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FLAGRANCIA DEFINICIÓN LEGAL


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2014  •  1.464 Palabras (6 Páginas)  •  348 Visitas

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FLAGRANCIA DEFINICIÓN LEGAL.

Artículo 234. Para los efectos de este Capítulo, se tendrá como delito flagrante el que se esté cometiendo o el que acaba de cometerse. También se tendrá como delito flagrante aquel por el cual el sospechoso o sospechosa se vea perseguido o perseguida por la autoridad policial, por la víctima o por el clamor público, o en el que se le sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca del lugar donde se cometió, con armas, instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que el o ella es el autor o autora.

En estos casos, cualquier autoridad deberá, y cualquier particular podrá, aprehender al sospechoso o sospechosa, siempre que el delito amerite pena privativa de libertad, entregándolo o entregándola a la autoridad más cercana, quien lo pondrá a disposición del Ministerio Público dentro de un lapso que no excederá de doce horas a partir del momento de la aprehensión, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución de la República en relación con la inmunidad de los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional y a los consejos legislativos de los estados. En todo caso, el Estado protegerá al particular que colabore con la aprehensión del imputado o imputada.

REQUISITOS PARA LA DETENCION DE UNA PERSONA

Artículo 44. La libertad personal es inviolable, en consecuencia:

1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso.

TIPOS DE FLAGRANCIA

La doctrina es pacífica al sostener que existen tres tipos fundamentales de flagrancia; a saber, la flagrancia real o estricta, la cuasi flagrancia y la presunción de flagrancia o flagrancia presunta.

La flagrancia real o estricta, se refiere al sujeto que es sorprendido en el mismo momento en que está cometiendo. Por ejemplo, el sujeto que es sorprendido amenazando a otra persona con un arma de fuego y pidiendo que le entregue sus pertenencias.

La cuasi flagrancia, se verifica cuando una persona es detenida luego de haber ejecutado la conducta delictiva, siempre y cuando el imputado se haya visto perseguido por la autoridad policial, por la víctima o por el clamor público. Por ejemplo, un sujeto ha hurtado un vehículo y no se le pudo detener en el momento, por lo que es perseguido por las personas que lo vieron y aprehendido más adelante.

La flagrancia presunta, es aquella que se verifica cuando la persona detenida es encontrada con objetos que de alguna u otra forma hacen presumir que fue el autor del delito que se acaba de cometer. Como ejemplo tenemos a la persona que observa el vidrio de su vehículo roto y que falta su equipo de sonido el cual le es encontrado a un sujeto a dos cuadras del lugar dentro de un bolso que a su vez contenía un martillo, un destornillador y un alicate.

FASES DEL PROCESO PENAL ORDINARIO

• Fase Preparatoria

• Fase Intermedia

• Fase de Juicio

• Fase de Ejecución

PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO EN LOS DELITOS FLAGRANTES:

• Cuando la persona es detenida en flagrancia, el aprehensor tiene un lapso de 12 horas contados a partir de la detención para poner al detenido a disposición del Ministerio Publico.

• Cuando la persona detenida es puesta a la orden del Ministerio Publico, el fiscal tiene un lapso de 36 horas para presentarlo ante el juez de control con la finalidad de realizar la audiencia de presentación.

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE PRESENTACION

• La secretaria verifica la presencia de las partes que deben intervenir en el proceso.

• El juez le concede el derecho de palabra al fiscal del Ministerio Publico.

• El Fiscal del Ministerio Publico narra las circunstancia de modo, tiempo y lugar como se produjo la aprehensión y posteriormente precalifica los hechos y solicita:

1. Que se decrete la aprehensión en flagrancia de la persona detenida.

2. Solicita imposición de una medida de coerción personal.

3. Finalmente solicita que la causa continúe por el procedimiento ordinario o abreviado si se trata de un delito flagrante.

• Posteriormente el juez le concede el derecho de palabra al imputado, y le advierte que no está obligado a declarar en causa propia, y le informa sobre los medios alternativos a la prosecución del proceso, en casos de que estos sean procedente para el delito por el cual está siendo procesado.

• El

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