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TRADICCON JURIDICA

JOHANNA318031 de Octubre de 2014

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DERECHO ROMANO

NINI JOHANNA GUZMAN PINO

ZARA VIVIANA ORDOÑEZ URRUTIA

FERNANDO BOLAÑOZ

TRADICCON JURIDICA

CORPORACION UNIVERSITARIA AUTONOMA DEL CAUCA

FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS

DERECHO IC

POPAYAN – CAUCA- 2014

TRADICIÓN JURIDICA EN EL NEGOCIO ROMANO

La tradición (del latín traditio y éste a su vez de tradere, "entregar"), en Derecho, es el acto por el que se hace entrega de una cosa, a una persona física o persona jurídica.

En muchos ordenamientos jurídicos, la tradición supone un traspaso o transferencia, y constituye un modo de adquirir la propiedad, pues para que ella se transfiera no es suficiente con la celebración de un contrato (como el de compraventa), sino que hace falta algo más: un modo de transferencia. Uno de ellos se denomina tradición o traditio.

La tradición normalmente se hace mediante la entrega física de la cosa, pero también puede hacerse por medio de otros símbolos que signifiquen su puesta a disposición. Algunos ejemplos son:

La entrega de las llaves de un almacén donde se encuentra el bien mueble.

La entrega de documentos que dan derecho a recibir los bienes: albaranes, títulos valores, etc.

La inscripción en un registro público.

IMPORTANCIA DE LA TRADICIÓN

La importancia en el mundo social, político, religioso, sociológico e, incluso, jurídico de los bienes es trascendental: son los objetos de los derechos patrimoniales. Esta importancia se explica, de un lado, por la frecuencia con que en el tráfico se establecen este tipo de relaciones, y, de otro, por la contundencia de los poderes y facultades que de ellas resultan para quien ostenta la situación de ventaja o de preponderancia, estados que originan los llamados derechos reales (Jus in Rem), todo lo cual impone que en todos los programas de formación de profesionales del derecho se destine un apartado al estudio de los bienes, como objetos que son de los derechos patrimoniales, y de estos últimos, como poderes que sobre ellos se ejercen por las personas o sujetos de los derechos. De manera puntual, se proponen dos grandes contenidos del curso: ¿cuáles son los objetos de los derechos patrimoniales? Y ¿cuáles prerrogativas reales se reconocen sobre tales objetos? En este orden de ideas, el curso está especialmente relacionado con materias, tales como Personas y familia, las personas son las titulares de tales prerrogativas, las asignaturas de Régimen y Fuente de las obligaciones, la obligación es la otra variedad de derecho patrimonial, Contratos, los títulos de las enajenaciones de los derechos reales-, las diferentes materias Procesales, defensas de los derechos reales, del Derecho Constitucional, Administrativo y penal, con las cuales se comparten infinidad de temas, tales como la función social de la propiedad, la propiedad estatal, la protección penal de la propiedad, etc-, entre otras asignaturas. En estos términos, se trata de una asignatura capital para nuestro egresado: las relaciones sociales se concentran en bienes, corporales e incorporales, y se solventan con derechos como el dominio o propiedad

CRITERIO PERSONAL

Para nuestro criterio estamos de acuerdo en tomar como precedente la tradición jurídica

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