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Declaración


Enviado por   •  12 de Agosto de 2014  •  Prácticas o problemas  •  1.504 Palabras (7 Páginas)  •  229 Visitas

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Pregunta 21. Describa la Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano de 1789 y compárela con la Declaración de los Derecho Humanos.

Solución:

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, es uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa, en cuanto a definir los derechos personales y colectivos como universales. Influenciada por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del Hombre se entienden como universales, válidos en todo momento y ocasión al pertenecer a la naturaleza humana.

Aún cuando establece los derechos fundamentales de los ciudadanos franceses y de todos los hombres sin excepción, no se refiere a la condición de las mujeres o la esclavitud, aunque esta última será abolida por la Convención Nacional el 4 de febrero de 1794. Sin embargo es considerado un documento precursor de los derechos humanos a nivel nacional e internacional.

La declaración establece los principios de la sociedad que serán la base de la nueva legitimidad, acabando con los principios, las instituciones y las prácticas del Antiguo Régimen: "El principio de toda soberanía reside esencialmente en la nación". La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano considera legítima la revuelta de los diputados en contra de la monarquía absoluta, al declarar como derecho imprescindible del hombre la "resistencia a la opresión".

La declaración tiene un alcance general y orientado hacia el futuro. Los Constituyentes enumeran los "derechos inherentes a la naturaleza humana", que no son derechos creados por los revolucionarios, sino que son derechos constatados. Es la consecución de la filosofía del Siglo de las Luces. El artículo 2 enumera los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, que son anteriores a los poderes establecidos y son considerados como aplicables en cualquier lugar y cualquier época:

• la libertad

• la propiedad

• la seguridad

• la resistencia a la opresión

Muchos artículos son dedicados a la libertad:

• Artículo 1: "Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos";

• Los artículos 4 y 5 intentan definir y circunscribir la libertad. Es definida como "lo que no perjudica a nadie" y sólo la ley le puede poner límites;

• Los artículos 7, 8 y 9 precisan las características de la libertad individual: presunción de inocencia e irretroactividad de la ley;

• Los artículos 10 y 11 se refieren a la libertad de opinión, de prensa y de conciencia.

El principio de igualdad es establecido en el artículo primero, la igualdad ante la Hacienda Pública en el artículo 13 (en respuesta a la reivindicación más repetida en los Cuadernos de quejas), y la igualdad frente a la ley en el artículo 6 (igualdad para acceder a los cargos públicos sólo con base en las capacidades individuales).

La propiedad es un derecho inviolable y sagrado (artículo 17). Según este artículo "Nadie puede ser privado de ella, excepto cuando la necesidad pública, legalmente constatada, lo exige con evidencia y con la condición de una indemnización previa y justa."

Los artículos que definen al ciudadano dentro de la organización del sistema político son menos precisos y son condicionados por el recelo hacia el Antiguo Régimen. El artículo 6 afirma que la ley es la expresión de la voluntad general, la expresión de la soberanía y la fuente de los poderes públicos. Según el artículo 15, los agentes públicos son responsables de su gestión y la sociedad tiene el derecho de pedirles que rindan cuenta de ella. No se mencionan sin embargo los derechos sociales, que proceden de una definición distinta de la palabra "derecho": la Declaración determina la legitimidad de los actos, mientras que los derechos sociales definen garantías materiales.

El artículo 16 es el precepto en el cual están consagrados los fundamentos de todo Estado que se jacte de tener Constitución; el artículo en comento señala que un Estado que no garantice los derechos humanos y no establezca la separación de poderes, carece de Constitución.

Los miembros de la Asamblea Constituyente manejaban ideas generales y conceptos teóricos, pero no definieron las condiciones concretas en las que se debía de establecer el gobierno del pueblo, dado que se trataba de un preámbulo a una Constitución. Plantearon principios trascendentales cuya aplicación concreta quedó definida en la propia Constitución. Este texto servirá de base a todos los regímenes que se inscriben dentro de una tradición republicana.

La Declaración de 1789 ha inspirado un gran número de textos similares

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