ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Computacion

janpaol5 de Agosto de 2014

747 Palabras (3 Páginas)156 Visitas

Página 1 de 3

FORO DERECHO CIVIL

LOS SUJETOS DEL DERECHO

Para empezar definiremos primero Quienes son los sujetos de derecho?

CONCEPTO:

El sujeto de derecho es el ser humano que es tal desde su concepción hasta su muerte, considerado individual (persona natural) o colectivamente (persona jurídica), que tiene deberes y derechos, entendiéndose esto en relación a la capacidad jurídica de la aptitud que tiene el sujeto para ser titular de sus obligaciones y derechos y responsable de su destino.

El Código Civil reconoce cuatro tipos de Sujeto de Derecho que son:

1. EL CONCEBIDO,

Según el código civil señala que la vida humana comienza con la concepción, es decir que a partir de ese momento el concebido es un ser humano, con derechos y deberes, por ello se entiende que tiene derecho a la vida, a la integridad, a la alimentación por intermedio de la madre, a recibir donación y a la herencia,

Se entiende entonces que es la vida humana que aún no ha nacido pero que tiene existencia para el derecho, es el ser humano antes de nacer, que a pesar de que depende de la madre para su subsistencia, es considerado genéticamente individualizado y, por ello, tiene derechos y deberes que le favorecen. Es por eso que se dice que es un sujeto de derecho privilegiado.

2. LAS PERSONAS INDIVIDUALES, DENOMINADAS PERSONAS NATURALES (SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL)

La persona natural o física es única y es el ser humano cuya existencia comienza con la concepción y termina con la muerte.

Existente dos conceptos la persona y personalidad, entendiéndose a la persona como una situación jurídica y a la personalidad como que es la aptitud para tener dicha situación jurídica.

La capacidad es la aptitud que tienen las personas para el goce y el ejercicio de los derechos que se le reconoce , gozando de un derecho el que es su titula y ejercita un derecho, el que lo pone en práctica mediante los actos jurídicos, quien tiene capacidad puede adquirir derechos y contraer obligaciones.

La incapacidad es la falta de competencia para adquirir un Derecho o para ejercerlo, el incapaz no está en condiciones de concluir válidamente un acto jurídicamente.

Ahora la capacidad de goce se entiende como que tiene la aptitud para ser titular de derechos y deberes y se adquiere con el nacimiento, el concebido tiene capacidad de goce y para que pueda atribuírsele derechos patrimoniales esta condición es la de que nazca vivo.

La capacidad jurídica, es cuando es atribuida para la totalidad de los derechos subjetivos reconocidos a las personas por el ordenamiento jurídico, y cuando se refiere a determinados derechos,

Por ejemplo: para la adopción en la que se requiere que la edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.

Capacidad de ejercicio también considerada como capacidad de obrar, capacidad de actuar, es la aptitud o idoneidad que tiene el sujeto para ejercitar personalmente sus derechos y asumir deberes

3. LAS PERSONAS COLECTIVAS LAS CUALES EL CÓDIGO CIVIL LAS LLAMA PERSONAS JURÍDICAS (ASOCIACIÓN, FUNDACIÓN Y COMITÉ):

La persona jurídica es la agrupación de personas naturales para lograr ciertos fines que pueden ser políticos, civiles, religiosos, etc, y el ordenamiento jurídico reconoce como una organización social distinta de los miembros que la integran.

También existen personas jurídicas no constituidas por una agrupación de personas , sino por una voluntad unipersonal (una persona individual puede ser titular de una o varias empresas individuales de responsabilidad limitada), el reconocimiento de la personalidad de las personas jurídicas, se sustenta en el hecho de que ésta es una persona

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com