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Ejemplo de acto administrativo venezolano.


Enviado por   •  30 de Octubre de 2016  •  Trabajos  •  506 Palabras (3 Páginas)  •  232 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela[pic 1]

Ministerio del Poder Popular para la Educación

Universidad José Antonio Páez

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Derecho Administrativo II

DERECHO ADMINISTRATIVO II

Gerardo Coronel: CI: V-22.211.084

Profesora: Verónica Salamanca

Sección: 207D1 

San Diego, Enero del 2016

Esquema de las fuentes del Derecho. Tradicionalmente el Derecho distingue las fuentes Administrativas en fuentes formales y fuentes materiales. Este principio se desarrolla de la siguiente manera:

[pic 2]

Como se puede observar en el esquema, se nota una clara diferencia entre ambos tipos de fuentes, que a su vez desarrollan su “teórica” división a través del Derecho Aplicable y el Derecho Sustancial.

Por otro lado, algunos autores no distinguen entre dos tipos de fuentes, afirmando que las fuentes del derecho Administrativo son simplemente: La ley (en sentido amplio), la doctrina, y la costumbre. Cuando se estudia el Derecho per-se (véase la concepción misma de la idea del derecho y sus fuentes), no es de poco menester afirmar que, la más pura y correcta concepción del Derecho Administrativo, es la teoría que sostiene que este es una rama en si misma del Derecho, que estudía el régimen jurídico de la función administrativa, cuyas fuentes serán todas las normas y principios que sean de carácter imperativo. O lo que es lo mismo, únicamente aquellas normas y principios que tienen imperatividad, esto es, que integran el régimen jurídico positivo.

Escoger dos fuentes del Derecho Administrativo (y realizar un análisis)

  1. La constitución funciona como una fuente extraordinaria del Derecho administrativo, inequívocamente por representar la máxima fuente de principios y garantías ciudadanas, siempre, hablando, de un Estado en donde la misma tiene carácter imperativo. Puesto que el derecho Administrativo estudia uno de los órganos jurídicos del Estado (la administración), y a su vez el ejercicio de la función administrativa, facultades del Estado como órgano de la administración. Las normas de derecho Administrativo (o de derecho Público, en todo caso), son en muchos casos supremas y NO pueden ser violadas por ninguna ley. Por ser “principios supremos”, son básicos,  elementos fundamentales que garantizan en muchas perspectivas la constitucionalidad de las instituciones, el orden jurídico, y establecen y controlan un límite en la acción estatal. Así, la norma es límite, sí, pero a su vez también es contenido. Es un principio de Derecho Público.

  1. La Costumbre La costumbre se sitúa como una fuente del Derecho cuando hay el conocimiento o idea cultural, de que determinado comportamiento usual dentro de una sociedad, es una norma jurídica. En la Administración, sin embargo, NO puede ser considerado de tal manera, a menos que exista una ley que empíricamente así lo autorice. La tendencia suele representarse en que, para que la costumbre adquiera alguna clase de relevancia jurídica, es necesario que norma legislativa le reconozca como tal. De esta manera, el derecho Administrativo NO puede crear derechos u obligaciones frente a los ciudadanos, solo por observar ciertas conductas típicas (o atípicas).Lo que puede suceder es que una norma legislativa dote a una determina acción consuetudinaria como jurídica, pero esta tendría efecto legal por su propia naturaleza jurídica, no por ser típica.

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