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SOCIEDAD MERCANTIL


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  522 Palabras (3 Páginas)  •  257 Visitas

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SOCIEDAD MERCANTIL

El comerciante puede ser individual o colectivo (Art. 10 del Código de Comercio); el comerciante individual es una persona natural que hace del comercio su profesión habitual, mientras que el comerciante colectivo es una persona jurídica.

Las personas jurídicas que tienen el carácter de comerciante son las sociedades mercantiles o sociedades de comercio, denominadas también compañías mercantiles o compañías de comercio, debido a que las palabras sociedad y compañía se emplean como sinónimos en el derecho mercantil.

Debemos tener presente que la sociedad es un contrato por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada una con la propiedad o el uso de las cosas, o con su propia industria, a la realización de un fin económico común (Art. 1649 Código Civil).

Personalidad jurídica

Las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica; ellas constituyen personas jurídicas distintas de sus socios, sujetos de derecho, es decir, entes aptos para ser titulares de derechos o deberes jurídicos. Observe que en artículo 201 del Código de Comercio hay un párrafo que dispone:

Las compañías constituyen personas jurídicas distintas de las de los socios.

Estas personas jurídicas están regidas en la siguiente forma: por los convenios de los socios contenidos en el contrato de sociedad (documento constitutivo), por las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil, así como por las demás leyes de la República. Así se prevé en el Art. 200, tercer párrafo del Código de Comercio.

Sociedades de Personas y Sociedades de Capital

En la doctrina mercantil se acostumbra clasificar las sociedades que hemos enumerado en tres grupos: de personas, de capital y mixtas. Para esta clasificación se parte de la importancia atribuida a la persona del socio o al capital de la sociedad.

En las sociedades de personas es muy importante la condición personal de los socios; los atributos individuales de ellos son relevantes para la sociedad. Los socios responden solidariamente de las obligaciones sociales con sus bienes propios y sin limitación. Las relaciones entre los socios son muy estrechas. El tipo fundamental de esta clase de sociedad es la sociedad en nombre colectivo.

En las sociedades de capital el elemento humano tiene poca relevancia, lo importante es el capital social; la solvencia de los socios no influye en la sociedad porque ellos tienen su responsabilidad limitada al monto del aporte. El capital social está dividido en acciones que son títulos de muy fácil circulación. El tipo fundamental de esta clase de sociedades es la sociedad anónima.

En las sociedades mixtas se tienen en cuenta tanto los atributos personales de los socios como el capital de la sociedad;

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