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Código Civil y el Art


Enviado por   •  14 de Julio de 2014  •  234 Palabras (1 Páginas)  •  222 Visitas

Según el artículo 16 del Código Civil y el Art. 166 del Código de Procedimiento Civil todo extranjero que desee demandar por ante los tribunales dominicanos, sin excepción alguna, debe prestar una garantía llamada Fianza Judicatum Solvi;

diga si dicha disposición se le aplica a los trabajadores extranjeros que deseen demandar por ante nuestros tribunales; justifique legal y jurisprudencialmente su respuesta.

Se ha dicho que la fianza exigida al extranjero transeúnte es aplicada en materia laboral, pues en las relaciones entre empleadores y trabajadores, la falta de disposiciones especiales es suplida por el derecho común, razón por la cual, en ausencia de previsión legal debe recurrirse al artículo 16 del Código Civil, modificado por la Ley 845 de 1978, que impone la obligación en todas las materias y en todas las jurisdicciones.

Pero será aplicado siempre que no contradigan los principios del Derecho y Proceso Laboral. Por lo que, exigir la fianza judicatum solvi a un trabajador extranjero transeúnte que intenta una demanda laboral es violentar la esencia sobre la que descansa el proceso laboral.

Son inaplicables las disposiciones del Art. 16 del C.Civ., que obliga a los extranjeros transeúntes sin bienes inmuebles en el país a depositar la fianza judicatum solvi, cuando un trabajador actúa como demandante principal, pues de aplicarse se estaría dando un tratamiento discriminatorio al trabajador demandante por su condición de extranjero, algo que prohíben los Principios Fundamentales IV y VII

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