lograr su formación integral a lo largo de la vida. En este sentido los principios de prevención e intervención temprana, normalización e integración expresados en el Documento de Conceptualización y Política de Educación Especial (1.976), mantienen plena vigencia y total pertinencia con los cambios, que a nivel mundial y nacional, se han producido en la concepción y educación de las personas deficientes auditivas, en las Últimas décadas.

La prevención de las pérdidas auditivas y la intervención temprana en los casos de diagnóstico o riesgos de problemas de tipo auditivo, continúan siendo pilares para controlar las causas que originan dichas pérdidas, erradicar o minimizar los efectos que puedan producir en el desarrollo normal del niño y emprender las acciones encaminadas para atender, lo antes posible, las necesidades educativas que se deriven.

La intervención temprana para los bebés deficientes auditivos plantea entonces: detección, evaluación de todas las áreas de desarrollo y definición de las acciones a realizar para orientar a la familia y brindar la atención sistemática que cada uno requiera, bien sea a través de las alternativas convencionales y no convencionales que ofrece el nivel de Educación Preescolar o en la propia modalidad.

La normalización y la integración fortalecen los postulados constitucionales de igualdad para las personas deficientes auditivas en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social; enfatiza su aceptación y valoración como personas con capacidades y aptitudes, y el respeto a su derecho a apropiarse de la lengua y los valores propios de su comunidad, para alcanzar el desarrollo intelectual, emocional y social que les permita compartir plenamente en la comunidad a que pertenecen. Tales disposiciones normativas se reafirman en la Resolución 2005 de fecha 2 de Diciembre de 1996, la cual establece las normas para la integración escolar de la población con necesidades educativas especiales, medida legislativa paralela y complementaria de las disposiciones legales sustentadas en la Constitución y otras leyes nacionales, y en la concordancia con los postulados y directrices internacionales recogidos en documentos de ONU, UNESCO y Declaración de Salamanca, entre otros.

Sustentado en ese derecho a recibir educación en la forma y condiciones escolares que mejor se adapte a sus necesidades, se concibe la educación para los niños, jóvenes y adultos deficientes auditivos como un proceso integral, continuo y permanente que persigue iguales fines y objetivos que la educación general y que se apoya en la comunicación como el instrumento que va a permitir la interacción y el aprovechamiento efectivo de aprendizajes con significación.

La atención educativa integral de las personas deficientes auditivas se centra en el educando como sujeto-objeto de la práctica educativa, con potencialidades, necesidades e intereses que constituyen el punto de partida para orientar el proceso pedagógico y en éste, la actividad del sujeto para la "construcción social del conocimiento en aproximaciones sucesivas". Hernández, 1996.

Se asume entonces al educando deficiente auditivo, como una integridad bio-psicosocial con capacidades y diferencias individuales que los convierten en individuos únicos y distintos entre ellos, y como tal exigen alternativa educativas propias que conduzcan a la autorrealización, lo cual puede lograr en el seno de las instituciones regulares de los niveles y otras modalidades, o en las específicas de la modalidad de Educación Especial.

Bajo esa perspectiva se consolida el rol de los equipos de profesionales, con carácter interdisciplinario, quienes serán los encargados de diseñar y ejecutar programas de evaluación y de intervención integral a la familia y al educando deficiente auditivo que realiza su prosecución escolar, en forma parcial o total, en las instituciones propias del Área de Deficiencias Auditivas o para apoyar la educación integral de otros deficientes auditivos que cursan en los planteles de los diferentes niveles y otras modalidades del sistema escolar.

El Modelo de Atención Educativa Integral que se propone, representa una aproximación teórica de los elementos que conforman la atención educativa especializada del Deficiente Auditivo. Contiene los elementos más importantes del hecho educativo. Como tal constituye una.....simplificación de la realidad, no incluye todos los aspectos y factores que definen al sistema, sino aquellos que son considerados como los más relevantes”.

El modelo se sustenta en los fines, objetivos y principios de la Educación en general y en los principios de Normalización e Integración Social que rigen la Educación Especial.

La Normalización e Integración significan para las personas deficientes auditivos el derecho de participar de todos los beneficios directos e indirectos que ofrece la comunidad a todos sus integrantes y a incorporarse al ambiente educativo que reúna las mejores condiciones para el logro de los objetivos educacionales. La prevención y la normalización adquieren relevancia cuando se asume la diversidad de la población

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