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Examen de crimiologia


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2016  •  Exámen  •  1.370 Palabras (6 Páginas)  •  171 Visitas

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Examen final Criminología I - Héctor Gabriel González – Aula 12

1.a. La afirmación es FALSA. Teniendo en cuenta el contexto en que desarrolla su obra “De los delitos y las penas” (época en el que aun se empleaban las torturas para obtener confesiones) se entiende lo que expresa al referirse que la pena como único fin para quien la cumple es “… apartar con el terror a los demás hombres de un delito semejante…”1 (BECCARIA, 1969, 101). Y agrega “…¿Cuál es el fin político de las penas? El terror de los otros hombres?...2 (BECCARIA, 1969, 96). En consecuencia se interpreta que para Beccaria la pena tiene como función predominante la del efecto disuasivo o ejemplificador, como “amenaza” para evitar que los hombres cometan acciones respecto a aquellas conductas que son rechazadas o “motivos sensibles” para el conjunto de la sociedad, inscriptas en un orden delimitado normativamente; en lugar de transformar la personalidad de aquel que es sometido al presidio para su reinserción en la sociedad.

1.b.  La afirmación es FALSA. Foucault se refiere al reformismo “humanista” mas que como artífice de una Justicia más humana por poner en práctica un suavizamiento de las penas, como que dicha reforma no fue por el trabajo de los ilustrados por un mayor respeto a lo humano, sino porque buscaban sustituir el anterior modelo que había entrado en crisis, haciendo peligrar la gobernabilidad del soberano. Buscando un porqué a la metamorfosis que se produjo en la cárcel, parece necesario encuadrarla dentro de los cambios económicos y sociales producidos en ese momento (Revolución Industrial, Revolución Francesa), donde la libertad empieza a ser un bien preciado tanto filosófica como económicamente. Existían grandes deficiencias en la organización del Poder y se requería, frente a esto, transformar a la justicia en algo más sutil, más fino, con una mayor expansión en el tejido social, mayores controles y con intervenciones más precoces, como expresa: “…Y la "reforma" propiamente dicha, tal como se formula en las teorías del derecho…, …es la prolongación política o filosófica de esta estrategia, con sus objetivos primeros: hacer del castigo y de la represión de los ilegalismos una función regular, coextensiva a la sociedad; no castigar menos, sino castigar mejor; castigar con una severidad atenuada quizá, pero para castigar con más universalidad y necesidad; introducir el poder de castigar más profundamente en el cuerpo social. La coyuntura que vio nacer a la reforma no es, por lo tanto, la de una nueva sensibilidad, sino la de otra política respecto de los ilegalismos …”3 (FOUCAULT, 1976, 86).

1.c. La afirmación es VERDADERA.

1.d. La afirmación es FALSA. Merton no retoma “sin modificaciones” los presupuestos de la anomia de Durkheim. Para Durkheim existe la conciencia colectiva, que se transforma o coexiste con regulaciones menos impregnadas de componentes quasi-religiosos, que al atravesar procesos de debilitamiento que suelen manifestarse en los períodos de acelerado cambio social, especialmente cuando los individuos se encuentran sometidos a condiciones no deseadas en la división del trabajo social; surge la ausencia de normas que Durkheim llamó de “anomia”, donde los valores y las reglas de la conciencia colectiva dejan de guiar las acciones de los individuos, porque pierden su poder de contención respecto de sus impulsos y sus deseos o porque no puede ser reconocida por aquéllos. La consiguiente pérdida de adhesión o de pertenencia a las normas y valores por parte de los individuos es la que explica a su vez la conducta desviada. En cambio Merton afirma que en realidad las conductas desviadas consisten en adaptaciones individuales “innovativas” de quienes aceptan y comparten las pautas fijadas por la cultura, pero que no logran con los medios a su alcance satisfacer sus aspiraciones, las que son determinadas por la misma sociedad, procurando entonces medios no autorizados o criminales.

2.a. Edwin Sutherland realizó importantes y trascendentes aportes a la explicación de la criminalidad. Al igual que otros de sus pares, buscó sin éxito el descubrimiento del elemento criminógeno por excelencia, (que debería estar presente en presencia del crimen y ausente en su ausencia) y que permitiría la construcción de la teoría unitaria de la desviación. En ese recorrido, contribuyó a derrotar la premisa patológica, impulsando aún mas el conceptuar al crimen como un fenómeno normal de las sociedades, y que es generado a partir de procesos o sucesos también normales. Sin embargo, sus mayores aportes, fueron principalmente otros dos postulados, también asociados a la definición del crimen como fenómeno normal. Uno de ellos fue la “teoría del delito de cuello blanco” en la que sostuvo que podían vincularse clase alta y criminalidad, los que nunca antes se habían relacionado en los análisis criminológicos, con lo cual destruyó la ecuación entre pobreza, patología personal y social, y criminalidad. Ello lo demostró a partir de su hipótesis la que confirmó al describir que había fenómenos criminales cuyo proceso de formación no podía vincularse a situaciones de déficit, pobreza o carencia de oportunidades, sino a las de superávit, riqueza o disponibilidad de recursos y chances. El segundo de ellos fue su tesis a la que llamó “teoría de la asociación diferencial”, respecto a que el comportamiento criminal es comportamiento aprendido, en un proceso desarrollado en contacto con otras personas, que incluye las técnicas y la orientación para cometer los delitos (también los motivos), todo ello en función de su frecuencia, duración, etc, siempre orientado a la criminalidad, dando asi prevalencia a las definiciones contrarias a la ley por la intensidad de tal contacto.

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