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Temperatura

ailuater21 de Mayo de 2015

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La temperatura

Es una magnitud referida a las nociones comunes de caliente, tibio o frío que puede ser medida con un termómetro. En física, se define como una magnitud escalar relacionada con la energía interna de un sistema termodinámico, definida por el principio cero de la termodinámica. Más específicamente, está relacionada directamente con la parte de la energía interna conocida como «energía cinética», que es la energía asociada a los movimientos de las partículas del sistema, sea en un sentido traslacional, rotacional, o en forma de vibraciones. A medida de que sea mayor la energía cinética de un sistema, se observa que éste se encuentra más «caliente»; es decir, que su temperatura es mayor.

La temperatura es una medida utilizada por la física y la química, que expresa el nivel de agitación que poseen los átomos de un cuerpo (concepto también aplicable al ambiente, que es un cuerpo gaseoso)

Para la medición de la temperatura, como ya lo comentamos no es suficiente la sensación térmica que se pueda experimentar, en cuanto a si algo está "frío" o si está "caliente", pues de esta manera resultaría un concepto relativo con acotadas aplicaciones. Existen para medir la temperatura de manera objetiva diferentes escalas; destaca una escala absoluta de medida de temperatura que comienza del cero absoluto, cuya unidad de medida utilizada por el Sistema Internacional es el Kelvin (K), en honor a William Thomson. 0ºK (cero grados Kelvin) equivalen a -273,15ºC siendo ésta la temperatura más baja posible. También hay otras unidades de medida, como la escala centígrada (ºC) que es la utilizada por la mayoría de los países y va desde los 0ºC (punto de congelación del agua) a 100ºC (punto de ebullición del agua); o la Fahrenheit (ºF) utilizada ampliamente en el mundo anglosajón.

La temperatura de un cuerpo produce diversas manifestaciones en él que guardan estrecha relación con el valor de esta. Determinando las magnitudes de estas manifestaciones con algún instrumento de medición podemos conocer de manera indirecta el valor de la temperatura del cuerpo. Este instrumento se llama termómetro.

Los termómetros deben estar en la zona de medición el tiempo necesario para que alcancen el valor de la temperatura a medir, es decir, alcancen el equilibrio térmico con el medio que lo rodea y su influencia en este medio debe ser lo suficientemente pequeña para que no cambien de manera notable la temperatura.

Un termómetro es un instrumento que mide la temperatura de un sistema en forma cuantitativa. Una forma fácil de hacerlo es encontrando una sustancia que tenga una propiedad que cambie de manera regulas con la temperatura (es decir, que varié linealmente)

Medidas preventivas

Tomar agua con regularidad, aunque no se tenga sed; evitar ingerir bebidas alcohólicas o muy azucaradas, vestir ropa delgada y de manga larga, preferentemente en colores claros, y mantenerse el mayor tiempo posible a la sombra.

Temperaturas Bajas:

Cuando el cuerpo desciende de temperatura (hipotermia) existen múltiples mecanismos fisiológicos que se ponen en marcha para contrarrestarlo:

Vaso-constricción sanguínea.

Cierre de las glándulas sudoríparas.

Disminución de la circulación sanguínea periférica.

Transformación de lípidos almacenados: transformación química de grasas almacenadas a glúcidos de metabolización directa.

Encogimiento para presentar la mínima superficie de piel que esté en contacto con el exterior.

Hipotermia

Medidas Preventivas:

Realizar los trabajos al aire libre en la franja de mayor exposición solar.

Programar rotaciones en el desarrollo de tareas repetitivas limitando el tiempo de permanencia en condiciones frías.

Esta ropa ha de aislar del frío, proteger contra el viento y la lluvia, y eliminar parcialmente la transpiración.

Es mejor emplear varias capas de ropa ligera, que una capa gruesa de ropa, aunque esta última sea más fácil de cambiar en un momento determinado.

Es aconsejable consultar al Servicio Médico con el fin de detectar posibles disfunciones y especiales sensibilidades.

Es importante tener en cuenta las características personales de los trabajadores, prestando especial atención a las personas especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.

