INFORME LECTURA JUSTICIA SOCIAL
Israel GonzálezInforme18 de Septiembre de 2015
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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE MEXICO
Maestría en Administración de Negocios
Asignatura: Legislación Laboral
Asignatura: AM1405
Nombre de Proyecto:
Informe Lectura Justicia Social y
Cuadro Comparativo Contrato Telmex
Fecha: 27 de Febrero de 2015.
Nombre del Alumno: González González Israel Orlando
Tutor: Luis Miguel Vázquez Rodríguez
INTRODUCCIÓN
Dra. María Patricia Kurczyn Villalobos Investigadora Titular “A” en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Sus áreas de investigación son Derecho Social, sus líneas de investigación Derecho del Trabajo, Derechos Humanos, Discriminación, Equidad y Género, Relaciones Individuales de Trabajo y Seguridad Social.
Justicia Social la definición del concepto ha sido complicado definir debido a que acorde al espacio del tiempo en que se aplica, en el área en que se requiera y quizá será distinto con el enfoque globalizador.
La Justicia Social es relativa.
Justicia Social en México se divide en derecho agrario, laboral y de seguridad social.
INDICE
INFORME LECTURA JUSTICIA SOCIAL………………………………………4
CUADRO COMPARATIVO………………………….……………………………8
BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………....20
INFORME LECTURA JUSTICIA SOCIAL
- Justicia Social
Justicia Social no hay un significado definido debido al espacio del tiempo ó al área al que se desee aplicar.
Webber nos ayuda a comprender que la Justicia Social se entiende, se razona pero no es tangible.
Radbruch llama a la Justicia Social como una forma de expresión de la ética colectiva y se convierte en el instrumento de mayor rango del derecho social.
La Justicia Social no se concreta al derecho laboral.
- Definición de Justicia Social
Justicia es darle a cada quien lo suyo de acuerdo a Ulpiano y es conmutativa funciona entre partes iguales, distributiva derechos a los satisfactores mínimos y legal corresponde a los impuestos.
Messner menciona que la justicia social “Regula en orden al bien común, las relaciones de los grupos sociales entre sí de los individuos como miembros suyos, de manera que cada grupo dé a los demás aquella parte del bien social que tienen derecho en proporción a los servicios con que contribuyen a ese bien.
Moix Martinez afirma que la justicia social son consideraciones objetivas, sería hacer lo justo en sentido objetivo y no considerarla algo subjetivo, ya que esto sería caridad.
- Las Nociones de Justicia.
La noción original de Justicia no incluye la categoría social.
El derecho romano tradicionalmente se clasifica en público y privado.
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Justicia Legal
Publico
Justicia Distributiva[pic 3]
Prestaciones[pic 4]
Privado Justicia Conmutativa
Contraprestaciones
La Justicia Social esta regulada por el derecho social. La justicia social puede corresponder a la idea de integración de una colectividad.
Casta Tobeñas en su conclusiones determina que los términos Justicia y Social no se contraponen, por lo tanto justicia es igual a social y dentro de esta podrían encuadrar justicia laboral, agraria,ó asistencial, justicia estatal y justicia social internacional.
- Igualdad y Desigualdades
Si bien al nacer todos somos iguales y así deberíamos permanecer, pero la igualdad no es absoluta solo relativa.
Las diferencias uele darse en los estamentos y conforman una realidad obstaculizadora.
La desigualdad se da entre grupos, sectores o clases.
Rosanvallon considera la conceptualización de los derecho sociales es ahora inoperante frente al problema de la exclusión.
- Principios de Justicia Social.
Según Castan Tobeñas la integración de los individuos, a la protección de las clases ,mas necesitadas; a sus destinatarios y a las necesidades que procura satisfacer.
- Principio tuitivo o proteccionista (de los derechos de los trabajadores),
- Principio comunitario o del bien común (reconocimiento del ser humano),
- Principio de signo personalista y humanista (reconocimiento de la dignidad de la persona).
Moix Martinez nos dice la justicia como principio ético y el objetivo de las relaciones sociales, puede considerarse en dos planos
- Justicia del bien común, subdivida en conmutativa, distributiva y legal.
- Justicia Social “ que tiene por objeto el libre perfeccionamiento del hombre”
Rawls asevera que la justicia social no se basa en que algunos deban tener menos para que otros obtengan más, si no al contrario comprende un esquema de cooperación para que todos obtengan una vida satisfactoria.
- Justicia Social y Bien Común.
Equiparando la Justicia Social y el bien común, la justicia social deriva de la constitución de la sociedad básica, no se basa propiamente del bien común.
Los sindicatos no siempre buscan el bien común.
- La Doctrina Social Cristiana y la Justicia Social.
La influencia de la doctrina social cristiana es dictada desde el Vaticano por medio de las encíclicas, para la iglesia no paso desapercibido que sus pontífices manifestarán sus ideologías. Pio XI en 1937 en la encíclica Divina Redemptoris, dice que “es propio de la justicia social exigir a los individuos cuanto es necesario para el bien común, pero debe darse a los hombres dotados de dignidad, cuanto necesitan para cumplir sus funciones sociales”.
La justicia social impone deberes a los individuos (Patrones-Obreros) actúan en la esfera socio-económica para el bien común.
La justicia social tiene 3 significados principales:
- Salario justo para el obrero y su familia. (es la pequeña célula de la sociedad)
- Posibilidades de adquirir una fortuna modesta (que es sino el ahorro)
- La previsión del futuro (la seguridad social)
Cavazos nos explica la encíclica de Juan XXIII denominada Mater et Magistra no puede haber desarrollo económico sin progreso social. Los trabajadores deben disfrutar de los productos del trabajo, percibiendo el salario y la participación de las utilidades.
La justicia social es respeto a la dignidad humana, liberar de la esclavitud y de la explotación laboral.
Una justicia social en función del bien común “limita y encauza el derecho de propiedad privada”
- Derechos Social
La justicia social aplicada por medio del derecho social y este inicialmente defendía a los más pobres.
El derecho social es pilar de los derechos del campesino (derecho agrario), de los indigentes (derecho asistencial), de los grupos más vulnerables (derecho de seguridad social) y de los trabajadores (derecho del trabajo).
El derecho social data de varios siglos pero tiene cien años constituido en un sistema jurídico.
- Derechos Sociales.
Desde el siglo XIX la palabra social va en contra del liberalismo (capitalismo).
Entre los siglos XVI al XIX (Revolución Industrial, francesa y la estadounidense) aparecen los derechos sociales.
Norberto Bobbio y Giovani Sartori polemizan los derechos sociales en nuestra época y en el seno de la democracia. Bobbio considera que la política social es una obligación de la sociedad moderna y reconoce la tutela de los derechos sociales. Bobbio y Sartori coinciden en que son legales y morales, pero Sartori agrega que son materiales y por este hecho son costosos.
- El Constitucionalismo Social.
El constitucionalismo social surge por las constituciones de México (1917) y de Weimar (1919). La constitución mexicana se erige en dos pilares: los artículos 27 y 123, reconoce y protege a los campesinos y a los trabajadores respectivamente, es la base para conformar le derecho agrario y del trabajo.
- Socialización del Derecho.
El derecho social se manifestó inicialmente por el derecho al trabajo y se fue extendiendo hacia otras disciplinas jurídicas.
- El Neoliberalismo y la Globalización.
Como antes la confrontación era el socialismo versus liberalismo (capitalismo) ahora el neoliberalismo es una confortación con el liberalismo (individualismo).
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