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POSTULADOS BASICOS

yoserin3 de Febrero de 2014

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1.3.7 POSTULADOS BASICOS

ALCANCE DEL CÓDIGO

Postulado I

Aplicación universal del código.

Este Código de Ética Profesional es aplicable a todo Contador Público o Firma nacional o extranjero por el hecho de serlo, entendiéndose como Firma lo establecido en el artículo 2.03 siguiente, sin importar la índole de su actividad o especialidad que cultive tanto en el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado de instituciones públicas o privadas. Abarca también a los contadores públicos que, además, ejerzan otra profesión.

RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD

Postulado II

Independencia de criterio.

Al expresar cualquier juicio profesional el Contador Público acepta la obligación de sostener un criterio libre de conflicto de intereses e imparcial.

Postulado III

Calidad profesional de los trabajos.

En la prestación de cualquier servicio se espera del Contador Público un verdadero trabajo profesional, por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo específico que esté desempeñando. Actuará asimismo con la intención, el cuidado y la diligencia de una persona responsable.

Postulado IV

Preparación y calidad del profesional.

Como requisito para que el Contador Público acepte prestar sus servicios, deberá tener el entrenamiento técnico y la capacidad necesaria para realizar las actividades profesionales satisfactoriamente.

Postulado V

Responsabilidad personal.

El Contador Público siempre aceptará una responsabilidad personal por los trabajos llevados a cabo por él o realizados bajo su dirección.

RESPONSABILIDADES HACIA QUIEN PATROCINA LOS SERVICIOS

Postulado VI

Secreto profesional.

El Contador Público tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar, por ningún motivo, en beneficio propio o de terceros, los hechos, datos o circunstancias de que tenga o hubiese tenido conocimiento en el ejercicio de su profesión. Con la autorización de los interesados, el Contador Público proporcionará a las autoridades competentes la información y documentación que éstas le soliciten.

Postulado VII

Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral.

Faltará al honor y dignidad profesional todo Contador Público que directa o indirectamente intervenga en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral, como el recibir retribuciones económicas (cohechos) que no tengan sustento profesional para su aceptación.

Postulado VIII

Lealtad hacia el patrocinador de los servicios.

El Contador Público se abstendrá de aprovecharse de situaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus servicios.

Postulado IX

Retribución económica.

Por los servicios que presta, el Contador Público se hace acreedor a una retribución económica.

RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN

Postulado X

Respeto a los colegas y a la profesión.

Todo Contador Público cuidará sus relaciones con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupan, buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca, actuando con espíritu de grupo.

Postulado XI

Dignificación de la imagen profesional a base de calidad.

Para hacer llegar a la sociedad en general y a los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de prestigio profesional, el Contador Público se valdrá fundamentalmente de su calidad profesional y personal, apoyándose en la promoción institucional y cuando lo considere conducente, para aquellos servicios diferentes a los de dictaminación, podrá comunicar y difundir sus propias capacidades sin demeritar

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