SOLICITO CUMPLIMENTO DE COMPENSACIÓN POR INSTALACIÓN DE ANTENA CELULAR EN ASPOLA
nereydajacoboPráctica o problema4 de Septiembre de 2016
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SUMILLA: SOLICITO CUMPLIMENTO DE COMPENSACIÓN POR INSTALACIÓN DE ANTENA CELULAR EN ASPOLA
Señores
Viettel Peru SAC - Bitel Sede Breña
Jr. Centenario 1026, Breña- Lima
Presente
La ASOCIACION POPULAR LAS LOMAS DE ANCON –ASPOLA (EX VILLAS), con domicilio legal en Calle La Merced Mza.69 Lote 10 Asociación Popular Las Lomas de Ancón (frente a la Plaza de Armas) representada por el Señor Carlos Vega Herrera presidente de la Junta Directiva 2011-20016, ante ustedes se presenta y expone lo siguiente:
I ANTECEDENTES
Que, durante el mes de Noviembre del año 2011 suscribimos un contrato de naturaleza civil entre muestras representadas: La empresa VIETTEL PERU SAC (en adelante La Empresa) y la ASOCIACION POPULAR LAS LOMAS DE ANCON –ASPOLA, (en adelante La Asociación), que tenía por objeto el pago de una contraprestación dineraria por la instalación de una antena celular, ubicada a la altura del reservorio elevado de Agua en la ASOCIACION POPULAR LAS LOMAS DE ANCON
Que, según términos del contrato antes mencionado, La empresa se obligaba al pago de Quinientos Soles (S/. 500.00) mensuales, los mismos que serían abonados a favor de La Asociación a partir del mes de Enero del 2012, en compensación de un posible riesgo o afectación a la población cercana ya que dichos dispositivos pueden ser dañinos para la salud, asimismo la evidente alteración paisajística del sector donde está ubicada la antena; todo con el objetivo de garantizar el bienestar vecinal y el desarrollo sostenible.
II HECHOS Y PRETENSION
Que, somos conscientes que desde el año 2012 se han venido suscitando circunstancias de beligerancia y conflicto entre los habitantes y asimismo han surgido irregulares juntas directivas que usurparon funciones de representatividad, situaciones que a la fecha no nos permiten determinar el monto dinerario que adeuda La empresa según la obligación contraída; en ese sentido y luego de un acuerdo adoptado por la Actual Junta Directiva hemos determinado que la empresa deberá cumplir con los pagos correspondientes a los años 2014, 2015 y los meses del año en curso, resultando la siguiente liquidación:
Año 2014 (12 meses) S/. 6000.00
Año 2015 (12 meses) S/. 6000.00
Año 2016 (7 meses) S/. 3500.00
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S/.15,500.00
Que, asimismo en las diferentes oportunidades que nos hemos acercado a dialogar sobre la actual situación de adeudo, los representantes de La empresa han enfatizado en que tienen la disposición de trabajar en armonía con la comunidad y han reconocido plenamente la validez legal del contrato suscrito, de igual forma el monto pendiente de pago descrito en el párrafo anterior.
Que, según lo establecido en la Ley 29022 se declara que los servicios públicos de telecomunicaciones son de interés nacional y necesidad pública, constituyéndose como base fundamental para la integración de los peruanos y el desarrollo social y económico del país y en ese sentido La Asociación ha facilitado la construcción y el mantenimiento de su infraestructura para telefonía móvil.
Que, La asociación tiene la predisposición de dialogar y llegar a un acuerdo con la empresa respecto a la deuda y en consecuencia ofrecemos la oportunidad de realizar pagos parciales en efectivo o su equivalente en algún producto o servicio que contribuya a mejorar la infraestructura de nuestro local comunal o en su defecto alguna otra donación que a favor de nuestro sector.
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