VALORES LIMITES PERMISIBLES DE EXPOSICION AL CALOR

Trabajo régimen de descanso Carga de trabajo

Liviano Moderado Pesado

Continuo 30,0 26,7 25,0

75% de trabajo 25% de descanso cada hora 30,6 28,0 25,9

50% de trabajo 50% de descanso cada hora 31,4 29,4 27,9

25% de trabajo 75% de descanso cada hora 32,2 31,1 30,0

LIMITES MAXIMOS DIARIOS DE TIEMPO PARA EXPOSICION A TEMPERATURAS BAJAS

Ámbito de temperatura en

Grados centígrados

Exposición máxima diaria

0 a -18

Sin límites siempre que la persona esté vestida adecuadamente

-18 a -34

Tiempo total de trabajo: 4 horas, alternando 1 hora dentro y una fuera del trabajo.

-34 a -57

Dos períodos de 30 minutos cada uno, con intervalos de por lo menos 4 horas. Tiempo total de trabajo permitido a baja temperatura 1 hora. También periodos de 15 minutos y máximo 4 periodos por jornadas de 8 horas o 1 hora cada 4 con un factor de enfriamiento bajo, por ejemplo sin viento.

-57 a 73

Tiempo máximo permisible de trabajo: 5 minutos durante un día 8 horas de trabajo. Para estas temperaturas extremas se recomienda el uso de cascos herméticos que cubran totalmente la cabeza, equipados co un tubo respirador que pase por debajo de la ropa hasta la pierna para precalentar el aire.

LOS EPP ADECUADOS.

Estos se deben seleccionar dependiendo de la temperatura.

• PARA EL FRÍO:

- Buzo térmico industrial.

- Traje armonizado de piezas.

- Coleto polainas.

- Pantalón térmico.

- Ropa adaptable.

• PARA EL CALOR:

- Ropa anti flama.

- Manta.

- Lona.

- Mandil.

- Saco.

MEDIDAS DE CONTROL

- Aclimatación.

( 6 a 12 días)

- Hidratación.

- Ventilación.

- Enfriamiento.

- Aire Acondicionado.

• Res 2400 / 79 numeral 63 al 69.

Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo

Por la cual se dictan Medidas Sanitarias.

• Res 2020 / 03 art 1, 2.

• Res 2400 / 79 numeral 63 al 69.

• Ley 9 / 79 art 107, 108.

• Código sustancial del trabajo art 201 numeral 1 y 29.

• Norma ISO 11079: 8 sobre exposición al frió.

Decreto 2090 del 2003 art # 2

Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.

ARTÍCULO 2o. ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO PARA LA SALUD DEL TRABAJADOR. Se consideran actividades de alto riesgo para la salud de los trabajadores las siguientes:

1. Trabajos en minería que impliquen prestar el servicio en socavones o en subterráneos.

2. Trabajos que impliquen la exposición a altas temperaturas, por encima de los valores límites permisibles, determinados por las normas técnicas de salud de salud ocupacional.

3. Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.

4. Trabajos con exposición a sustancias comprobadamente cancerígenas.

5. En la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil o la entidad que haga sus veces, la actividad de los técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo, con licencia expedida o reconocida por la Oficina de Registro de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con las normas vigentes.

6. En los Cuerpos de Bomberos, la actividad relacionada con la función específica de actuar en operaciones de extinción de incendios.

Decreto 2222 de 1993 art 3

Por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

Artículo 3º. Para efecto del presente Decreto se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

ACCIDENTE DE TRABAJO. Se entiende por accidente de trabajo todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocada deliberadamente o por culpa de la víctima.

AGENTE DE VOLADURA O AGENTE EXPLOSIVO .Elemento que Funciona igual que un explosivo pero sus compuestos tomados separadamente no constituyen de por sí un explosivo, por ejemplo nitrato de amonio, fuel oil.

ALUVION. Depósitos formados por la destrucción de rocas y minerales primarios que han sido transportados por corrientes de agua y depositados en el lugar actual.

ALTURA DE BANCO Distancia vertical entre el punto más alto del banco y el pie del mismo.

AMALGAMA. Aleación o liga de mercurio con otro u otros metales preciosos y de algunos metales básicos.

ANGULO DE REPOSO. Máxima inclinación que puede presentar un material no consolidado antes de que se produzca un deslizamiento.

AUTORIDAD COMPETENTE. Para efectos de la vigilancia y aplicación de este Reglamento las autoridades competentes son el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Salud, el

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, las Corporaciones Regionales

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