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ORGANISMOS


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  2.993 Palabras (12 Páginas)  •  152 Visitas

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ORGANISMOS AUTÓNOMOS

Son organismos que cuentan con autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera, lo que implica que no dependen de otros jerárquicamente. Su condición les otorga el derecho a iniciativa en la formación de leyes aplicables a su ámbito de competencia.

Estos organismos se constituyen como autónomos debido a que sus funciones requieren de autonomía de los demás poderes del Estado y su labor no debe ser interferida de forma alguna por injerencias políticas.

La Constitución política, para la salvaguardia del estado de derecho y la mayor eficiencia en la ejecución de algunas labores, ha constituido algunos organismos autónomos, que no dependen de ninguno de los poderes del Estado:

1. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

El Jurado Nacional de Elecciones es un organismo constitucional autónomo del Estado peruano. Fue fundado en 1931 y tiene como finalidad fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las consultas populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana. En consecuencia es el órgano encargado de proclamar los resultados electorales y otorgar los reconocimientos o credenciales correspondientes a las autoridades electas. Así mismo tiene como función el dictar resoluciones de carácter general, para reglamentar y normar las disposiciones electorales.

Finalmente, el Jurado revisa en grado de apelación las resoluciones expedidas en primera instancia por los Jurados Electorales Especiales y resuelve en definitiva las controversias sobre materia electoral. También decide en segunda y última instancia sobre los casos de vacancias declaradas por los Concejos Regionales y Municipales.

Es un órgano colegiado, cuyos cinco integrantes son elegidos por distintas entidades del Estado. El presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, y los restante cuatro magistrados son designados por la Junta de Fiscales Supremos, por votación universal de los Abogados de Lima, y por los Decanos de Facultades de Derecho uno de las universidades públicas y otro de las privadas.

Dentro del Jurado Nacional de Elecciones se encuentra el Registro de Organizaciones Políticas, donde se mantienen inscritos los partidos políticos vigentes. Su sede se encuentra en la ciudad de Lima.

El actual Presidente del Jurado Nacional de Elecciones es Francisco Távara, Vocal y Ex Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú.

2. OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES (ONPE)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) del Perú, es un organismo constitucional autónomo. Tiene como finalidad organizar las elecciones, velar por el respeto de la voluntad popular y promover la libre participación electoral de la ciudadanía. En consecuencia, es el organismo autónomo especializado en la planificación, organización y ejecución de los procesos electorales. El actual Jefe Nacional es Mariano Cucho Espinoza.

2.1 RESEÑA

La ONPE fue nominalmente creada en la Constitución Política del Perú del año 1993. El capítulo XIII, artículo 177 establece Sin embargo, su creación real corresponde al año 1995, cuando organiza las elecciones municipales.

2.2 FUNCIONES

Las funciones de la ONPE están establecidas en el artículo 182 de la Constitución Política del Perú.

"Le corresponde organizar todos los procesos electorales, de referéndum y los de otros tipos de consulta popular, incluido su presupuesto, así como la elaboración y el diseño de la cédula de sufragio. Le corresponde asimismo la entrega de actas y demás material necesario para los escrutinios y la difusión de sus resultados. Brinda información permanente sobre el cómputo desde el inicio del escrutinio en las mesas de sufragio. Ejerce las demás funciones que la ley le señala."

3. REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL (RENIEC)

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), es un organismo autónomo del Estado Peruano encargado de la identificación de los peruanos, otorgando el Documento Nacional de Identidad (DNI), registrando hechos vitales como nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. Durante los procesos electorales, proporciona el Padrón Electoral que se utilizará en las elecciones.

3.1 RESEÑA

Fue creado mediante la Ley N° 264971 del 12 de julio de 1995, en concordancia con los Artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú. Tiene su sede en Lima, Perú y su actual Jefe Nacional es el Dr. Jorge Luis Yrivarren Lazo, quien asumió el cargo en febrero del 2011.2

3.2 FUNCIONES

De acuerdo con la Resolución Jefatural N° 527-2009-JEF-RENIEC7 del 18 de agosto de 2009, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, las funciones de este organismo son las siguientes:

• Planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia;

• Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas; así como las resoluciones judiciales o administrativas que a ellos se refieran susceptibles de inscripción y, los demás actos que señale la ley;

• Emitir las constancias de inscripción correspondientes;

• Preparar y mantener actualizado el padrón electoral en coordinación con la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

• Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones;

• Mantener el Registro de Identificación de las personas;

• Emitir el Documento Único que acredita la identidad de las personas; así como sus duplicados;

• Promover la formación de personal calificado que requiera la institución, así como de los Registradores Civiles y demás personal que integra el Sistema Registral;

• Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales pertinentes para la identificación de las personas, dejando a salvo lo establecido en el inciso siguiente y en los incisos 1, 5 y 6 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú

• Velar por el irrestricto

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