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Derecho Civil


Enviado por   •  27 de Octubre de 2013  •  207 Palabras (1 Páginas)  •  248 Visitas

Bienes mostrencos: En derecho, los bienes mostrencos son todos aquellos bienes, muebles que se encuentran perdidos, abandonados o deshabitados y sin saberse su dueño. Los bienes mostrencos al estar vacantes y carentes de dueño son susceptibles de adquisición por ocupación. No obstante, esta regla general que resulta de fácil aplicación tratándose de bienes muebles o semovientes, requiere ciertas matizaciones cuando se trata de inmuebles, pues en estos casos, los inmuebles deshabitados, abandonados o sin dueño conocido se adjudicarán al Estado.1

Res Nullius: Expresión latina que se refiere a las cosas que no tienen propietario, que carecen actualmente de dueño y que pueden ser objeto de apropiación, fundamentalmente a través de la ocupación (artículo 610 y siguientes del Código Civil).

Esta clasificación tuvo mucha importancia al comienzo de los sistemas jurídicos. Sin embargo, en la actualidad su consideración tiene un campo muy limitado, pues son muy pocas las cosas sin dueño.

Normalmente, se entienden como res nullius los bienes muebles sin dueño. Sobre los bienes inmuebles, es algo más complejo, porque suele decirse que pertenecen "desde luego" (esto es, desde el momento en que no tienen dueño), al Estado, como establecía en su día la antigua Ley de Mostrencos y, en la actualidad, la vigente Ley de Patrimonio del Estado.

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