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USO DE LA FIRMA PROFESIONAL / DIGNIDAD Y RESGUARDO DEL PRESTIGIO EN CONDICIÓN DE ARQUITECTO


Enviado por   •  18 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  646 Palabras (3 Páginas)  •  155 Visitas

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ETICA Y VALORES- ENSAYO

DESARROLLO DE UN EXPEDIENTE TÈCNICO EN LA ESPECIALIDAD DE ARQUITECTURA

ALUMNO: TIBURCIO LUNA JEANCARLOS

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 USO DE LA FIRMA PROFESIONAL / DIGNIDAD Y RESGUARDO DEL PRESTIGIO EN CONDICIÓN DE ARQUITECTO

Cada año la competencia laboral para los arquitectos es rigurosa al enfrentarse a una serie de conflictos laborales que requiere una serie de desafíos éticos, mantener la dignidad y el resguardo del prestigio del Arquitecto ante la sociedad, entidades públicas y privadas. Este ensayo busca como finalidad relacionar una reflexión ética con las situaciones que se enfrentan los arquitectos en el uso correcto de la firma del Arquitecto. Como caso de estudio se tiene una elaboración de un expediente técnico por una entidad del estado desarrollada a cargo de un Arquitecto no colegiado.

Un expediente técnico es un documento donde describe la adecuada ejecución de una obra. Esto está conformado por un conjunto documentos; comprende: “Memoria descriptiva. -Especificaciones técnicas. -Planos de ejecución de obra. -Metrados. -Presupuesto de obra. -Valor referencial. -Fecha del presupuesto. -Análisis de precios. - Fórmulas polinómicas ”OSCE, 2014[1]. Estos son elaborados por un arquitecto o ingeniero. Los Profesionales Responsables del Proyecto son aquellos que están legalmente autorizados a ejercer su Profesión e inscritos en el correspondiente Colegio Profesional.RNE, 2006[2] Para ello los arquitectos deben incluir en el expediente técnico el documento que acredita que se encuentran habilitados, el cual debe haber sido emitido por el Colegio Profesional de Arquitectos.

En la actualidad existen entidades a cargo de Arquitectos no habilitados quienes desarrollan proyectos de licitación pública, convocada por entidades del estado el cual posee trato con el profesional. Al culminar los expedientes técnicos  suelen ser firmados  por  profesionales habilitados para su posterior entrega, los cuales en el Art  19 menciona que, “son contrarios a la Ética Profesional: Autorizar con su firma cualquier tarea profesional que no haya sido concebida, ejecutada y controlada personalmente por él” CAP,2005)[3]. Sin embargo, los arquitectos a diario se enfrentan a este desafío ético, ya sea con conocimiento o no que está penalizado, ya que en el Art. 42. Del código de ética del arquitecto menciona que hay sanciones para el profesional como: “Amonestación -Suspensión temporal menor, desde tres meses hasta un año, -Suspensión temporal mayor, de más de un año, -Separación definitiva, -Impedimento definitivo de ejercer representación del CAP en cargos y /o Delegaciones relacionadas a la naturaleza de la falta.” CECAP, 2005 [4].

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