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Fundamentos De La Deontologia Juridica

dolphycamacho19 de Marzo de 2014

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TEMA I

FUNDAMENTOS DE DEONTOLOGÍA JURÍDICA

.- investigación de tres definiciones del objeto de la deontología jurídica.

Es la ciencia que se dedica al estudio y a la exigibilidad de los deberes éticos y morales inherentes a la profesión jurídica.

Proviene del griego y significa "lo obligatorio, lo justo, lo adecuado". Es la rama de la filosofía jurídica que tiene como finalidad específica la determinación de cómo debe ser el derecho y cómo debe ser aplicado.

La deontología es la disciplina que se ocupa de los deberes de los profesionales. En el caso de los abogados se trata de una multiplicidad de deberes como son aquellos consigo mismo, con la sociedad, con la profesión, con los clientes, con los colegas, con los jueces, con la entidad gremial.

Es aquella parte de la ética profesional que se ocupa de los deberes morales de los abogados, de los deberes de estos servidores del derecho.

.- comparar los puntos convergentes y divergentes de la deontología jurídica.

Los puntos convergentes nos dicen que se coincide en describir que es el conjunto de reglas vinculadas al ejercicio de un profesional.

Una convergencia que observamos es que en una definición dice que es una ciencia y en las otras la contempla solo como un conjunto de normas.

Otra convergencia notoria es las citas de las definiciones que nos aseguran que la deontológica jurídica trata sobre la ética y la moral del abogado.

.-determinar cuál de las tres definiciones encontradas se asemeja a la definición real.

Es la ciencia que se dedica al estudio y a la exigibilidad de los deberes éticos y morales inherentes a la profesión jurídica.

.-partiendo de lo anterior definición de deontología jurídica, elaborar tu propia definición.

La deontología jurídica es el conjunto de reglas de carácter ético que estudia como ciencia los deberes del abogado y como debe ser el derecho en sí y como debe ser aplicado.

.-investigación de los principios deontológicos.

Son principios generales de las normas éticas de conducta del Economista los siguientes:

1-Independencia

La independencia intelectual y moral del Economista, que deberá permanentemente preservar, es condición esencial para el ejercicio de su profesión y constituye la garantía de que los intereses de los destinatarios de sus servicios serán tratados con objetividad.

2-Legalidad

El Economista debe siempre actuar conforme al ordenamiento jurídico y a las normas corporativas.

3-Integridad

El Economista debe ser honesto, leal, veraz y diligente en el desempeño de su función.

4-Confidencialidad

El Economista no divulgará la información confidencial que conozca en el trascurso de su trabajo profesional, que está sometida al derecho y deber del secreto profesional.

5-Formación y perfeccionamiento

El perfeccionamiento profesional y la continua puesta al día de sus conocimientos científico-económicos es una obligación del Economista con el fin de garantizar la prestación de unos servicios de calidad a los usuarios de sus servicios.

6-Lealtad

El economista mantendrá siempre una actitud respetuosa, leal y solidaria con sus compañeros y en las relaciones profesionales observará la mayor deferencia, evitando con las mismas posiciones de conflictos.

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