Penitenciarismo
mawiza213 de Abril de 2014
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PENITENCIARISMO
Se trata de una rama de las ciencias penales que estudia los sistemas de castigo y de reinserción de los criminales así como de los métodos y procedimientos legales destinados a prevenir el delito. Su objeto es el estudio de las penas privativas de la libertad de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesional y socialmente a los condenados, y le atribute a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas.
La Penología
La penología es el conjunto de todas las disciplinas que tienen por finalidad la correcta aplicación de la pena impuesta por sentencia condenatoria definitivamente firme, este concepto tiene una relación estrecha con el de derecho penitenciario, ya que engloba el conjunto de principios reguladores del cumplimiento de las penas establecidas en el Código Penal Venezolano.
Estudia la reacción social contra las personas o conductas captadas por la colectividad o por una parte de ella como dañinas o peligrosas socialmente.
Abarca toda clase de penas y medidas de seguridad, así como los medios de ejecución y aplicación de las mismas. Dentro de ella ocupa un sector muy importante la ciencia penitenciaria, concebida como rama de la penología que se ocupa de la pena de prisión, de sus métodos de ejecución y aplicación, y de toda la problemática que la vida en prisión plantea. Los medios modernos de tratamiento en libertad trascienden de lo puramente penitenciario, pero quedan dentro de los límites de la penología, quedando ésta, concebida entonces como la ciencia del tratamiento de los delincuentes.
Posee un carácter propio y específico pues no solo actúa en el terreno de la aplicación de las penas en el ámbito exclusivo de la prisión, sino también de esa misma aplicación en los casos en que el condenado cumple la sanción penal fuera de un recinto penitenciario. Al desarrollarse en la práctica contemporánea los tratamientos de libertad y semi-libertad de los condenados, ha retomado interés. Desde este punto de vista se define entonces como la disciplina que tiene por objeto el estudio de los diversos medios de represión y prevención directa del delito, de sus métodos de aplicación y de la actuación post-penitenciaria.
El Derecho Penitenciario
Compone el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de todas las sanciones penales privativas de libertad, tanto penas como medidas de seguridad y medidas cautelares. De tal definición surgen como características propias de este derecho que es una parte del ordenamiento jurídico, por ser su contenido normativo; se ocupa de la ejecución de penas y medidas de seguridad impuestas; se extiende también a medidas cautelares como la prisión provisional.
Se dice que el derecho penitenciario nace paralelamente al derecho penal y ambos surgieron de la penología cuando se convierte la prisión en una pena formalmente y se sigue utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio de conducta personal y mental de los delincuentes teniendo como baso la sanción correctiva de su privación de libertad.
El Derecho Penitenciario, aun cuando se estudia en conjunto con el Derecho penal, es formalmente independiente, esto quiere decir, que tiene un cuerpo legislativo propio, una jurisdicción específica y, sobre todo, un objeto propio, como lo es la ejecución de las penas, medidas privativas de libertad y medidas cautelares.
Su objeto de estudio se entiende entonces, como el conjunto de normas relativas a la aplicación de las penas y de la medidas de seguridad que serán lo entes legales en esta materia teniendo como finalidad la preservación y protección de los bienes jurídicos que implican los más altos valores del hombre para permitir una convivencia social-armónica y pacifica lo cual puede traducirse, en un aspecto pragmático de prevención
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