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SOCIEDAD CIVIL


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  355 Palabras (2 Páginas)  •  913 Visitas

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1. ¿Cuál es el régimen de administración de una sociedad civil?

La administración de la Sociedad Civil se rige por las normas del mandato general (Art. 1694) y comprende los Negocios Ordinarios de la Sociedad.

Negocios Ordinarios: aquellos para los cuales la ley no exige poderes especiales.

 Art. 1676 C.C.: El poder de administrar la Sociedad corresponde a todos los socios, y se reputa ejercido por cada uno de ellos SALVO que constare que para ejercerlo, los socios hubieren nombrado uno o más mandatarios, socios o no.

 Art. 1677 C.C.: Si no existe estipulación respecto al modo de administrar, lo que haga cualquier socio obliga a la Sociedad como hecho por un mandatario suyo.

El mandato para administrar la Sociedad puede ser darse en el Contrato constitutivo o después de constituida la Sociedad, y en favor de socios o no (Art. 1681 C.C.)

 Mandatario y Administrador socio designado en el Contrato.

 Mandatario Administrador socio designado luego de constituida la Sociedad.

 Mandatario Administrador no socio.

La administración de la sociedad está encargada a los propios socios, que pueden prever en el contrato de sociedad diversas formas de administración:

 Administrador único: Puede ejercer todos los actos administrativos a pesar de la oposición de sus compañeros, a no ser que proceda de mala fe. Si ha sido nombrado en el contrato social, su poder es irrevocable salvo que concurra causa legítima. Si ha sido nombrado con posterioridad, puede revocarse en cualquier momento.

 Administradores mancomunados: Si la administración se confía a dos o más socios y se ha estipulado que estos no pueden obrar unos sin el consentimiento de los otros, es necesario el concurso de todos para la validez de los actos.

 Administradores solidarios: Si la administración se confía a dos o más socios y no se establecen sus funciones ni se establece un régimen de actuación mancomunada, cada uno puede ejercer todos los actos de administración separadamente, pero cualquiera de ellos puede oponerse a las operaciones de otro antes de que éstas hayan producido efecto legal.

2. ¿Que libros contables lleva una sociedad civil?, Indíquelos y sustente.

Deben llevar libros y registros contables las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, según lo detallado en el siguiente cuadro:

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