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Argumento De Autoridad


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2014  •  501 Palabras (3 Páginas)  •  674 Visitas

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7. EL ARGUMENTO DE AUTORIDAD

CONCEPTO DE ARGUMENTO DE AUTORIDAD.

Según Tarello, el argumento de autoridad o ab exemplo es aquel "por el que a un enunciado normativo le es atribuido aquel significado que ya le había sido atribuido por alguien, y sólo por ese hecho". Implica un desacuerdo respecto a la atribución de significado a un enunciado normativo. Y, en definitiva, consiste en utilizar la opinión de una persona en favor de una tesis propia, pero al no proporcionar más que opiniones esa forma de argumentación obtiene una fuerza mayor o menor en función del prestigio que se le reconoce a la autoridad invocada.

LA JURISPRUDENCIA.

Si bien al art. 1.6 del CC define a la jurisprudencia como "la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho", sin embargo, el Tribunal Constitucional ha creado una doctrina propia que es invocada por las partes en el proceso y es tenida en cuenta por el resto del aparato judicial. Por eso, vamos a partir de una jurisprudencia constitucional.

El TC desde sus primeras sentencias ha puesto especial cuidado en no enfrentarse, siempre que fuera posible, con la jurisprudencia del TS y con la de otros tribunales. Su intención parece ser crear así un nuevo cuerpo jurisprudencial propio, para dar una imagen de coherencia y unidad acorde con las expectativas despertadas por la reinstauración de la justicia constitucional.

LA DOCTRINA.

En la doctrina se aprecia más netamente que en la jurisprudencia las contradicciones y la debilidad de esta forma de argumentación. La autoridad de la opinión invocada no arranca más que se su prestigio personal, en definitiva de una apreciación subjetiva del juez; y su rasgo más característica es su división con lo que el problema fundamental que se presenta al intérprete al poner en práctica un razonamiento basado en la doctrina es el de elegir el sector de opinión que va a tener en cuenta.

Hay que tener en cuenta, en primer lugar, que miembros del TC son juristas y que, por lo tanto, forman parte de la doctrina y de la elite jurídica del país. La consecuencia es que al estar todos los miembros formados en la tradición jurídica española, esa doctrina de cada Magistrado ha pasado a ser incorporada por el Tribunal como órgano.

Por otra parte, con la inclusión de estas personas en el Tribunal, en su mayoría de origen universitario, se ha producido un curioso fenómeno de "institucionalización" de ciertos sectores doctrinales, que a partir de ese momento han dejado de ser una voz más, más o menos autorizada, importante o reconocida, para pasar a ser la única opinión válida o auténtica desde un punto de vista práctico.

De otro lado, el Tribunal

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