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La Criminologia


Enviado por   •  4 de Mayo de 2013  •  7.055 Palabras (29 Páginas)  •  416 Visitas

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Etapa pre científica de la criminología

Se trata de examinar las tesis criminológicas mantenidas en la etapa previa al positivismo, esto es, hasta la consagración de la Criminología como disciplina científica, hecho que se produce a finales del siglo XIX.

Los aportes, en esta etapa, provienen de dos fuentes: Las de carácter filosófico, ideológico o político; y las de naturaleza empírica (perteneciente, relativo o fundado en la experiencia) y el aporte desde otros campos empíricos, como la fisonomía. Orientaciones empíricas.

Directrices de carácter filosófico, ideológico o político

Tomás Moro es el representante fundamental de este pensamiento, desarrollando su labor a finales del siglo XV y principios del siglo XVI. Tomás Moro, probablemente, fue el primero en resaltar la conexión del crimen con los factores socio económicos y con la estructura de la sociedad.

Para Moro, el crimen responde a una serie de factores, tales como, déficit cultural y educativo, guerras, el ambiente social o la ociosidad, etc., pero, entre todos ellos, destacan los factores socioeconómicos. Por ello, Moro sostenía que el Estado, al margen de la represión penal, debía neutralizar las verdaderas causas del crimen, como la miseria o la desigualdad.

Moro aportó a la Criminología la tesis de la conexión del crimen con la estructura de la sociedad: el crimen responde a una serie de factores y el factor que más destaca es el económico, destacando la pobreza. Moro, criticó abiertamente la dureza y la desproporción de los castigos, abogando por una labor preventiva por parte del Estado y pensaba que los poderes públicos tenían que establecer los medios necesarios para que el delincuente pudiese satisfacer, con su trabajo a la víctima a título de compensación.

En segundo término, aparece la filosofía política de la Ilustración, analizando el problema criminal. Las corrientes fundamentales de la Ilustración reaccionaron en contra de la sola idea de la prevención general o intimidación, que tomaba al delincuente como un ejemplo para los demás.

En efecto, la Teoría de la Prevención General, ve "el fin de la pena no en la retribución ni en actuar sobre el autor, sino en la influencia sobre la generalidad, a la cual se le debe enseñar a través de las amenazas penales y de la ejecución de las penas lo relativo a las prohibiciones legales." Se la denomina Teoría de la Prevención General porque no actúa en forma especial sobre el condenado, sino, en general, es decir, sobre la generalidad.

Criminología Clásica

La Escuela Clásica o Criminología Clásica completa el cuadro de ideas sobre el problema criminal que tienen su origen las ciencias del espíritu. Bajo la etiqueta de "clásicos" se han agrupado autores y tendencias divergentes en muchos puntos de vista, incluso contradictorias en algunos, pero que presentan una serie de concepciones comunes sobre postulados fundamentales, que es precisamente lo que permitió a los positivistas reunirlas con propósitos dialécticos. Hay algo muy significativo en la escuela clásica, como es, la defensa de las garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder.

Francisco Carrara, es considerado el padre de la Escuela Clásica del Derecho Penal. Carrara sostiene que el Derecho es connatural del hombre. La Ciencia del Derecho Criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral, preexistente a las leyes humanas. El delito es un ente jurídico que reconoce dos fuerzas esenciales: una voluntad inteligente y libre y un hecho exterior lesivo del Derecho y peligroso para el mismo.

Postulados de la Escuela Clásica

Normalidad del delincuente, nada distingue al hombre delincuente de aquel no delincuente, pues todos los hombres son iguales. Irracionalidad del crimen: el crimen es un acto irracional e incomprensible ya que el hombre con su libertad y capacidad de decisión no ha sabido elegir el camino que más le convenía. Establecen una prioridad del hecho sobre el autor: el delincuente sólo aparecerá como el sujeto activo del delito y no se le prestará mayor atención.

Explicación situacional del hecho delictivo, no existe una etiología del crimen, sino que, el crimen es consecuencia de un mal uso de la libertad y todos los ciudadanos son criminales en potencia porque todos son libres. Son situaciones específicas las que pueden explicar, caso a caso, la opción del hombre a favor del crimen.

La aportación penológica ha sido su mayor éxito. Fundamentan la legitimación y delimitación del castigo y sacan conclusiones sobre el cuándo, el cómo y por qué se castigan los delitos. La respuesta al comportamiento delictivo se efectúa con una pena justa, proporcionada y útil.

Aportación en el ámbito de la política criminal, donde la escuela clásica sí legitima el uso sistemático del castigo como instrumento del control del crimen. Las de naturaleza empírica (perteneciente, relativo o fundado en la experiencia) y el aporte desde otros campos empíricos, como la fisonomía. Orientaciones Empíricas. Aquí, se consigna a un conjunto de contribuciones heterogéneas que no son meramente filosóficas o políticas, sino que, cuentan con algún respaldo empírico.

Destacan los pioneros de la ciencia penitenciaria, basados en la observación directa y en el rico conocimiento de la realidad carcelaria; y la experiencia empírica y criminológica que los cultivadores de sus respectivas disciplinas acumulan en torno al delito y al delincuente, como la fisonomía. En la ciencia penitenciaria, destaca Howard, que dio prioridad al método de trabajo del contacto directo con el hombre delincuente. Destaca, también, Bentham, como pionero de la ciencia penitenciaria y como teórico de la concepción utilitaria de la pena.

Bentham, propone un nuevo diseño para la arquitectura carcelaria en aras del control y del tratamiento de los reclusos: el panóptico. El nuevo establecimiento debe ser circular, con una torre de vigilancia en medio, desde donde un guardia ejerciera el control total y permanente de los reclusos. Para su buen régimen y funcionamiento, deben seguirse tres criterios: (a) ausencia de sufrimiento corporal; severidad, pues el recluso no puede encontrarse mejor que en libertad; y (c) economía, es decir, evitando gastos innecesarios.

En cuanto a la pena, Bentham formuló la teoría utilitaria del castigo: el delincuente debe comprobar como de su delito derivan consecuencias más negativas que positivas para el mismo. En el campo de los aportes de otros campos empíricos, cabe señalar que antes de Lombroso ya se habían llevado a cabo las más diversas investigaciones sobre

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