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Sociedades Mercantiles


Enviado por   •  4 de Abril de 2013  •  1.550 Palabras (7 Páginas)  •  336 Visitas

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CONCEPTO DE SOCIEDADES MERCANTILES

Se entiende por sociedad mercantil, la unión de dos o más personas que aportan algo en común, para un fin licito determinado, obligándose a enterarse mutuamente de su actuación.

Las personas que se unen pueden ser:

• Personas físicas.

• Personas morales.

• Personas fiscas y morales.

La persona física es llamada también persona natural, es todo hombre o mujer con capacidad de goce y de ejercicio.

La persona moral es una entidad formada por dos o mas personas físicas, para la realización de los fines colectivos, a la que derecho reconoce con capacidad para tener derechos y obligaciones.

Características generales de las sociedades mercantiles

I. La capacidad jurídica: Es la aptitud de ser titular de derechos y obligaciones pero en materia mercantil la capacidad está limitada o condicionada por el fin de la sociedad, esto significa que solo puede tener derechos y obligaciones que estén contenidas dentro de su objeto social.

II. Patrimonio (propio): El patrimonio de una sociedad es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que es titular una sociedad mercantil y se clasifica en los siguientes grupos:

• Patrimonio Activo: Que se refiere a los bienes y derechos de una sociedad y que puede ser aportado al momento de la constitución de la sociedad mercantil, en un aumento de capital, en un aumento del haber social o con las ganancias obtenidas por la sociedad.

• Patrimonio Pasivo: El patrimonio pasivo de una sociedad esta constituido por las obligaciones de la misma y estas se pueden adquirir desde el momento de la creación de la sociedad mercantil y consisten en deudas y obligaciones de dar o de hacer.

III. Nombre: En derecho mercantil se le llama también denominación o razón social y se define como el conjunto de caracteres que identifican a una individualidad, distinguiéndola de los demás.

IV. Domicilio: Es el lugar donde se harían la principal sede de negocios de una sociedad mercantil. En materia de sociedades mercantiles el domicilio por práctica común se determina en una ciudad, sin especificar número, calle o colonia.

Una persona moral o sociedad mercantil puede tener uno o demás domicilios siempre y cuando esto quede plasmado en el acta constitutiva, poder señalar un domicilio principal y varios accesorios, al domicilio principal se le conoce como domicilio matriz y a los accesorios como sucursales, para efectos legales puede utilizar uno u otro indistintamente.

V. Nacionalidad: La nacionalidad de las sociedades mercantiles será mexicana cuando las mismas se conformen de acuerdo a las leyes de nuestro país, y que establezcan su domicilio en el mismo en caso contrario se consideran extranjeras.

Clasificación de sociedades por sus responsabilidades jurídicas

Sociedad subsidiaria: primero debe de exigirse a la sociedad el cumplimiento de sus obligaciones y solo en caso de que esta no pueda cumplirlas total o parcialmente, se exigirá a los socios.

Características:

• Es aquella sociedad subordinada cuya matriz ejerce indirectamente el control sobre ella.

• Aquellas cuyo control y dirección lo ejerce la matriz de forma indirecta a través de una o varias filiales suyas, o por sociedades que tienen algún vínculo de dependencia de la matriz o las filiales de estas.

Sociedad solidaria: cualquier tercero después de agotar los recursos en contra de la sociedad, puede exigir responsabilidades indistintamente a cuales quiera de los socios.

Sociedad limitada: los socios responden únicamente con su aportación social, sin que tengan alguna responsabilidad adicional ante los acreedores de la propia sociedad cuando su aportación ha quedado íntegramente exhibida.

Número de socios: mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.

Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.

Clase de socios: pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.

Nombre o Denominación Social: deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.

Capital social: se trata de un totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias (dinero) o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.

División del capital social: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.

Domicilio Social: lo normal es que sea la dirección en la que se ubica la empresa.

Objeto Social: es la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Normalmente se prepara una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales, para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.

Constitución: mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Será necesario detallar las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de capital social

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