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RESUMEN DE LA CONFERENCIA.


Enviado por   •  28 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  688 Palabras (3 Páginas)  •  687 Visitas

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Nombre: Marta Medina Cruz

Curso: 2º en RRLL y RRHH

Turno: Mañana

Asignatura: Derecho del Trabajo

RESUMEN DE LA CONFERENCIA:

El tema principal de la conferencia del Miércoles día 9 de Abril es el “Plan de igualdad entre mujeres y hombres de la UCA, el protocolo de la UCA y el protocolo para la prevención y protección frente al ascoso sexual y el acoso sexita”.

En primer lugar, nos introduce la posición de desventaja estructural por sexo y género en diversas esferas como; la afectación de un gran porcentaje de la población identificable por ambos elementos de sesgo y el mercado de derecho básico. Esta pone un ejemplo, como el mercado de trabajo se haya sesgado por las variables del sexo y la asunción de roles de género. Se refiere al mercado de trabajo y la diferencia entre hombre y mujeres en este asunto, ya que más de 22.99% de mujeres tiene un salario inferior al hombre realizando la misma función. Al igual que esta investigación nos ha llevado que los hombre tiene un salario superior a las mujeres y, para que fuera de forma equitativa tendrían que cobrar un 4.65% menos, además de la tasa de temporalidad en las mujeres es mucho más elevada debido a su situación (maternidad, ama de casa etc) y la discriminación de las mujeres en la promoción de las empresas (techo de cristal, “a veces de cemento”), debido a que en muchos casos la mujer no asciende.

En segundo lugar, podemos apreciar cinco principios básicos de igualdad como:

  • Pº de igualdad de oportunidad y de trato, regulado en los artículos  10 y 14 de la CE, igualdad en dignidad humana y en derechos y deberes. Además de la interpretación del ordenamiento jurídico.
  • Pº de no discriminación por género, regulado en los artículos 14.2 CE y 6 LOIEMH, ya que se prohíbe cualquier discriminación directa o indirecta  por razón de  género sea mujer u hombre.
  • Pº de igualdad efectiva, regulado en los artículos 9.2 CE y 11 LOIEMH. Los poderes públicos tienen el deber de remover los obstáculos que impidan la igualdad, además de ello como herramienta se aplica el principio de acción positiva.
  • Pº de transversalidad, regulado en los artículos 15 y 19 de la LOIEMH.
  • Pº de conciliación de corresponsabilidad, regulada en el artículo 44 de la LOIEMH, se reconoce el derecho a la conciliación, es decir, tanto hombre y mujeres deben de compaginar el trabajo remunerado con el trabajo doméstico, familia, tiempo libre etc, esto quiere decir que no sólo la mujer debe de hacerse cargo del trabajo domestico sino también el hombre, por ello si se facilitará la conciliación se permitiría la corresponsabilidad.
  • Pº de presencia equilibrada (Disposición Adicional 1º LOIEMH).

 

Todo esto da lugar al plan de igualdad regulado en el artículo 45 LOIEMH y Ley 7/2007, Disposición Octava 1 y 2. La tipología del plan de igualdad puede ser voluntaria u obligatoria al igual que podemos apreciar una estructura estándar de los planes de igualdad artículo 46 de la LOIEMH.

Finalmente, nos expuso las diferentes páginas Web que hay en la UCA y las diferentes conclusiones a las que quieren llegar con este proyecto. La principal es, como anteriormente he ido explicado a lo largo del resumen, la igualdad entre hombre y mujeres, y evitar la discriminación, ya que todos somos iguales ante la ley como bien dice el artículo 14 de la CE.

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