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Argumentos De La Interpretacion


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  3.876 Palabras (16 Páginas)  •  386 Visitas

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IMPORTANCIA DEL JUICIO

•El juicio es un pensamiento completo autónomo.

•Las ciencias se componen principalmente por juicios

•El juicio es la cede de la verdad

La proposición

Es la expresión oral del juicio: es la oración que enuncia una cosa de otra.

a) Distinción entre proposición y juicio

• Todo juicio se expresa mediante buna preposición, pero no toda preposición contiene un juicio.

• La preposición verbal consta de palabras. El juicio no está formado de palabras sino de conceptos.

• El juicio tiene carácter aseverativo, la preposición puede tenerlo o no.

• Los juicios contiene tres elementos, la preposición puede carecer de sujeto

CLASIFICACIÓN DE LA PROPOSICIÓN:

Simples: son aquellas que expresan un solo juicio.

Ej. De simples: La bondad es una virtud. 2 conceptos aquí le estamos atribuyendo una cualidad a la bondad. Por tanto tenemos un juicio afirmativo.

Compuesta: las que expresan dos o más juicios.

Ej. De compuesta:

•El hombre es responsable porque es libre.

•El Jardín es hermoso porque esta cuidado.

Tipos de argumento de interpretación de la norma jurídicaEl jurista razona en la interpretación de la ley utilizando básicamente los argumentos de interpretación, conocidos desde la época de los juristas romanos con los nombres de cánones o "ingeniosidades". Ellos en esencia son herramientas, medios para lograr la interpretación del texto.

Argumento a pari (analogía): A este argumento de semejanza. Aquí solo agregaríamos que es base entre cosas de la justicia conmutativa: "a iguales hechos, igual derecho", "Donde existen las mismas razones deben aplicarse las disposiciones.

Argumento a contrario sensu (sentido contrario): Un artículo que prescriba : "Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho años . El mayor de edad es capaz para todos los actos de vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales" .

Si se interpreta a contrario sensu, la disposición anterior diría, quien no haya cumplido dieciocho años no es mayor de edad .El no mayor de edad no es capaz para actos para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por la ley.

Del anterior ejemplo se deduce el siguiente esquema:

"Premisa: Cuando un caso concreto llena las condiciones legales C1, C2,C3,…. Cn entran para el las secuelas legales S1,S2, S3,…. Sn. Conclusión: Luego, cuando un caso no llena las condiciones legales C1, C2, C3,….. Cn no entraran en vigor para el las secuelas jurídicas S1,S2, S3,… Sn.

El argumento a contrario tiene por fundamento aquel aforismo latino que dice "Todo lo que no está expresamente prohibido se entiende permitido". Ello es asi porque cuando de modo expreso o tácito una norma limita la aplicabilidad de su disposición, solamente a determinada clase de personas, de ella puede inferirse, interpretándola a contrario. La existencia cuya disposición se opone contradictoriamente a la de la primera.

Argumento a maiore ad minus (de mayor a menor) : Este argumento tiene por base el adagio latino que dice " Qui potest plus, potest minu? ( quien puede lo más , puede lo menos.

El argumento a maiore ad minus (de mayor a menor) , consiste en tener ordenado o permitido de manera implícita , que haga algo menor de lo que esta ordenado o permitido expresamente por la ley ; si está permitido por ejemplo divulgaren forma impresa los actos de las sesiones del Parlamento, entonces háyase sobre entendido a fortiori que se permite hacerlo oralmente , puesto que la divulgación oral es menor que la impresa.

Por ejemplo cotidiano podríamos decir: Quien levanta un peso de 20 kilos , a fortiori , levanta 10. Si puede lo más puede lo menos. Un ejemplo jurídico seria el siguiente:

Esta…. Tiene desde hace tiempo y reiteradas veces establecidas, la doctrina de que al precepto constitucional de irretroactividad de la ley no le puede n crear, ni por los jueces, ni aun por el legislador ordinario, excepciones basadas de orden público de la ley en que asiente la excepción, ni en ninguna consideración. No solo en algunos autores clásicos, sino también en los más modernos especialistas, se combate fuertemente que la razón de orden público pueda justificar la retroactividad, ni siquiera en los países en que este principio es derecho civil, porque él es también de orden público y es de índole fundamental, aplicable a toda clase de leyes. Si esto es así, con mayor razón debe rechazarse esa noción de orden público en las legislaciones en que la irretroactividad de la ley se incluido en la Constitución.

Argumento a minore ad maius (de menor a mayor): Este argumento consiste en inferir de la validez del juicio particular la del correspondiente universal.

Tiene por base el adagio latino: "Qui non potest minus non potest plus" , es decir , que quien no puede lo menos tampoco puede lo mas . Si una persona no puede levantar 100 kilos, a fortiori, no puede levantar 200.

Jurídicamente se entiende que"a quien le está prohibido lo menos, le está prohibido lo más" Ejemplo: Si está prohibido pisar el césped a minore ad maius, o sea, a fortiori, (pues esta es la expresión que utiliza usualmente), le está prohibido cortarlo.

Su estructura se corresponde con el esquema de los juicios subalternos .Por consiguiente, de la invalidez del juicio particular del juicio particular se concluye la invalidez del juicio universal.

La premisa dice en los juicios afirmativos:" Es falso en algunos S sean P , y la conclusión que se saca es la siguiente : "Es falso que todos los S sean P"

Argumento a generali sensu (sentido general):"Si la ley está tomada en sentido general que el intérprete no debe entenderla en sentido particular".

Los romanos consagraron la expresión anterior en

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