Informe De Laboratorio De Agentes De Riesgo físico, Vibraciones
LorenaPaz27 de Noviembre de 2013
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Informe de Laboratorio
Agentes de Riesgos Físicos.
“Medición de Vibraciones”.
Profesor: Sergio Moreno
Integrantes: Carla Lizana
Carmen Pozo
Lorena Romero
Carlos Saldívar
Alexandra Valenzuela
ÍNDICE
1. RESUMEN EJECUTIVO…………………………………………... 3
2 IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA OBJETO DE ESTUDIO…4
3. PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA EVALUACIÓN……... 5
4. ALCANCE DEL INFORME…………………………………………6
5. OBJETIVO DEL INFORME………………………………………….. 6
6. CRITERIOS DE EVALUACIÓN…………………………………….6
7. PROCEDIMIENTOS ……………………………………...7-8-9
- Equipos utilizados
- Parámetros Normativos y Estándares utilizados
- Calibración
8. ESTRATEGIA DE MUESTREO…………………………………..10
9. EVALUACIÓN POR PUESTO DE TRABAJO…….…………….10
10. RESULTADO Y ANÁLISIS……………………………………….12
11. MEDIDAS PREVENTIVAS…………………………………….. .13
12. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES…………………..14
13. PROFESIONALES RESPONSABLES DEL INFORME………15
RESUMEN EJECUTIVO
En el presente informe se detallarán los procedimientos, observaciones y mediciones realizadas en el laboratorio de higiene y seguridad realizado el día 15 de noviembre del 2013, en donde se adquirieron conocimientos sobre el correcto uso y manipulación de un medidor y analizador de vibraciones humanas, se realizaron mediciones con dicho instrumento lo que nos permitió evaluar un puesto de trabajo simulado en un ambiente de laboratorio, esto según lo señala el manual básico sobre mediciones y toma de muestras ambientales y biológicas en salud ocupacional del ISP.
Estas fueron realizadas en el laboratorio de Riesgos Físicos e Higiene Industrial del Instituto Duoc UC, simulando ser un puesto de trabajo como se mencionó anteriormente.
IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA OBJETO DE ESTUDIO.
Razón social: Fundación Instituto Profesional DUOC UC.
Rol: 72.754.700-2
Dirección: Avenida Eliodoro Yáñez 1595.Providencia, Santiago
Organismo Administrador: Mutual de Seguridad C.Ch.C.
Sede Alameda
Dirección: Alameda esquina Avenida España. Santiago Centro, Metro Estación República.
Laboratorio de química, Duoc UC, Sede alameda.
Duoc UC es una institución educacional de nivel superior chilena creada como fundación por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Fue creado en 1968 como un proyecto de académicos y alumnos y que hoy en día se ha transformado en una de las casas de estudios de nivel superior más destacadas del país de acuerdo a su acreditación institucional, durante el máximo período otorgado de siete años.
Duoc UC, imparte carreras profesionales y técnicas, además de diversos programas de diplomados y capacitaciones.
Actualmente cuenta con quince sedes en Chile, con 71.027 alumnos, y 3.169 docentes.
ALCANCE DEL INFORME.
El Laboratorio realizado es un ensayo práctico cuyo objetivo es educar a los estudiantes en la operación del instrumental básico para medición de vibraciones y realización de mediciones para mano brazo y cuerpo completo con el medidor de vibraciones humanas y el Acelerómetro de cuerpo completo para mediciones en asiento para posteriormente, contrastar el resultado de dichas mediciones con el decreto supremo 594 y de ser necesario tomar medidas preventivas.
El aprendizaje se realiza en un ambiente controlado en el laboratorio de Higiene y Seguridad de nuestro establecimiento educacional DUOC UC, sede Alameda ubicado en Av. España, Región Metropolitana, Santiago de Chile.
OBJETIVO DEL INFORME
Operar instrumental básico para medición de vibraciones.
Realizar mediciones de las vibraciones para mano brazo y cuerpo completo.
Aplicar el DS 594 en la comparación de los resultados obtenidos
CRITERIOS DE EVALUACIÓN (estándares normativos)
Las mediciones se realizaron como lo indica el manual básico sobre mediciones y toma de muestras ambientales y biológicas en salud ocupacional.
