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Interculturalidad


Enviado por   •  15 de Octubre de 2013  •  416 Palabras (2 Páginas)  •  205 Visitas

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La interculturalidad nos permite encontrarnos como iguales, con respeto y tolerancia"

La interculturalidad es un principio o proceso social "que nos permite, dentro de la diversidad cultural, encontrarnos en planos de igualdad, para que existan relaciones humanas horizontales de respecto, solidaridad y tolerancia, sin que haya preeminencia de una cultura o lengua sobre otra este caso nos referimos a la educación propia de los indígenas, que se conecta o completa, sistemáticamente con todos los postulados del modelo educativo bolivariano este sentido, expresó que la idea es que los pueblos originarios sean los que construyan sus propios proyectos educativos a partir de la sistematización de su cultura, "luego llevarla a la experimentación pedagógica y construir el diseño curricular de la educación intercultural bilingüe, que se lleve a todos los niveles y modalidades del sistema educacional bolivariano".n el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se reconoce nuestra condición de país multiétnico, pluricultural y plurilingüe. El Artículo 100 alude a nuestra vocación intercultural al establecer que “las culturas populares constitutivas de la venezolanidad gozan de atención especial reconociéndose y respetándose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas”.

En el Sistema Educativo Bolivariano se encuentra plasmada la interculturalidad como principio rector y subsistema, así como eje integrador, lo que supone la inclusión de todos nuestros pueblos indígenas, afroamericanos, criollos y mestizos múltiples, sin menoscabo de sus especificidades. Artículo 98.

La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, reducción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezca la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia.

Artículo 99.

Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación

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