Funciones de los Integrantes de los Ayuntamientos en distintos ordenamientos
Santiago Cordova RinconEnsayo1 de Febrero de 2024
797 Palabras (4 Páginas)61 Visitas
Funciones de los Integrantes de los Ayuntamientos en distintos ordenamientos.
Santiago Enrique Córdova Rincon
Funcionario: | Ley Orgánica: | Bando de Gobierno: | Reglamento Interior: | Opinión: | |
PRESIDENTE | Será representante del Ayuntamiento y responsable directo del gobierno y de la administración pública municipal, por tanto, deberá velar por la correcta planeación, programación, ejecución y control de los programas, obras y servicios públicos a cargo de la municipalidad | Corresponde al presidente Municipal la ejecución de los acuerdos del Ayuntamiento, así como asumir la representación jurídica del mismo en la celebración de todos los actos y contratos necesarios para el desempeño de los negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos municipales | Será el representante del Ayuntamiento y responsable directo del gobierno y de la Administración Pública Municipal, por tanto, encargado de velar por la correcta planeación, programación, ejecución y control de los programas, obras y servicios públicos a cargo de la municipalidad. | En cada ordenamiento podemos analizar una similitud directa entre el reglamento interior y la ley orgánica mismas que en si pudiéramos mencionarlas como sinónimas puesto que van dirigidas a el mismo fin pero desde un nivel distinto | |
SINDICO | Sera responsable de vigilar la debida administración del erario público y del patrimonio municipal. | Es el encargado de vigilar el manejo adecuado de la Hacienda del Municipio, procurar su defensa y conservación; y representar al Municipio en controversias en las que sea parte | Sera responsable de vigilar la debida administración del erario y del patrimonio municipal. | Las atribuciones del sindico como representante del municipio son especificadas en cada ordenamiento, pero es interesante como se desglosan mas en el bando de gobierno. | |
REGIDOR | representarán a la comunidad, cuya función principal será participar en la atención y solución de los asuntos municipales; así como vigilar que el ejercicio de la administración municipal se desarrolle conforme a lo dispuesto en las disposiciones aplicables; | son los encargados de vigilar la buena marcha de los distintos ramos de la Administración Pública Municipal y la prestación adecuada de los servicios públicos a través de las Comisiones designadas | representarán a la comunidad, cuya función principal será participar en la atención y solución de los asuntos municipales; así como vigilar que el ejercicio de la administración municipal se desarrolle conforme a lo dispuesto en las disposiciones aplicables | Como en el caso del presidente las funciones en la ley orgánica y reglamento interior son iguales, pero aun así en el bando se menciona la función de las comisiones y explica el desarrollo de las mismas a través de las normas y disposiciones aplicables. | |
SECRETARIO | La Secretaría del Ayuntamiento dependerá directamente de la Presidenta o presidente Municipal, Auxiliara a la presidenta o Presidente Municipal en la conducción de la política interior del municipio; Ejecutar los programas que le correspondan en el contexto del Plan Municipal de Desarrollo y de las disposiciones municipales aplicables; Vigilar que todos los actos del Ayuntamiento se realicen con estricto apego a derecho | Para auxiliar al presidente Municipal en el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, las áreas que conforman la Administración Pública Municipal | La Secretaría del Ayuntamiento dependerá directamente del presidente Municipal: Preparar el orden del día de las sesiones del Ayuntamiento, adjuntando al citatorio la documentación relativa a los temas a tratar; Auxiliar al presidente Municipal, cuidando que se observen por parte de los miembros del Cabildo los lineamientos establecidos en la Ley Orgánica Municipal y este Reglamento Interior | En el caso del secretario se especifican de igual forma sus funciones desglosadas en fracciones continuas aquí podemos observar como pasado los regidores el sindico y los que siguen solo en el bando se mencionan como auxiliares al cumplimiento de las funciones municipales. | |
TESORERO | La Tesorería Municipal dependerá directamente de la presidenta o Presidente Municipal y tendrá las siguientes atribuciones: Recaudar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y demás contribuciones municipales, así como las participaciones federal y estatal y los ingresos extraordinarios que se establecen a favor del municipio; Elaborar el proyecto de Ley de Ingresos de cada ejercicio fiscal y someterlo a consideración del Ayuntamiento; Elaborar el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal y someterlo a consideración del Ayuntamiento; | Para auxiliar al presidente Municipal en el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, las áreas que conforman la Administración Pública Municipal | Después del secretario no se menciona nada especifico en el reglamento interior, pero si en la ley orgánica municipal y en el bando continuamos con la única leyenda y mención de ser auxiliares en el cumplimiento de sus correctas funciones municipales. | ||
CONTRALOR | El control interno, evaluación municipal y desarrollo administrativo, estarán a cargo de la Contraloría Municipal, la o el titular se nombrará por las y los integrantes del Ayuntamiento y durará en su cargo tres años pudiendo ser reelecto; | Para auxiliar al presidente Municipal en el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, las áreas que conforman la Administración Pública Municipal | En el caso del contralor se denominan sus funciones de manera concreta y en el bando se continúa mencionando como auxiliar, pero en el Reglamento no aparece como tal expresadas sus funciones. |
...