El Decreto Supremo 594 “Reglamentos sobre condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”, se refiere a vibraciones mediante su Título IV “De La Contaminación Ambiental” Párrafo III “De Los Agentes Físicos”, desde el artículo 83, hasta el artículo 94, los cuales se citarán a continuación:
Artículo 83: Para los efectos del presente reglamento se entenderá por vibración el movimiento oscilatorio de las partículas de los cuerpos sólidos.
Artículo 84: En la exposición a vibraciones se distinguirá la exposición segmentaria del componente mano - brazo o exposición del segmento mano - brazo y la exposición de cuerpo entero o exposición global.
Artículo 85: En la exposición a vibraciones globales o de cuerpo entero, la aceleración vibratoria recibida por el individuo deberá ser medida en la dirección apropiada de un sistema de coordenadas ortogonales tomando como punto de referencia el corazón, considerando:
Artículo 86: Las mediciones de la exposición a vibración se deberán efectuar con un sistema de transducción triaxial, con el fin de registrar con exactitud la aceleración vibratoria generada por la fuente, en la gama de frecuencias de 1 Hz a 80 Hz. La medición se deberá efectuar en forma simultánea para cada eje coordenada (az, ax y ay), considerándose como magnitud, el
valor de la aceleración equivalente ponderada en frecuencia (Aeq) expresada en metros por segundo al cuadrado (m/s2).
Artículo 87: La aceleración equivalente ponderada en frecuencia (Aeq) máxima permitida para una jornada de 8 horas por cada eje de medición, será la que se indica en la siguiente tabla:(*)
Eje de medición Aeq máxima permitida 〖m/s〗^2
z 0,63
x 0,45
y 0,45
Artículo 88: Aceleraciones equivalentes ponderadas en frecuencia diferentes a las establecidas en el artículo 87 se permitirán siempre y cuando el tiempo de exposición no exceda los valores indicados en la siguiente tabla:(*)
Tiempo de exposición (horas) Aeq Máxima Permitida z Aeq Máxima Permitida x Aeq Máxima Permitida y
12 0,50 0,35 0,35
11 0,53 0,38 0,38
10 0,56 0,39 0,39
9 0,59 0,42 0,42
8 0,63 0,45 0,45
7 0,70 0,50 0,50
6 0,78 0,54 0,54
5 0,90 0,61 0,61
4 1,06 0,71 0,71
3 1,27 0,88 0,88
2 1,61 1,25 1,25
1 2,36 1,70 1,70
0,5 3,30 2,31 2,31
Artículo 89: Cuando en una medición de la exposición a vibraciones de cuerpo entero los valores de Aeq para cada eje no superan los límites establecidos en el artículo 88, se deberá evaluar el riesgo global de la exposición a través de la aceleración equivalente total ponderada en frecuencia (AeqTP). Para tales efectos sólo se considerarán los valores de Aeq similares, entendiéndose como tales los que alcancen el 60% del mayor valor medido.
El cálculo para el AeqTP se realizará mediante la siguiente fórmula:
AeqTP=√(〖〖1.4(Aeq〗_x)〗^2+1.4〖〖(Aeq〗_x)〗^2+〖〖1.4(Aeq〗_x)〗^2 )
AeqTP = aceleración equivalente total ponderada.
Aeqx = aceleración equivalente ponderada en frecuencia para el eje X.
Aeqy = aceleración equivalente ponderada en frecuencia para el eje Y.
Aeqz = aceleración equivalente ponderada en frecuencia para el eje Z.
Artículo 90º.- En la exposición segmentaria del componente mano-brazo, la aceleración originada por una herramienta de trabajo vibrátil deberá medirse en tres direcciones ortogonales, en el punto donde la vibración penetra en la mano.
Las direcciones serán las que formen el sistema biodinámico de coordenadas o el sistema basicéntrico relacionado, que tenga su origen en la interface entre la mano y la superficie que vibra, considerando:
Eje Z (Zh) = Corresponde a la línea longitudinal ósea.
Eje X (Xh) = Perpendicular a la palma de la mano.
Eje Y (Yh) = En la dirección de los nudillos de la mano.
Artículo 91º.- Las mediciones de la exposición a vibraciones se efectuarán con un transductor pequeño y de poco peso, con el fin de registrar con exactitud la aceleración vibratoria generada por la fuente, en la gama de frecuencias de 5 Hz a 1500 Hz.
La medición se deberá efectuar
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