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Electronica

daniel_santiago5 de Mayo de 2014

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http://www.monografias.com/trabajos61/motores-corriente-continua/motores-corriente-continua Los circuitos derivados son aquellos que se derivan o parten de las barras colectoras de un centro de cargas o de un tablero de alumbrado y control, nunca deben partir de un autotransformador, a no ser que el circuito tenga un conductor que esté conectado eléctricamente a un conductor puesto a tierra de la instalación de suministro del autotransformador.

Dependerá de la persona que proyecte o haga la mano de obra de una instalación eléctrica, quien determine en cada caso específico qué requisitos aplica o cómo complementa su trabajo con otros artículos de la norma.

Los conductores de un circuito derivado deben contar con un medio de protección contra sobre corriente y contra corto circuito, conectado en serie en el punto donde se origina y se deben identificar por color en su aislamiento de la manera siguiente:

Conductor de puesta a tierra: Verde, verde con franjas amarillas o desnudas.

Conductor de fase: Cualquier color diferente a los dos anteriores

Los circuitos derivados tienen limitación de tensión según sea su utilización:

En las unidades de vivienda y en las habitaciones de hoteles, moteles y locales similares no debe ser mayor de 127 volts para cargas de alumbrado, cargas de hasta 1,440 VA o para cargas de hasta 187 watts conectadas con cordón y clavija.

Los tomacorrientes instalados en circuitos derivados de 15 y 20 amperes deben ser con conexión de puesta a tierra.

En las viviendas, todos los enchufes en instalaciones monofásicas de 120 o 127 volts de 15 y 20 amperes, instalados en los cuartos de baño, en las cocheras, partes de la construcciones sin terminar situadas a nivel del piso que se utilicen como zonas de almacén o de trabajo, en exteriores, en galerías donde sólo se pueda circular a a nivel de piso , cuando estén al nivel del piso o inferiores, sótanos sin acabados, en la cocina cuando estén instalados en la superficie del mueble y cuando en los fregaderos estén instalados para servir aparatos eléctricos situados en las barras y a menos de 1.80 m. del borde exterior; deben ofrecer protección a las personas mediante interruptor de circuito por falla a tierra (ICFT).

En los edificios que no son viviendas, todos los tomacorrientes en instalaciones monofásicas de 120 o 127 Volts de 15 y 20 amperes, que se instalen en los cuartos de baño, azoteas, cocinas y en exteriores con acceso al público, también deben ofrecer protección a las personas mediante interruptor de circuito por falla a tierra.

En los hogares, los circuitos derivados sólo deben suministrar energía a las cargas de esa unidad o a las asociadas únicamente con esa unidad. Los circuitos derivados necesarios para alumbrado, alarmas centrales, señales, comunicaciones u otras necesidades de las áreas públicas o comunes de viviendas duplex o multifamiliares, no deben conectarse a los equipos que suministren energía a una vivienda individual.

Las salidas para tomacorrientes que se vayan a utilizar para aparatos electrodomésticos específicos tales como equipo de lavandería, deben instalarse a menos de 1.80 m. del lugar definido para dichos aparatos.

En las viviendas, se deben instalar salidas para tomacorrientes en la cocina, sala de estar, salas, salones, biblioteca, cuarto de estudio, solario, comedor, recibidor, vestíbulo, biblioteca, terraza, recámaras, cuarto de recreo o cualquier habitación similar, de acuerdo con las disposiciones siguientes:

La separación entre salidas de tomacorrientes debe ser tal que ningún punto a lo largo de la línea del suelo de cualquier espacio de la pared esté a más de 1.80 m. medidos horizontalmente de ese espacio.

Las salidas

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