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El artículo 560 de la LRDS


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  Exámen  •  1.267 Palabras (6 Páginas)  •  176 Visitas

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El artículo 560 de la LRDS establece la necesidad una política nacional sobre la basura yencomienda al MARN las tareas de constituir una Comisión Nacional intersectorial y laelaboración de un Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos, que sirvade referencia a los planes correspondientes estadales y municipales. Hasta ahora, de acuerdo conlo referido como logros en la materia por el MARN, se ha iniciado la constitución de un fondofinanciero intergubernamental de soporte. Se está a la espera de los resultados de las restantesobligaciones a los fines de lograr el derecho a un ambiente libre de basura. Además de losdesechos y residuos sólidos, también debe atenderse la grave situación de los residuoshospitalarios, tóxicos y peligrosos. El caso del Hospital Algodonal incluido por la DP en suinforme anual antes considerado, es tan solo una muestra de un problema generalizado en el país.Por otro lado, con respecto a los desechos peligrosos y tóxicos, nuestro ordenamientolegal aún está incompleto. Como ya se mencionó, el Convenio de Rotterdam no incluye plaguicida de amplio uso en Venezuela y todavía se está en la discusión del Convenio deEstocolmo referido al control de los contaminantes orgánicos persistentes. Además, se hacenecesario una normativa que regule situaciones que no se abordan en las disposicionesinternacionales, como el caso reportado en el sector La Casona de Santa Rosalía, en la ciudad delConsejo del Estado Aragua: ³La noche del miércoles nuevamente volvió a arder en llamas elantiguo depósito de pinturas. Artículo 5:´Se declara política nacional el control y reducción de la producción de residuos y desechos sólidos, así como la recuperación de materia y energía, a finde proteger la salud y el ambiente contra los efectos nocivos que puedan derivarse delinadecuado manejo de los mismos´. Artículo 24: ³Los Planes de Gestión de los Residuos yDesechos Sólidos, en el ámbito estadal y municipal, deberán estar en concordancia con loestablecido en el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos y demás planes aplicables, debiendo considerar los medios de consulta y participación ciudadana, previstos en la ley, para su elaboración´.Por su parte, la DP considera que ³las autoridades ambientales siguieron propiciando la participación comunitaria en las políticas de guardería ambiental, así como programas deeducación y vigilancia ambiental. Entre tanto, existe urgencia de desarrollar plenamente elSistema Nacional de Control y Vigilancia Ambiental, para garantizar su efectividad en el controlde la actividad degradante´. En este sentido queremos destacar que se debe integrar en su gestión³a las bases sociales de gestión del ambiente, incorporando a los integrantes de las mesastécnicas de agua, los comités de tierras urbanos y los reservistas organizados en patrullas quetendrán tareas definidas y certificaciones para actuar [...] avanzando dentro del modelo dedesarrollo sustentable propuesto por la administración del presidente Chávez´. Igualmente elMARN creará el número de contacto 0800-Ambiente para que cualquier persona pueda llamar ydenunciar irregularidades. Resulta particularmente ilustrativo conocer cómo en el MARN enestos momentos se valora la participación comunitaria como instrumento de gestión, a travésopiniones como la de Edis Solórzano, Directora de Fauna, quien reconoce que hace falta³incentivar la participación comunitaria e integrar a las personas la gestión y los programas deconservación´129 para lograr mantener y en algunos casos recuperar los humedales.

Como se vio en la sección correspondiente a diversidad biológica, estos ecosistemasclave para el mantenimiento de la diversidad biológica nacional e internacional, en algunos casosse ven fuertemente amenazados en el país, a pesar de estar formalmente resguardados por Convención RAMSAR de obligatorio cumplimiento para el país. Derecho a la participación política y derecho al ambiente. A manera de comentario final Del balance octubre 2004-septiembre 2005, se saca como conclusión que varios factores inciden en las limitaciones al pleno disfrute del derecho a un ambiente sano, como está consagrado en el cuerpo normativo del país.Uno de ellos es la tendencia

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