Elabore un informe de lectura que tenga los aspectos fundamentales relativos a los ofrecimientos reales de pago y de la consignación.
RaphybmwEnsayo5 de Febrero de 2016
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1.- Elabore un informe de lectura que tenga los aspectos fundamentales relativos a los ofrecimientos reales de pago y de la consignación.
Toda acta de ofrecimiento de pago designará el objeto ofrecido, de modo que no se pueda sustituir con otro; y si se hace en especies, contendrá la enumeración y la calidad de éstas.
En dicha acta se mencionará la respuesta, la no admisión o la aceptación del acreedor, y si firmado, rehusado o declarado no poder hacerlo. En caso de que el acreedor rehusare lo ofrecido, podrá el deudor, para librarse, consignar la suma o la cosa ofrecida, con observancia de las formalidades prescritas por el artículo 1259 del Código Civil.
La demanda que se pueda intentar en validez o en nulidad de los ofrecimientos o de la consignación, se formulará según las reglas establecidas para las demandas principales; y si es incidental lo será por simple escrito.
La sentencia que declare la validez de los ofrecimientos, ordenará en el caso de que éstos hayan tenido lugar sin la consignación, que a falta de recibir el acreedor la suma o la cosa ofrecida éstas sean consignadas; y pronunciará la cesación de los intereses, desde el día de la realización del depósito en la caja pública.
La consignación voluntaria u ordenada, se efectuará siempre a cargo de los que hagan oposición, si los hubiere, poniéndolo en conocimiento del acreedor. Lo demás se regula por las disposiciones del Código Civil, relativas a los ofrecimientos de pago y a la consignación.
2.- Elaboración de un acto haciendo un ofrecimiento real de pago.
OFERTA REAL DE PAGO
Acto Número. 0401.
En la ciudad de Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, Republica Dominicana, hoy día Quince (15), del mes Enero del año Dos mil Dieciséis (2016).-
ACTUANDO A REQUERIMIENTO
DE CLARA TAVERAS, dominicana, mayor de edad, de profesión y oficio comerciante, Titular de la Cedula de Identidad y Electoral No. 071-0000000-0, con domicilio en calle Duarte no. 16, del Distrito Municipal Matanzas, Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, quien tiene como Abogado constituido y apoderado especial al LIC. RAPHY NOLASCO, dominicano, mayor de edad, Abogado de los Tribunales de la Republica, miembro activo del Colegio de Abogados de la Rep. Dom. Marcado con el No. 1900, Titular de la Cedula de Identidad y Electoral No. 071-0036613-2, con su estudio profesional abierto en la Calle Luis María Quin, No. 17, de esta ciudad de Nagua, en cuyo estudio de abogado hace formalmente elección de domicilio mi requirente para los fines y consecuencias legales del presente acto.
Yo, BERNANDO MARTINEZ PERALTA, Abajo firmado, Alguacil de estrado, debidamente nombrado, recibido y juramentado para los fines de ministerio, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. 071-0001245-0, Domiciliado y residente en esta ciudad de Nagua.-
EXPRESAMENTE y actuando dentro de los límites de mi jurisdicción, me he trasladado a la casa número dos, de la calle Duarte, de esta misma ciudad Nagua, que es donde tiene su domicilio y residencia MARITZA DE LA CRUZ, y una vez allí, hablando con SONIA DE LA CRUZ ACOSTA, quien me dijo ser HIJA, de mi requerida y que tiene calidad para recibir actos de esta naturaleza.
LE HE NOTIFICADO Y DEJADO
Copia del presente acto, dándole lectura la persona con quien digo estar hablando, mediante el cual mi re queriente LE NOTIFICA a mis requerido BAUTISTA TEJADA que mi re queriente por el presente acto le OFRECE PAGAR REAL Y EFECTIVAMENTE, y en estos momentos, la suma de cien mil, (RD$ 100,000.00), el cual comprende el saldo de deuda pendiente, los cuales billetes nacionales son de la siguientes denominaciones y numeraciones:
Cien (100) Billetes de Mil Pesos Oro (RD$ 1,000.00), cada uno, marcados con los números: 0001, 0002, 0003, 0004; Billetes de Mil Pesos Oro (RD$ 1,000.00), emitidos por el Banco Central de la República Dominicana y con fuerza liberatoria para el pago de todas las obligaciones públicas y privadas del país, distribuidos de la siguiente manera: A)- La suma de SETENTA Y CINCO MIL PESOS ORO CON (RD$75,000.00), moneda de curso legal de capital y VEINTE CINCO MIL ( 25,000.00 ), por intereses vencidos, cantidad AUTORIZADO A ENTREGAR el Alguacil Actuante en el presente acto, por poseerlo REAL Y EFECTIVAMENTE, tal y como se los muestra a mi requerido, EN VISTA de que la presente OFERTA REAL DE PAGO, mi requerido me ha contestado lo siguiente que no acepta dicho ofrecimiento, por lo que solicito que PROCEDA A FIRMAR, lo cual me responde que no está de acuerdo, en vista de que la presente oferta no fue aceptada, mi requeriente le informa a mi requerido MARITZA DE LA CRUZ que procederá a depositar la suma indicada en la Colecturía de Impuestos Internos de esta ciudad, ubicado en esta misma ciudad el día dieciocho ( 18 ), del mes de Enero del Dos Mil Diesiseis (2016), a las ocho ( 8 ) horas, de la mañana, para que si lo desea pueda retirarlo.
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